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25 NORMAS LEGALES Domingo 14 de diciembre de 2025 El Peruano / Resolución Ministerial N° 318-2021-RE; y, posteriormente actualizado con las Resoluciones Jefaturales N° 0077-2022-RE, N° 0087-2022-RE, N° 0477-2022-RE, N° 0593-2022-RE, N° 0632-2022-RE, N° 0153-2023-RE, N° 0373-2023-RE, N° 0525-2023-RE, N° 0637-2023-RE, N° 0008-2024-RE; N° 0229-2024-RE; N° 0375-2024-RE; N° 0543-2024-RE; N° 0608-2024-RE; N° 1143-2024-RE; N° 1616-2024-RE; N° 1886-2024-RE; N° 2155-2024-RE; N° 0374-2025-RE; N° 0438-2025-RE; y, N° 0739-2025-RE, de la O fi cina General de Recursos Humanos, de 16 de febrero de 2022, de 23 de febrero de 2022, de 16 de setiembre de 2022, de 14 de noviembre de 2022, de 2 de diciembre de 2022, de 3 de febrero de 2023, de 5 de abril de 2023, de 24 de mayo de 2023, de 23 de junio de 2023, de 4 de enero de 2024; de 15 de febrero de 2024; de 7 de marzo de 2024; de 8 de abril de 2024; de 24 de abril de 2024; de 18 de julio de 2024; de 23 de setiembre de 2024; de 6 de noviembre de 2024; de 20 de diciembre de 2024; de 20 de marzo de 2025; de 3 de abril de 2025; y, de 20 de junio de 2025, respectivamente; Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2025-RE, publicado el 19 de julio de 2025, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE); posteriormente, mediante Resolución Ministerial N° 0508-2025-RE, publicada el 2 de agosto de 2025, se aprueba la Sección Segunda del ROF del MRE; y, fi nalmente, mediante Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE, publicada el 5 de agosto de 2025, se aprueba el Texto Integrado del ROF del MRE; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 025-2025-RE, que aprueba la Sección Primera del ROF del MRE, dispone la adecuación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del MRE en los términos siguientes: “El Ministerio de Relaciones Exteriores aprueba su Cuadro para Asignación de Personal Provisional, de acuerdo a lo establecido en la Sección Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones, en un plazo no mayor de sesenta (60) días hábiles, contado a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, de conformidad con las normas del Régimen del Servicio Civil.”; Que, con la Resolución de Secretaría General Nº 0546-2025-RE, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 24 de setiembre de 2025, se aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) del MRE, cuya fi nalidad, de acuerdo a lo prescrito en el literal c. del subnumeral 5.1 del numeral 5 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, es describir de manera ordenada todos los cargos de este Ministerio, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de los objetivos de la entidad; Que, el artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, señala que las o fi cinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita la Autoridad Nacional de Servicio Civil (SERVIR) en su condición de ente rector; teniendo entre sus funciones el ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por SERVIR y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el sistema de gestión de recursos humanos; así como gestionar los per fi les de puestos; Que, el literal b) del numeral 5.1 de la citada Directiva de fi ne al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) como el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, de acuerdo a lo previsto en el literal b del subnumeral 5.1. del numeral 5 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, el CAP Provisional es el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, el numeral 5.2. de la Directiva N° 006-2021-SERVIR- GDSRH, establece las responsabilidades de: i) SERVIR: emitir opinión sobre las propuestas de CAP Provisional, a través de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos (GDSRH), entre otras; ii) Titular de cada entidad: remitir a SERVIR la propuesta de CAP Provisional, cumpliendo con lo dispuesto en la precitada Directiva, entre otros; iii) O fi cina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces: elaborar la propuesta de CAP Provisional, así como el informe técnico sustentatorio, entre otros; y, iv) O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, o la que haga sus veces: emitir opinión sobre la propuesta de CAP Provisional en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del ROF o el MOP vigente, según corresponda, entre otros; Que, por otro lado, el subnumeral 6.2.1. del numeral 6.2. de la referida Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH establece los supuestos para la elaboración del CAP Provisional, entre los cuales fi gura: la reorganización, asignación o reasignación de funciones (Supuesto 1, primer párrafo), el cual precisa su aplicación cuando las entidades públicas, a través de una norma sustantiva, vean incrementadas o reducidas sus competencias y/o funciones, y requieran la creación o reducción de cargos vinculados a la implementación, o no, de dichas competencias y/o funciones, tomando en consideración los criterios presentados en el numeral 6.2.2 de la indicada Directiva; Que, de otra parte, según los subnumerales 6.3.1.1 y 6.3.1.2 de la mencionada Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, el/la Titular de la Entidad deberá remitir el expediente de la propuesta de CAP Provisional en atención a lo dispuesto en el numeral 5.4.4 de la precitada Directiva, mediante o fi cio dirigido a la Presidencia Ejecutiva de SERVIR, para revisión y opinión de la GDSRH; y, conforme al subnumeral 6.3.1.8 de la citada Directiva, de darse opinión técnica favorable, incluyendo el otorgamiento de una excepción cuando corresponda, dicha aprobación debe ser comunicada a la entidad mediante o fi cio de la Presidencia Ejecutiva de SERVIR para que esta gestione su aprobación y posterior publicación en el Diario O fi cial El Peruano; siendo que, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, que incluye a los Ministerios, el documento de aprobación es una Resolución Ministerial; Que, posteriormente, mediante los O fi cios RE (SGG) N° 1-0-E/61 y RE (SGG) N° 1-0-E/63 la Secretaría General del MRE remite a la Presidencia Ejecutiva de SERVIR el expediente con la propuesta del nuevo CAP Provisional del MRE, adjuntando los documentos de sustento correspondientes previstos en el subnumeral 5.4.4 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH; Que, mediante O fi cio N° 001346-2025-SERVIR-PE, el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) remite el Informe Técnico N° 000268-2025-SERVIR-GDSRH emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos (GDSRH), que constituye la opinión técnica previa favorable del ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH), conforme a lo establecido en el subnumeral 6.3.1.8 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, razón por la cual corresponde emitir la Resolución Ministerial de aprobación del CAP Provisional del MRE; Que, con el Memorándum N° ORH0264820252025, la O fi cina General de Recursos Humanos señala que, al contarse con la opinión previa favorable de SERVIR, corresponde se apruebe la propuesta de Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante resolución ministerial; Que, con el Memorándum N° LEG025522025, la O fi cina General de Asuntos Legales concluye que es legalmente viable emitir el acto resolutivo que aprueba el Cuadro para