Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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5 NORMAS LEGALES Lunes 25 de agosto de 2025 El Peruano / Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán FAP PEDRO MARTIN PADILLA ROMERO, para participar en el Programa de Maestría en Tecnologías de Microsatélites, a realizarse en la Universidad de Beihang, ubicada en la ciudad de Pekín, República Popular China, del 29 de agosto de 2025 al 31 de julio de 2027, autorizando su salida del país el 26 de agosto de 2025 y su retorno el 2 de agosto de 2027. Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Gasto de Traslado (Ida): (Equipaje, bagaje e instalación) ¥ 36,235.45 x 1 compensación x 1 persona ¥ 36,235.45 Total: ¥ 36,235.45 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: ¥ 36,235.45 / 31 x 3 días (ago.) x 1 persona x 20% ¥ 701.33¥ 36,235.45 x 4 meses (set.-dic.) x 1 persona x 20% ¥ 28,988.36 Total: ¥ 29,689.69 Total general a pagar en yuanes: ¥ 65,925.14 Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presenta autorización de viaje en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa – Fuerza Aérea del Perú, del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El O fi cial Subalterno designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El O fi cial Subalterno designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2431164-1DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan Coordinador de la Unidad Territorial Huánuco del Programa Nacional Cuna Más RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 001492-2025- MIDIS/PNCM-DE San Isidro, 22 de agosto de 2025VISTOS:El Memorando N° 2718-2025-MIDIS/PNCM-UGTH de fecha 22 de agosto de 2025, de la Unidad de Gestión del Talento Humano; y el Informe N° 002485-2025-MIDIS/PNCM-UAJ de fecha 22 de agosto de 2025, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2012-MIDIS se crea el Programa Nacional Cuna Más, como programa social focalizado, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar atención integral a niñas y niños menores de 36 meses de edad en zonas en situación de pobreza y pobreza extrema, para superar las brechas en su desarrollo cognitivo, social, físico y emocional; Que, se encuentra vacante el cargo de Coordinador de la Unidad Territorial Huánuco del Programa Nacional Cuna Más, por lo que resulta necesario designar a quien lo asuma; Que, mediante el Memorando N° 2718-2025-MIDIS/ PNCM-UGTH de fecha 22 de agosto de 2025, la Unidad de Gestión del Talento Humano comunica la propuesta de designar, a partir del 25 de agosto de 2025, al señor Omar Elmer Paredes Ortiz, como Coordinador de la Unidad Territorial Huánuco, conforme al Cuadro de Puestos de la Entidad, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 91-2021-SERVIR-PE y al Manual de Per fi les de Puestos del Programa, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 386-2020-MIDIS/PNCM, precisándose que cumple con los requisitos del referido puesto; Que, mediante Informe N° 002485-2025-MIDIS/ PNCM-UAJ de fecha 22 de agosto de 2025, la Unidad de Asesoría Jurídica considera jurídicamente viable la referida designación; Con el visado de conformidad, de acuerdo a sus competencias, de la Unidad de Gestión del Talento Humano y de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad, con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 91-2021-SERVIR-PE que aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) del Programa Nacional Cuna Más y la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 386-2020-MIDIS/PNCM que aprueba el Manual de Per fi les de Puestos del Programa Nacional Cuna Más; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor OMAR ELMER PAREDES ORTIZ, en el cargo de Coordinador de la Unidad Territorial Huánuco del Programa Nacional Cuna Más, a partir del 25 de agosto de 2025. Artículo 2. Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Programa Nacional Cuna Más (www.cunamas.gob.pe). Regístrese, notifíquese y publíquese.VANESSA YSABEL TORIBIO VARGAS Directora EjecutivaPrograma Nacional Cuna Más 2431047-1