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21 NORMAS LEGALES Lunes 7 de abril de 2025 El Peruano / de servicios citado, la persona señalada en el artículo primero de la presente resolución, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos a la Jefatura de la ONPE, con copia a la Gerencia de Recursos Humanos. Artículo Quinto.- Poner a conocimiento de la presente resolución a la Gerencia de Recursos Humanos y al servidor señalado en el artículo primero de la presente resolución, para los fi nes pertinentes. Artículo Sexto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en la sede digital de la ONPE ubicada en la plataforma digital única del Estado peruano www.gob.pe/onpe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 2387918-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Actualización del capital social mínimo de las empresas supervisadas correspondientes al trimestre abril - junio de 2025 CIRCULAR Nº G -227-2025 Lima, 4 de abril de 2025 ------------------------------------------------- Ref.: Actualización del capital social mínimo correspondiente al trimestre abril - junio de 2025 ------------------------------------------------- Señor Gerente General / Gerencia Mancomunada: Sírvase tomar conocimiento que, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias (en adelante, Ley General), la Superintendencia dispone la actualización trimestral, correspondiente al período abril - junio de 2025, de los capitales sociales mínimos de las empresas indicadas en los artículos 16 y 17 de la Ley General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de dicha norma, según se indica a continuación; y, asimismo, sobre la base de lo señalado en la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ley General, dispone la publicación de la presente circular: Actualización del capital social mínimo de las empresas supervisadas correspondientes al trimestre abril - junio de 2025 (en soles) CAPITAL SOCIAL MÍNIMO (* ) A. Empresas de Operaciones Múltiples 1. Empresas Bancarias. 32,955,900 2. Empresas Financieras. 16,573,000CAPITAL SOCIAL MÍNIMO (* ) 3. Caja Municipal de Ahorro y Crédito. 16,573,000 4. Caja Municipal de Crédito Popular. 8,838,900 5. Empresas de Créditos 1,498,200 6. Cooperativas de Ahorro y Crédito autorizadas a captar recursos del público.1,498,200 7. Caja Rural de Ahorro y Crédito. 1,498,200 B. Empresas Especializadas 1. Empresas de Capitalización Inmobiliaria. 8,838,9002. Empresas de Arrendamiento Financiero. 5,391,8003. Empresas de Factoring. 2,996,400 4. Empresas Afianzadora y de Garantías. 2,996,400 5. Empresas de Servicios Fiduciarios. 2,996,4006. Empresas Administradoras Hipotecarias 5,409,100 C. Bancos de Inversión 32,955,900 D. Empresas de Seguros 1. Empresas que opera en un solo ramo (de riesgos generales o de vida).5,992,800 2. Empresas que opera en ambos ramos (de riesgos generales y de vida).8,237,900 3. Empresas de Seguros y Reaseguros. 20,972,500 4. Empresas de Reaseguros. 12,734,700 E. Empresas de Servicios Complementarios y Conexos 1. Almacén General de Depósito. 5,391,800 2. Empresas de Transporte, Custodia y Administración de Numerario.15,468,100 3. Empresas Emisoras de Dinero Electrónico 2,996,400 4. Empresas de Transferencia de Fondos. 1,498,200 (*) Para las empresas supervisadas consideradas en el cuadro anterior, salvo las Empresas Administradoras Hipotecarias, las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico y las Empresas de Transporte, Custodia y Administración de Numerario, factor de actualización para el trimestre abril 2025 - junio 2025 en base a la Variación IPM octubre 1996 - marzo 2025: 2.20972437 Para las Empresas Administradoras Hipotecarias, factor de actualización para el trimestre abril 2025 - junio 2025 en base a la Variación IPM marzo 2007 - marzo 2025: 1.5909071 Para las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico, factor de actualización para el trimestre abril 2025 - junio 2025 en base a la Variación IPM diciembre 2012 - marzo 2025: 1.3208558 Para las Empresas de Transporte, Custodia y Administración de Numerario, factor de actualización para el trimestre abril 2025 - juino 2025 en base a la Variación IPM diciembre 2021 - marzo 2025: 1.0574494 Atentamente, SERGIO ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 2387793-1