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30 NORMAS LEGALES Martes 8 de abril de 2025 El Peruano / de la Universidad Nacional de Ingeniería, esto conforme a las atribuciones conferidas en el literal j) del artículo 20º de la norma estatutaria de esta Casa de Estudios; y, Estando al Proveído Nº 1498/ALCHN Rect.25 del 17 de marzo de 2025, del despacho del Rectorado, a lo aprobado por el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 08 del 21 de marzo de 2025, de conformidad con el literal d) del artículo 5º del Reglamento para el Otorgamiento de Duplicado del Diploma de Grado Académico o del Título Profesional de la Universidad Nacional de Ingeniería y con lo dispuesto por el literal b) del artículo 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería, sobre las atribuciones del rector para dirigir la actividad académica de la universidad y su gestión administrativa, económica y fi nanciera; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Anular el Diploma de Título Profesional, con mención en Ingeniería Civil, registrado en el Libro de Títulos Profesionales Nº 19, Página Nº 326 y con Registro Nº 28684-G, otorgado el 09 de julio de 2014, del señor HECTOR LUIS MIGUEL ACERO PULIDO, por motivo de pérdida. Artículo 2º.- Otorgar el duplicado de Diploma de Título Profesional, con mención en Ingeniería Civil en favor del señor HECTOR LUIS MIGUEL ACERO PULIDO, en mérito a los considerandos de la presente resolución rectoral. Artículo 3º.- Encargar a la Unidad de Grados y Títulos, la expedición del duplicado de Diploma de Título Profesional, con mención en Ingeniería Civil y su inscripción ante la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU). Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA Rector SONIA ANAPAN ULLOA Secretaria General 2386214-1 MINISTERIO PÚBLICO Designan fiscales adjuntos provinciales en diversas fiscalías del Distrito Fiscal de Áncash RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 971-2025-MP-FN Lima, 7 de abril de 2025VISTOS: El o fi cio Nº 000099-2025-SG/JNJ, de fecha 24 de marzo de 2025, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 102-2025-JNJ, de fecha 17 de marzo de 2025, y el informe Nº 00056-2025-MP-FN-OREF-EFS, de fecha 27 de marzo de 2025, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, cursado por la abogada Giovanna María Díaz Revilla, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 25 de marzo de 2025, se remite copia certi fi cada de la resolución de vistos en el marco del concurso público para la selección y nombramiento de fi scales adjuntos provinciales – acceso abierto, de la convocatoria Nº 006-2024-SN/JNJ; por la cual, se nombró a la abogada Lizbeth Lucia Torres Mejía, como fi scal adjunto provincial penal de Huaraz del Distrito Fiscal de Áncash y a la abogada Sandra Katherin Escobar Loli, como fi scal adjunto provincial de familia de Recuay del Distrito Fiscal de Áncash. Con fecha 21 de marzo de 2025, la Junta Nacional de Justicia en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó los títulos de nombramientos a las abogadas Lizbeth Lucia Torres Mejía y Sandra Katherin Escobar Loli, en los cargos descritos en el párrafo que antecede. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2969-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, se resolvió nombrar al abogado Rodolfo Renzo Zarzosa Ramírez, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, designándolo en la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaraz. Con la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2316-2023-MP-FN, de fecha 15 de septiembre de 2023, se resolvió nombrar a la abogada Sandra Katherin Escobar Loli, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, designándola en la Fiscalía Provincial de Familia de Recuay; laborando a la fecha en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, los fi scales titulares son aquellos a los que se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fi scal en el nivel que corresponde. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010- PA/TC). Asimismo, respecto a la provisionalidad, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, en el caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fi scal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fi scal provisional con carácter permanente (…)”. En ese sentido, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos, se hace oportuno emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de designar a las abogadas Lizbeth Lucia Torres Mejía y Sandra Katherin Escobar Loli, de conformidad con sus títulos de nombramientos, para lo cual previamente corresponderá dar por concluido los nombramientos y designaciones de los fi scales -señalados en el tercer y cuarto párrafo- que ocupan provisionalmente las plazas donde serán designadas las fi scales titulares. Asimismo, estando a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar la labor fi scal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fi scales requeridos por la sociedad”, se considera necesario contar con fi scales con experiencia en el desempeño de la función fi scal, así entonces, encontrándose pendiente de ocupar una plaza de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial de Familia de Huari, se ha considerado, designar al abogado Rodolfo Renzo Zarzosa Ramírez, en su condición de fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Áncash, en la citada fi scalía debiéndose previamente concluir su designación, descrita en el tercer párrafo.