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13 NORMAS LEGALES Martes 8 de abril de 2025 El Peruano / de la Formalización Laboral, Inspección del Trabajo y Capacitación y Difusión Laboral; la Hoja de Elevación N° 000178-2025-MTPE/2/16 y el Memorándum N° 000247-2025-MTPE/2/16 de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo; el Memorándum N° 000342-2025-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; el Informe N° 000253-2025-MTPE/4/13.2 de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; el Memorándum N° 000021-2025-MTPE/4/13 de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones; el Informe N° 000099 -2025-MTPE/4/9.3 de la O fi cina de Organización y Modernización; el Informe N° 000064-2025-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000047-2025-MTPE/4/8-MPR y la Hoja de Elevación N° 000288-2025-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 23 de la Constitución Política del Perú establece que el trabajo es objeto de atención prioritaria del Estado, quien promueve condiciones para el progreso social y económico, en especial mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece que este Ministerio es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo y ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, entre otros, para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales, entre otras, en materia sociolaboral, con la fi nalidad de lograr el acogimiento a la formalidad laboral; Que, los Lineamientos para la Gobernanza, Rectoría y Gestión Articulada de Servicios del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, aprobados por Resolución Ministerial N° 181-2024-TR, señalan que la rectoría de las materias atribuidas al Sector la conducen los órganos de línea del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. A su vez, los gobiernos regionales ejercen un rol clave al ser gestores, articuladores y ejecutores de la prestación de bienes y servicios en materia de trabajo y promoción del empleo; Que, de conformidad con el artículo 80 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, actualizado por Resolución Ministerial N° 194-2024-TR, la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, es el órgano de línea, responsable de proponer, supervisar, coordinar y evaluar las políticas públicas en materia de promoción de la formalización laboral, inspección del trabajo y capacitación y difusión laboral; así como participar, en la ejecución de las políticas en materia de capacitación y difusión laboral y promoción de la formalización laboral; Que, de manera especí fi ca, el literal b) del artículo 81 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece como una de las funciones de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, la de formular las normas nacionales y sectoriales, entre otras, en materia de promoción de la formalización laboral; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 169-2018-TR se crea el Centro Integrado “Formaliza Perú” en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con el objetivo de promover y facilitar el ingreso y permanencia en la formalización laboral mediante el acceso a los servicios de orientación, capacitación y asistencia técnica en materias vinculadas a la formalización laboral; Que, en la línea de lo anteriormente señalado, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 269- 2019-TR, se encarga a la Dirección General de Políticas de Inspección del Trabajo, actualmente denominada Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, realizar las acciones necesarias para conducir la implementación y adecuado funcionamiento del Centro Integrado “Formaliza Perú” a nivel nacional; Que, el Centro Integrado Integrado “Formaliza Perú” se ha implementado a nivel nacional, a través de la suscripción de convenios de colaboración interinstitucional entre el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y los Gobiernos Regionales, en el marco de los cuales se establecieron los compromisos que desarrollan las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, para la gestión del Centro Integrado Integrado “Formaliza Perú” en sus respectivas competencias territoriales; Que, las acciones realizadas por las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo para la gestión del Centro Integrado “Formaliza Perú” se encuentran en la categoría Programa Presupuestal N° 0103, “Fortalecimiento de las Condiciones Laborales”. Que, en el marco de sus funciones, la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo realiza acciones de implementación, seguimiento, monitoreo y evaluación del Centro Integrado “Formaliza Perú”; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 150-2024- TR se establecen las condiciones y mecanismos para disponer la administración y prestación de los servicios del Centro Integrado “Formaliza Perú” por parte de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana; Que, mediante el Informe N° 000024-2025- MTPE/2/16.3, la Dirección de Políticas y Regulación para la Promoción de la Formalización Laboral, Inspección del Trabajo y Capacitación y Difusión Laboral de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, en su condición de órgano de línea encargado de ejercer la rectoría del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en materia de inspección del trabajo y formalización laboral, plantea la necesidad de modi fi car la denominación del Centro Integrado “Formaliza Perú” a Centro Integrado “Formalízate Ahora”, con la fi nalidad de mejorar su posicionamiento y el alcance de sus servicios; Que, en el mismo informe se explica la necesidad de desarrollar las de fi niciones de los servicios de orientación, capacitación y asistencia técnica en materias vinculadas a la formalización laboral que brinda el centro integrado; Que, asimismo, el mencionado órgano de línea señala que se requiere desarrollar a nivel normativo las acciones que ostenta, en el ejercicio de su rectoría, con relación a los servicios que se prestan a través del centro integrado, las que se enmarcan en el artículo 80 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, actualizado por Resolución Ministerial N° 194-2024-TR; Que, de igual forma, debe tenerse en cuenta que los Gobiernos Regionales y la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana tienen a su cargo la gestión y administración del centro integrado antes aludido en sus respectivos ámbitos territoriales, por lo que se requiere especi fi car las acciones que deben considerar para ejecutar dicha labor; Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo que modi fi que la Resolución Ministerial N° 169-2018-TR y que derogue la Resolución Ministerial N° 269-2019-TR y la Resolución Ministerial N° 150-2024-TR; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Secretaría General, de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29518, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y la Resolución Ministerial N° 194- 2024-TR, que actualiza el Texto Integrado del Reglamento