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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (07/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 22

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Lunes 7 de abril de 2025 El Peruano / alguno eximirla de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación, y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como jueza de este Poder del Estado. En consecuencia, la Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa N° 066-2011-CE-PJ, de fecha 23 de febrero de 2011. RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia presentada por la señora Esperanza Huamán Aguado, a partir del 10 de abril del año en curso, al cargo de Jueza Mixto titular del Módulo Básico de Justicia de Huanta en el Distrito Judicial de Ayacucho, precisando que dicho órgano jurisdiccional fue convertido y renombrado mediante la Resolución Administrativa N° 000369-2020-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Huanta del citado distrito judicial; dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Establecer que la renuncia de la señora Esperanza Huamán Aguado en ningún modo signi fi ca exonerarla de cualquier responsabilidad que se determine en ámbito disciplinario o penal, que sea materia de investigación en el Poder Judicial o en otro órgano del Estado. Artículo Tercero.- Comunicar a la Junta Nacional de Justicia que se ha producido una plaza vacante de juez especializado del Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Huanta, Distrito Judicial de Ayacucho, para las acciones respectivas. Artículo Cuarto.- Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Corte Superior de Justicia de Ayacucho, Gerencia General del Poder Judicial; y a la mencionada jueza, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JANET TELLO GILARDI Presidenta 2387889-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan responsables titulares y alternos de brindar información y del Portal de Transparencia Estándar de la Corte Superior de Justicia de Cañete PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000037-2025-PR- CSJCÑ-PJ San Vicente de Cañete, 15 de enero de 2025 VISTOS:El TUO de la Ley Nº 27806 “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS y modi fi cado mediante Ley Nº 30934, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2024-PCM publicada en el diario O fi cial El Peruano el 16 de Mayo del 2024. Resolución Directoral Nº 11-2021-JUS/DGTAIPD que aprueba el Lineamiento para la Implementación y Actualización del Portal de Transparencia Estándar en las Entidades de la Administración Pública. El O fi cio Múltiple Nº 000005-2025-SACTD-GG-PJ de fecha 08 de Enero del 2025 cursado por la Secretaría de Atención al Ciudadano y trámite Documental de la Gerencia General del Poder Judicial, solicitando la emisión de la resolución administrativa designando a los funcionarios responsable Titular y alterno del Portal de Transparencia Estándar de esta Corte Superior de Justicia, adjuntando el Informe Nº 000002-2025-SBR-SACTD del Analista de la Secretaría de Atención al Ciudadano y trámite Documental de la Gerencia General. Y CONSIDERANDO:Primero. El TUO de la Ley Nº 27806 “Ley de transparencia y acceso a la información pública”, y su Reglamento de Vistos, fueron aprobados con la fi nalidad de promover la transparencia en los actos de las entidades estatales y regular el derecho fundamental al acceso de la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú. Segundo. El artículo primero del Reglamento de la “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública” de Vistos, señala entre las obligaciones de la máxima autoridad: “Designar al/a la funcionario/a responsable de la implementación y actualización del Portal de Transparencia Estándar, o delegar esta facultad de designación en el/la secretario/a general o quien haga sus veces. Esta designación puede recaer en un/a funcionario/a o cargo concreto, quien preferentemente debe tener conocimientos sobre la materia. Opcionalmente, las entidades pueden designar al/a la funcionario/a o funcionarios suplentes.” El artículo 8º del mencionado Reglamento señala la forma en la que se debe realizar la designación del servidor/a responsable: “ 8.1 La designación del el/la funcionario/a responsable de atender las solicitudes de acceso a la información y de el/la funcionario/a responsable de implementación y actualización del Portal de Transparencia Estándar, se efectúa mediante resolución de la máxima autoridad de la entidad o, en caso de delegación de la facultad de designación de el/la secretario/a general o quien haga sus veces, y es publicada en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad. 8.2 Adicionalmente, la entidad coloca copia de la resolución de designación en lugar visible de su Sede Central y en cada uno de sus Órganos Desconcentrados y/u O fi cinas Desconcentradas. Opcionalmente, puede publicar la Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. 8.3 Solo las entidades cuyas sedes se encuentren ubicadas en distritos que no cuenten con infraestructura tecnológica o acceso a internet para implementar el Portal de Transparencia Estándar, están exceptuadas de su publicación en este espacio.” Tercero. El Lineamiento para la Implementación y Actualización del Portal de Transparencia Estándar en las Entidades de la Administración Pública de Vistos, que resulta de aplicación para la entidades de la Administración Pública, de conformidad con el artículo I del Título Preliminar del TUO de la Ley Nº 27444 entre las que se encuentra el Poder Judicial, estipula en el numeral 6.3 Designación del funcionario responsable del Portal de Transparencia Estándar ( FRPTE): “El titular de la entidad pública designa al FRPTE, esta designación puede ser a un cargo o a una persona especí fi ca. La resolución de designación debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano y en un lugar visible de sus portales institucionales y cada una de sus sedes administrativas. Las entidades cuyas sedes se encuentren ubicadas en centros poblados o en distritos en que el número de habitantes no justi fi que la publicación en el Diario O fi cial El Peruano deben colocar una copia en un lugar visible. El FRTPE debe asegurarse que, como mínimo se registren en el PTE su nombre, apellidos, correo electrónico institucional, teléfono y anexo; así como su resolución de designación en formato de documento portátil (PDF)”. Cuarto. Asimismo, en el Informe Nº 000002-2025-SBR- SACTD remitido con el O fi cio Múltiple de Vistos, se