Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (25/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Lunes 25 de agosto de 2025 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor JOSÉ ALFONSO JUÁREZ MORENO, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del 27 al 29 de agosto de 2025, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que demanda el viaje autorizado en el artículo precedente, son cubiertos por la empresa LATAM AIRLINES PERU S.A., a través de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, abonados a la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos. Artículo 3.- El inspector autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, debe presentar al Titular de la Entidad, un informe detallando las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR SANDOVAL POZO Ministro de Transportes y Comunicaciones ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLÓGICO MINERO Y METALÚRGICO Imputan depósito asignado inicialmente al derecho de vigencia del año 2025 a la deuda por la penalidad del año 2024 del derecho minero MIGSA 8, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 3787-2025- INGEMMET/PE/PM Lima, 12 de agosto de 2025 VISTO el expediente de derecho de vigencia y penalidad de la concesión minera MIGSA 8 código N° 11000683X01, CONSIDERANDO:Que, mediante los Informes Nº 2239-2025-INGEMMET/ DDV/T del 04/07/2025 y Nº 2534-2023-INGEMMET/DDV/L del 30/07/2025, la Dirección de Derecho de Vigencia señaló que: a) En el Registro de Pagos de derecho de vigencia y penalidad, el derecho de vigencia del año 2025 se registra como pagado el 18/06/2025 y la penalidad del año 2024 como no pagada, y, b) Indica el valor en moneda nacional del depósito efectuado por derecho de vigencia del año 2025, utilizando el tipo de cambio de venta del dólar americano del día hábil anterior a la fecha de depósito y el monto faltante que correspondería a la penalidad del año 2024. Que, consultado el Servicio de Publicidad Registral en Línea de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), en relación a la partida N° 02009478 del Libro de Derechos Mineros de la Zona Registral N° IX – Sede Lima se observa que en el asiento 0005 se encuentra inscrito el contrato de transferencia de fecha 20/01/2025 a favor de XENIA LOUISE JOHANNA BLOK VAN ROSSUM por el 100% de acciones y derechos del derecho minero MIGSA 8 código N° 11000683X01. Que, consultada información registrada y digitalizada en el Sistema de Derechos Mineros y Catastro – SIDEMCAT y realizada la indagación correspondiente, no se advierte domicilio alguno de la titular, lo que hace impracticable efectuar la noti fi cación personal respecto a la situación de requerimiento del pago por penalidad del año 2024; en cuya virtud procede sustituirla por la notifi cación vía publicación, conforme a lo descrito en el numeral 23.1.2 del artículo 23 Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Supremo N° 04-2019-JUS. Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 052-99- EM, señala que, a partir del 1 de enero del año 2000, el pago del derecho de vigencia de petitorios, denuncios, concesiones mineras, concesiones de bene fi cio, de labor general y de transporte, se efectuará sobre la base del Padrón Minero actualizado al 31 de diciembre de cada año, elaborado por el Registro Público de Minería, el cual estará automatizado e integrado con una o más entidades del Sistema fi nanciero nacional; Que, considerando lo señalado en el mencionado informe técnico y a que desde la dación del Decreto Legislativo N° 1320 tanto el derecho de vigencia como la penalidad constituyen un solo bloque obligacional, no es factible que el titular de un derecho minero cumpla con las obligaciones pecuniarias del año 2025, existiendo deudas pendientes del año anterior, cuya regularización debe efectuarse en forma íntegra en observancia a lo dispuesto en el artículo 59 Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM1 (en adelante TUO de la LGM), artículo 73 del Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM2 y artículo 7 del Decreto Supremo Nº 011-2017-EM. Que, el último párrafo del artículo 74 del Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Único Ordenado de la DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AERONÁUTICA - COMPRENDIDO DEL 27 AL 29 DE AGOSTO DE 2025 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 0339-2025-MTC/12.04 Y Nº 0366-2025-MTC /12 ORDEN DE INSPECCIÓN NºINICIO FINVIÁTICOS (US$)SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLERECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs. 1666-2025- MTC/12.0427-Ago 29-Ago US$ 1,320.00LATAM AIRLINES PERU S.A.JOSÉ ALFONSO JUÁREZ MORENOMIAMIESTADOS UNIDOS DE AMÉRICAChequeo en vuelo bianual de instructor de vuelo en el equipo B-767 a personal aeronáutico.0010964 y 0010966 2431168-1