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56 NORMAS LEGALES Viernes 12 de diciembre de 2025 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Aceptan renuncia de auxiliar coactiva de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 570-2025/ MDSM San Miguel, 21 de noviembre de 2025 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTOS, el Memorando N° 0781-2025-MDSM/ GM emitido por la Gerencia Municipal, el Informe N° 000867-2025-URH-OAF/MDSM emitido por la Unidad de Recursos Humanos, el Memorando N° 271-2025-OEC/ MDSM emitido por la O fi cina de Ejecutoria Coactiva, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, conforme a lo establecido en el artículo 6° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Alcalde es el órgano ejecutivo del gobierno local y representante legal de la municipalidad y como tal, le corresponde implementar las medidas técnicas y administrativas orientadas a lograr de manera e fi ciente y oportuna los objetivos institucionales y metas trazadas por la Administración Municipal; Que, según lo establecido en el artículo 1° de la Ley 27204 - Ley que precisa que el cargo de Ejecutor Coactivo no es Cargo de Con fi anza, señala: “Artículo 1°.- Objeto de la Ley Precisar que el Ejecutor y Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan y su designación, en los términos señalados en el artículo 7° de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de con fi anza.” Que, los incisos 7.1 y 7.2 del artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, establece que la designación del Ejecutor, así como el Auxiliar Coactivo, se efectuara mediante concurso público de méritos y que en ambos casos ingresan como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercen su cargo a tiempo completo; Que, en el numeral 13.1 del artículo 13° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, señala que, el contrato administrativo de servicios se extingue por: “(…) c) decisión unilateral del contratado. En este caso, el contratado debe comunicar por escrito su decisión a la entidad contratante con una anticipación de 30 días naturales previos al cese. Este plazo puede ser exonerado por la autoridad competente de la entidad por propia iniciativa o a pedido del contratado. En este último caso, el pedido de exoneración se entenderá aceptado si no es rechazado por escrito dentro del tercer día natural de presentado. (…)”; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 032-2024 de fecha 15 de enero de 2024, se designó a la Sra. GINA CUSI TICONA como AUXILIAR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de San Miguel, a partir del 01 de diciembre del año 2023; Que, con Memorando N° 271-2025-OEC/MDSM de fecha 04 de febrero de 2025, la O fi cina de Ejecutoría Coactiva remite la renuncia irrevocable de la servidora GINA CUSI TICONA, en atención a la Carta de renuncia irrevocable presentada por la ex servidora, de fecha 02 de enero del año en curso, a través de la correspondencia N° 0008-2025; Que, con Informe N° 000867-2025-URH-OAF/MDSM de fecha 09 de octubre de 2025, la Unidad de Recursos Humanos emite opinión, señalando que el vínculo contractual entre la Municipalidad Distrital de San Miguel y la servidora Gina Cusi Ticona ha quedado extinguido, con efectividad al término del día 31 de enero de 2025, como consecuencia de su renuncia irrevocable; Que, el Alcalde conduce la política de personal de la Municipalidad Distrital de San Miguel, siendo una de sus atribuciones designar, cesar y en caso rati fi car a los funcionarios de con fi anza bajo su cargo; Estando a lo expuesto y en uso a las facultades conferidas al alcalde por el artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo 1º.- ACEPTAR la renuncia, con e fi cacia anticipada a partir del 31 de enero de 2025, de la señora GINA CUSI TICONA al cargo de AUXILIAR COACTIVO, perteneciente a la O fi cina de Ejecutoria Coactiva de la Municipalidad Distrital de San Miguel, designada mediante Resolución de Alcaldía N° 032-2024 de fecha 15 de enero de 2024, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- ENCARGAR a la O fi cina de Administración y Finanzas y a la Unidad de Recursos Humanos el fi el cumplimiento de la presente resolución. Artículo 3º.- PUBLICAR la presente resolución en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO JAVIER BLESS CABREJAS Alcalde 2464775-1 Designan auxiliar coactivo de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 571-2025/ MDSM San Miguel, 21 de noviembre de 2025EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTOS, el Memorando N° 0785-2025-MDSM/GM emitido por la Gerencia Municipal, el Informe N° 318-2025-OAJ/MDSM emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Informe N° 000871-2025-URH-OAF/MDSM emitido por la Unidad de Recursos Humanos, el Memorando N° 1785- 2025-OEC/MDSM emitido por la O fi cina de Ejecutoria Coactiva; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú concordado con artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los incisos 7.1 y 7.2 del artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, establece que la designación del Ejecutor, así como el Auxiliar Coactivo, se efectuara mediante concurso público de méritos y que en ambos casos ingresan como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercen su cargo a tiempo completo; Que, se encuentra vacante los cargos de Auxiliar coactivo de la Municipalidad Distrital de San Miguel, por lo que es necesario designar a los funcionarios que ejerzan dicho cargo, a fi n de continuar con el normal desenvolvimiento del servicio municipal;