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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (07/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 22

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Lunes 7 de abril de 2025 El Peruano / en Vivienda y Urbanismo, solicita a Perú Compras opinión respecto a la viabilidad del proyecto de fi cha de homologación denominada “Servicio de instalación de Módulo Temporal de Vivienda - MTV”, para lo cual remite el Informe Técnico N° D00038-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-DEPPVU-EAS y el Informe N° D00045-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-DEPPVU-EAS de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, la Nota N° 0012-2024-VIVIENDA/SG-OGA de la O fi cina General de Administración, y el Informe N° 008-2025-VIVIENDA-VMVU-DGPPVU de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, que sustentan el pedido efectuado precisando que los módulos temporales de vivienda son estratégicos, ante una emergencia, y el Ministerio ejecuta acciones de respuesta en el marco de la gestión del riesgo de desastres, por ello se considera que el traslado e instalación de módulos temporales permite brindar una atención oportuna y e fi ciente de los damni fi cados con viviendas colapsadas e inhabitables; Que, con el O fi cio N° 000149-2025-PERÚ COMPRAS- JEFATURA, Perú Compras comunica a la Secretaría General del MVCS, entre otros, que: “(…) la Dirección de Estandarización y Sistematización (DES), mediante Informe Nº 000046-2025-PERÚ COMPRAS-DES, señala que lo solicitado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS se ajusta a lo previsto en la Directiva Nº 008-2023-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones que regulan el Proceso de Homologación de Requerimientos”, por lo que emite opinión favorable respecto de la viabilidad del proyecto de Ficha de Homologación siguiente: N° Código CUBSO Proyectos de Ficha de Homologación 1 72111007-00392780Servicio de instalación de Módulo Temporal de Vivienda - MTV En ese sentido, cumplo con hacer de su conocimiento la referida opinión favorable, con la fi nalidad de que su representada inicie el procedimiento de aprobación, según lo dispone el numeral 8.13 de la Directiva N° 008- 2023-PERÚ COMPRAS.” ; Que, mediante el Informe N° 062-2025-VIVIENDA- VMVU-DGPPVU, la DGPPVU remite el Informe N° 506-2025-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-DEPPVU y el Informe Técnico Legal N° 001-2025-DGPPVU-DEPPVU- ealiaga-jobando de la DEPPVU, mediante los cuáles sustenta y propone se expida la Resolución Ministerial para la aprobación del proyecto de fi cha de homologación denominada: “Servicio de instalación de Módulo Temporal de Vivienda - MTV”, elaborada por la DEPPVU en el marco de la Directiva N° 008-2023-PERÚ COMPRAS; asimismo, señala que el proyecto de la citada fi cha de homologación cuenta con la opinión favorable de Perú Compras para su aprobación; Que, a través del Informe N° 0279-2025-VIVIENDA/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto en el numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de la Ley N° 30225 y contando con la opinión favorable de Perú Compras, corresponde se expida la Resolución Ministerial que apruebe el proyecto de fi cha de homologación denominada: “Servicio de instalación de Módulo Temporal de Vivienda - MTV”; Que, en consecuencia, contando con la opinión favorable de Perú Compras, corresponde expedir la Resolución Ministerial para la aprobación del proyecto de fi cha de homologación denominada: “Servicio de instalación de Módulo Temporal de Vivienda - MTV”, la misma que debe ser publicada en el diario o fi cial El Peruano y, ese mismo día, remitirse a Perú Compras conjuntamente con la Ficha de Homologación aprobada; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Decreto Supremo N° 074-2024-EF, Decreto Supremo que establece los objetos a homologar por los Ministerios en el Año Fiscal 2024 y dicta disposiciones para su implementación; y, la Resolución Jefatural N° 000164-2023-PERÚ COMPRAS-JEFATURA, que aprueba la Directiva N° 008-2023-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones sobre el Proceso de Homologación de Requerimientos”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de Ficha de Homologación Aprobar la Ficha de Homologación denominada: “Servicio de instalación de Módulo Temporal de Vivienda - MTV”, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Remisión de Resolución aprobatoria y Ficha de Homologación Disponer que la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento remita la presente Resolución Ministerial y su Anexo a la Dirección de Estandarización y Sistematización de la Central de Compras Públicas - Perú Compras, el mismo día de publicada en el diario o fi cial El Peruano; a efectos de gestionar su incorporación en el “Listado de Requerimientos Homologados”, publicado en la sede digital de Perú Compras. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/ vivienda), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2388047-1 Designan Responsable de la Unidad de Asesoría Legal del Programa Nacional de Saneamiento Urbano RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 053-2025- VIVIENDA/VMCS/PNSU/DE Lima, 4 de abril de 2025 VISTOS:El Memorándum N° 0836-2025/VMCS/PNSU/UA de la Unidad de Administración, el Informe N° 0258-2025/ VIVIENDA/VMCS/PNSU/SURH de la Subunidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración y el Informe N° 205-2025-VIVIENDA/VMCS/PNSU/UAL de la Unidad de Asesoría Legal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la acotada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con