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15 NORMAS LEGALES Domingo 14 de diciembre de 2025 El Peruano / Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440 establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante los O fi cios Nº 01156-2025-MINDEF/DM, Nº 04773-2025-MINDEF/SG y Nº 04743-2025-MINDEF/SG el Ministerio de Defensa solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, para fi nanciar las transferencias fi nancieras que debe efectuar a favor de la CPMP para ser destinados exclusivamente al fi nanciamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la misma, en aplicación de lo dispuesto en el numeral 68.2 del artículo 68 de la Ley Nº 32185; adjuntando, para dicho efecto, los Informes Nº 00391-2025-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP y Nº 00489-2025-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Defensa, con los sustentos respectivos; Que, mediante los O fi cios Nº 000243-2025-IN- DM, Nº 000293-2025-IN-DM y Nº 000321-2025-IN-DM el Ministerio del Interior solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, para fi nanciar las transferencias fi nancieras que debe efectuar a favor de la CPMP para ser destinados exclusivamente al fi nanciamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la misma, en aplicación de lo dispuesto en el numeral 68.2 del artículo 68 de la Ley Nº 32185; adjuntando, para dicho efecto, los Informes Nº 001294-2025-IN-OGPP-OP y Nº 001761-2025-IN-OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior, con los sustentos respectivos; Que, mediante el Memorando Nº 0558-2025- EF/53.05, que adjunta el Informe Nº 0486-2025-EF/53.05, complementado con el Memorando Nº 0579-2025-EF/53.05; y actualizados mediante el Memorando Nº 0632-2025-EF/53.05, que adjunta el Informe Nº 0551- 2025-EF/53.05, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos informa el dé fi cit previsional para el fi nanciamiento de las obligaciones previsionales a cargo de la CPMP para el Año Fiscal 2025; Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 88 651 940,00 (OCHENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el numeral 68.2 del artículo 68 de Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 88 651 940,00 (OCHENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, para fi nanciar las transferencias fi nancieras que dichos pliegos deben efectuar a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP), para ser destinadas exclusivamente al fi nanciamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la citada entidad, conforme con lo establecido en el numeral 68.2 del artículo 68 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 88 651 940,00 --------------------- 88 651 940,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 026 : M. de DefensaUNIDAD EJECUTORA 009 : Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.5 Otros Gastos 62 788 162,00 --------------------- TOTAL PLIEGO 026 62 788 162,00 ============ PLIEGO 007 : M. del Interior UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina General de Administración CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.5 Otros Gastos 25 863 778,00 --------------------- TOTAL PLIEGO 007 25 863 778,00 ============ TOTAL EGRESOS 88 651 940,00 ============ Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1. Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos 3.1. Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto