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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (19/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Martes 19 de agosto de 2025 El Peruano / Que, el Acuerdo de París, rati fi cado por el Estado peruano mediante Decreto Supremo Nº 058-2016-RE, al mejorar la aplicación de la CMNUCC, incluido el logro de su objetivo, tiene por objeto reforzar la respuesta mundial a la amenaza del cambio climático, en el contexto del desarrollo sostenible y de los esfuerzos por erradicar la pobreza; y, para ello: (i) mantener el aumento de la temperatura media mundial muy por debajo de 2º C con respecto a los niveles preindustriales y proseguir los esfuerzos para limitar ese aumento de la temperatura a 1.5º C con respecto a los niveles preindustriales, reconociendo que ello reduciría considerablemente los riegos y efectos del cambio climático; (ii) aumentar la capacidad de adaptación a los efectos adversos y promover la resiliencia al clima y un desarrollo con bajas emisiones de GEI, de un modo que no comprometa la producción alimentaria; y, (iii) situar los fl ujos fi nancieros en un nivel compatible con una trayectoria que conduzca a un desarrollo resiliente al clima y con bajas emisiones de GEI; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, esta entidad es el organismo del Poder Ejecutivo rector del sector ambiental, que desarrolla, dirige, supervisa y ejecuta la política nacional del ambiente; y, conforme al literal j) de su artículo 7, tiene como función especí fi ca, implementar los acuerdos ambientales internacionales y presidir las respectivas comisiones nacionales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2024-MINAM, se aprueba la Política Nacional: Estrategia Nacional ante el Cambio Climático al 2050, en cuyos artículos 2 y 3 se determina que la conducción de la misma, se encuentra a cargo del Ministerio del Ambiente, a través de la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación o la que haga sus veces, siendo de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de la Administración Pública, señaladas en el artículo I de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en el ámbito de sus competencias; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, establece que el Ministerio del Ambiente es la autoridad nacional en materia de cambio climático y la autoridad técnico-normativa a nivel nacional en dicha materia en el marco de sus competencias; monitorea y evalúa la implementación de la gestión integral del cambio climático en los tres niveles de gobierno, promoviendo la participación del sector público, de los agentes económicos y de la sociedad civil, a fi n de fortalecer la gestión integral del cambio climático y al desarrollo sostenible en armonía con la naturaleza; Que, asimismo, el artículo 14 de la citada Ley, dispone que el Ministerio del Ambiente es el responsable del monitoreo y evaluación de las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC, por sus siglas en inglés), e informa sobre su implementación ante la Secretaría de la CMNUCC, las cuales comprenden metas para la mitigación y adaptación al cambio climático, procurando el aumento progresivo de las metas propuestas, en concordancia con la estrategia nacional y las estrategias regionales de cambio climático; Que, en esa línea, el numeral 3 del artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM, prevé como función del Ministerio del Ambiente, elaborar y aprobar documentos metodológicos que orienten la cuanti fi cación y estimación de los costos y bene fi cios directos e indirectos de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático; Que, adicionalmente, el numeral 3 del artículo 9 del citado Reglamento, señala que para la implementación de las medidas de adaptación y mitigación en el marco de las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional, las autoridades sectoriales, tienen la función de cuanti fi car y actualizar los costos y bene fi cios directos e indirectos de sus medidas de adaptación y mitigación, según corresponda, incluyendo la evaluación social y considerando el tipo de medida y la información disponible, de acuerdo con los documentos metodológicos elaborados por la autoridad nacional en materia de cambio climático; Que, en concordancia, el numeral 8 de la Décima Disposición Complementaria Final del referido Reglamento, establece que la autoridad nacional, en coordinación con las autoridades competentes en materia de cambio climático, aprueba los lineamientos, documentos metodológicos, guías, o procedimientos, sobre la cuanti fi cación y estimación de los costos y bene fi cios directos e indirectos de las medidas de adaptación y mitigación; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 00436-2024- MINAM, se dispuso la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la “Guía para la evaluación económica de medidas de adaptación y mitigación al cambio climático: Pautas para la cuanti fi cación y estimación de costos y bene fi cios de las medidas de adaptación y mitigación”, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 19.1 del artículo 19 y los literales c) y e) del numeral 20.1 del artículo 20 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, en virtud de la cual se recibieron aportes y comentarios al mismo; Que, según lo establecido en los literales c) y l) del artículo 67 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación es el órgano de línea encargado de proponer y aprobar, cuando corresponda, lineamientos, documentos metodológicos, guías, procedimientos, entre otros instrumentos orientadores de carácter nacional para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, la adaptación frente a los efectos del cambio climático, la lucha contra la deserti fi cación y la sequía, así como, identi fi car, proponer y promover, en el marco de sus competencias, documentos metodológicos que orienten la cuanti fi cación y estimación de los costos directos e indirectos de las medidas de adaptación y mitigación, sobre fi nanciamiento climático, así como para todas las fases de REDD+, en coordinación con la Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental y entidades competentes; Que, bajo este marco legal, a través de los Informes Nº 00315-2025-MINAM/VMDERN/DGCCD y Nº 00107-2025-MINAM/VMDERN/DGCCD/DACCD, la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación sustenta y propone la “Guía para la evaluación económica de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático: Pautas para la cuanti fi cación y estimación de los costos y bene fi cios de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático”, tomando en consideración los aportes y comentarios recibidos durante la publicación, por lo que corresponde su aprobación; Que, mediante Memorando Nº 00924-2025-MINAM/SG/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe Nº 00350-2025-MINAM/SG/OGPP/ OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, emite opinión favorable sobre la propuesta efectuada por la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación; Que, con Informe Nº 00663-2025-MINAM/SG/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable sobre la aprobación de la “Guía para la evaluación económica de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático: Pautas para la cuanti fi cación y estimación de los costos y bene fi cios de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático”; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM; y, la Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integral del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la “Guía para la evaluación económica de las medidas de adaptación y mitigación