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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (07/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 22

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Lunes 7 de abril de 2025 El Peruano / 4. DISPONER que la Secretaría General solicite a la Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia y a la Presidencia de las Juntas de Fiscales Superiores la designación de los presidentes y segundos miembros de los Jurados Electorales Especiales, asimismo, que solicite al Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil la selección aleatoria de ciudadanos para la posterior designación del respectivo tercer miembro de estos órganos electorales temporales, de acuerdo con el artículo 33 de la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones. 5. PONER la presente resolución en conocimiento del Poder Judicial, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio Público, de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, de las Cortes Superiores de Justicia, de las Juntas de Fiscales Superiores, de la Defensoría del Pueblo, de la Contraloría General de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior y del Ministerio de Defensa, para los fi nes pertinentes. 6. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRY TORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 2388050-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Autorizan viaje de Gerente de la Gerencia de Gestión Electoral a la República Oriental del Uruguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000050-2025-JN/ ONPE Lima, 4 de abril de 2025 VISTOS: La carta s/n de fecha 17 de marzo de 2025, suscrita por el señor Wilfredo Penco, Presidente de la Corte Electoral de la República Oriental del Uruguay; el Proveído N° 000625-2025-JN/ONPE de esta Jefatura; el O fi cio N° 000095-2025-JN/ONPE de esta Jefatura; así como el Informe N° 000160-2025-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE;Mediante la carta s/n de fecha 17 de marzo de 2025, suscrita por el señor Wilfredo Penco, Presidente de la Corte Electoral de la República Oriental del Uruguay comunica que el 11 de mayo de 2025 se llevará a cabo las elecciones departamentales y municipales en el citado país. En ese contexto, cursa una invitación para participar en el desarrollo del acto electoral antes referido, precisando que la Corte Electoral de la República Oriental del Uruguay cubrirá el costo de hospedaje, alimentación y traslados internos, programando la llegada el miércoles 8 de mayo de 2025 y el retorno, el 12 de mayo de 2025; Con el O fi cio N° 000095-2025-JN/ONPE se con fi rmó la participación del servidor José Edilberto Samamé Blas, Gerente de la Gerencia de Gestión Electoral, en el citado proceso electoral, en representación de la ONPE; Es preciso señalar que los artículos 2 y 3 de la Ley N° 27619 que, regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y los Artículos 2 y 4 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modi fi catoria, establecen que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o institucional y deberá ser publicada en el diario ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; En ese sentido, de acuerdo a lo señalado en los considerandos precedentes, la invitación permitirá que un representante de la ONPE, asista, en calidad de invitado, a las elecciones departamentales y municipales en el citado país, evidenciándose el interés institucional del citado evento, en tanto permitirá el intercambio de conocimientos y experiencias en asuntos y temática electoral, que guardan estrecha relación con las funciones constitucionales y legales de la entidad; Por lo tanto, corresponde emitir el acto resolutivo que autorice el viaje en comisión de servicios del servidor José Edilberto Samamé Blas, Gerente de la Gerencia Gestión Electoral, a la República Oriental del Uruguay, del 8 al 12 de mayo de 2025, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modi fi catoria, el artículo 13 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE, el literal r) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por la Resolución Jefatural N° 000125-2024-JN/ ONPE; Con el visado de la Secretaría General y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del servidor José Edilberto Samamé Blas, Gerente de la Gerencia de Gestión Electoral, a la República Oriental del Uruguay, del 8 al 12 de mayo de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos referidos a hospedaje, traslados internos y alimentación, del servidor José Edilberto Samamé Blas, Gerente de la Gerencia de Gestión Electoral, serán cubiertos por los organizadores. Los gastos referidos a pasajes aéreos (ida y vuelta) y seguro de viaje, por los días comprendidos entre el 8 al 12 de mayo de 2025, serán cubiertos por la ONPE, según el siguiente detalle: - Pasajes aéreos U$ 723.13 (setecientos veintitrés con 13/100 dólares americanos) - Seguro de viaje U$ 31.51 (treinta y un con 51/100 dólares americanos) Artículo Tercero.- Precisar que el viaje en comisión de servicios señalado en los artículos precedentes, no concede exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje en comisión