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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (12/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Viernes 12 de diciembre de 2025 El Peruano / Artículo Quinto.- Encargar a la Comisión Distrital del PP 0067 - Familia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, la supervisión y monitoreo del correcto funcionamiento del Módulo Corporativo de Familia, en coordinación con el Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”. Artículo Sexto.- Noti fi car la presente resolución al Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, Corte Superior de Justicia de Loreto; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JANET TELLO GILARDI Presidenta Consejo Ejecutivo 2467319-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno, para participar en pasantía docente a realizarse en Brasil, Colombia y México UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL N° 2242-2025 -R-UNA Puno, 24 de julio del 2025 VISTOS:El MEMORANDUM N° 0861-2025-SG-UNA-PUNO (24-07-2025) de Secretaría General de esta Universidad, que transcribe el acuerdo del Consejo Universitario Extraordinario del 24 de julio del 2025, referido a la aprobación del Programa de Viajes de Investigación de Docentes de las Escuelas Profesionales de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno, los mismos que desarrollarán Pasantías Docente durante el II semestre del Año Académico 2025, a partir del 21 de julio al 19 de diciembre del 2025; CONSIDERANDO:Que, tal como prescribe el primer párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario O fi cial El Peruano, la Ley N° 27619, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto contenido del acto de autorización, en su artículo 2º , dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac . Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad». En concordancia con lo señalado en su artículo 4° sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje .” En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia». Finalmente, su artículo 10° , señala en relación a la obligación de presentar informe: «Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado». (Resaltado y subrayado agregado); Que, la Universidad Nacional del Altiplano - Puno, como institución de educación superior, se rige por las disposiciones contenidas en la Constitución Política del Estado, Ley Universitaria y Estatuto Universitario, que la dotan de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, en cuyo marco debe obedecer su actuación, en caso contrario habrá operado la nulidad de pleno derecho, sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiera lugar. En ese contexto, conforme a lo dispuesto en el artículo 116° del Estatuto Universitario de la Universidad Nacional del Altiplano (R.A.U. N° 008-2023-AU-UNA), se establece que una de las atribuciones del Consejo de Facultad, es: “116.11 Proponer a Consejo Universitario, las licencias por año sabático y capacitación de docentes, para su rati fi cación”. Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 212° , en su numeral 212.7 del cuerpo normativo antes mencionado, señala que es uno de los derechos de los docentes universitarios, entre otros: “Tener licencias con o sin goce de haber con reserva de plaza en el sistema universitario.”; Que, conforme al numeral 93.16 del artículo 93°, del Estatuto Universitario de la UNA-Puno (R.A.U. N° 008-2023-AU-UNA), es atribución del Consejo Universitario: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes.”; Que, al presente caso, cabe mencionar que obra en autos, la RESOLUCIÓN DE DECANATO N° 375-2025-D-FCEDUC-UNA (20-06-2025), RESOLUCIÓN DE DECANATO N° 376-2025-D-FCEDUC-UNA (20- 06-2025) de la Facultad de Ciencias de la Educación; RESOLUCIÓN DE DECANATO N° 262-2025-D-FCA-UNA-PUNO, de la Facultad de Ciencias Agrarias; RESOLUCIÓN DE DECANATO N° 118-2025-D-FIQ-UNA/PUNO, de la Facultad de Ingeniería Química; RESOLUCIÓN DE DECANATO N° 160-2025-D-FCCBB- UNA-PUNO, de la Facultad de Ciencias Biológicas; que aprueban y proponen a la instancia superior, la licencia por capacitación o fi cializada por PASANTÍA DOCENTE 2025-II de los docentes: 1.Wenceslao Quispe Yapo, 2. Nestor Jorge Machaca Arque, 3.Victor Atilio Barreda Del Arroyo, 4. Ivon Rocío Gutiérrez Flores, respectivamente; Que, mediante OFICIO N° 395-2025-VRI-UNA- PUNO (01-07-2025); OFICIO N° 163-2025-DITT-VRI-UNA-PUNO (30-06-2025) de la Dirección de Innovación y Transferencia Tecnológica; y en atención a las invitaciones cursadas por la Universidad de Sao Paulo - Brasil, Universidad Estadual de Campinas - Brasil, Universidad Nacional de Colombia, Universidad Nacional Autónoma de México, respectivamente, el Vicerrectorado de Investigación de esta Casa Superior de Estudios, solicita la autorización del viaje y bolsa de viaje para los docentes bene fi ciarios de la PASANTÍA SEMESTRAL DE DOCENTES 2025-II, para la emisión de resolución rectoral, según anexo adjunto, a partir del 21 de julio al 19 de diciembre del año en curso; Que, respecto al egreso que demande la presente Resolución Rectoral, la Unidad de Presupuesto - O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de esta Universidad, a través