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4 NORMAS LEGALES Lunes 7 de abril de 2025 El Peruano / retos operacionales complejos y cambiantes. Asimismo, el O fi cial desarrollará habilidades clave en gestión de recursos educativos, toma de decisiones estratégicas y plani fi cación curricular que podrá aplicar dentro de la FAP, así como conocer y trabajar con nuevas tecnologías educativas aplicadas al contexto militar que permiten un entrenamiento más efectivo y e fi ciente e implementar estas herramientas y tecnologías para enriquecer los procesos de enseñanza y aprendizaje, mejorando la accesibilidad, e fi ciencia y calidad de la formación dentro de la citada Institución Armada; Que, conforme a lo indicado en el correo de fecha 26 de marzo de 2025 del Encargado de Formulación de Resoluciones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos por concepto de alojamiento, transporte interno, pasajes aéreos de ida y vuelta y T.U.U.A. del personal participante y sus dependientes (familiares), a excepción de alimentación, serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América (Fuerza Aérea de los Estados Unidos - USAF), de acuerdo al Memorándum de aceptación de fecha 25 de febrero de 2025 del Comandante de la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA); por lo que, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 3 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicios en caso de misión de estudios, comisión de servicio y tratamiento médico altamente especializado con fi nanciamiento parcial, corresponde se le otorgue el pago del cuarenta por ciento (40%) de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos N° 35 DGVC- ME/SIAF-RP, suscrita por el Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos por concepto del cuarenta por ciento (40%) de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y gastos de traslado de ida se efectuarán con cargo al Presupuesto institucional del Año Fiscal 2025 de la Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Reglamento de Viajes al Extranjero del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; Que, con las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000002 y N° 0000000009, emitidas por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestaria del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior, durante el Año Fiscal 2025; asimismo, teniendo en cuenta que la comisión de servicio en el exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes a los años posteriores se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal respectivo; Que, considerando la duración de la comisión de servicio en el exterior, el Coronel FAP HUGO ANTONIO FIGUEROA CONSIGLIERI realizará el viaje en compañía de su cónyuge y su menor hijo, debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cio Extra FAP N° 001031-2025-SECRE/ FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar titular, o en su defecto del suplente, que se desempeñará como Vicecomandante Internacional de la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA) y Asesor Principal Latinoamericano de la citada academia, en la Base Aérea de Lackland, ciudad de San Antonio, estado de Texas, Estados Unidos de América, del 30 de abril de 2025 al 29 de mayo de 2027, así como autorizar su salida del país el 29 de abril de 2025 y su retorno el 30 de mayo de 2027, de acuerdo al correo de fecha 26 de marzo de 2025 del Encargado de Formulación de Resoluciones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú;Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el O fi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo, así como conforme a su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG; Que, a través del O fi cio N° 00464-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 46-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referida en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal N° 00572-2025-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 414- 2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP que se detalla a continuación, para desempeñarse como Vicecomandante Internacional de la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA) y Asesor Principal Latinoamericano de la citada academia, en la Base Aérea de Lackland, ciudad de San Antonio, estado de Texas, Estados Unidos de América, del 30 de abril de 2025 al 29 de mayo de 2027, así como autorizar su salida del país el 29 de abril de 2025 y su retorno el 30 de mayo de 2027: - Coronel FAP HUGO ANTONIO FIGUEROA CONSIGLIERI Titular NSA N° 96257 DNI N° 43359214 - Coronel FAP MAURICIO GONZALO MERCADO CASAPIA Suplente NSA N° 96239 DNI N° 09676244