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16 NORMAS LEGALES Lunes 29 de diciembre de 2025 El Peruano / seguidamente se de fi nieron la naturaleza organizacional de cada órgano y unidad orgánica; así como, el listado de las funciones asignadas. Sobre las funciones establecidas responden al principio de especialidad (a fi nidad y complementariedad) y reglas como la determinación de funciones, separación de funciones, no duplicidad, racionalidad, coordinación, y simplicidad, los mismo que fueron establecidos aplicando las fi chas técnicas sustentatorios de funciones, adjuntas en Anexo 3. del Informe Técnico, se visualiza que, para las funciones de los órganos y unidades orgánicas de administración interna, se ha adecuado las funciones estandarizadas de los Lineamientos Nº 01-2020-SGP Funciones Estandarizadas en el Marco de los Sistemas Administrativos. Y para las funciones de los órganos y unidades orgánicas de línea se han analizado, distribuido y adecuado las funciones y responsabilidades de fi nidas en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 011- 2012-ED. Finalmente, sobre los Bienes, Servicios y Procesos de la DRE y la UGELS, del proyecto de modi fi cación integra del MOP, abarca los artículos del 53º al 56º. Inicia con la descripción de los procesos de la DRE (estratégicos, misionales y de soporte) con su respectiva codi fi cación, seguido por el Inventario de Procesos en el cual se indica, para cada proceso, el producto que genera, el tipo de proceso (estratégicos, misionales o de soporte), el dueño del proceso, y los receptores (bene fi ciarios) del producto. A partir del artículo 55º, de igual forma, se describen los procesos de la UGELs (clasi fi cados en estratégicos, misionales y de soporte) con su respectiva codi fi cación, seguido por el Inventario de Procesos en el cual se indica, para cada proceso, el producto que genera, el tipo de proceso (estratégicos, misionales o de soporte), el dueño del proceso, y los receptores (bene fi ciarios) del producto. Sobre los ANEXOS Conforme al Anexo I de la Norma Técnica, los anexos del proyecto MOP se modi fi có íntegramente de la siguiente manera: 1. Organigrama de la DRE y UGELs 2. Mapa de Procesos de la DRE y UGELs 3. Listado de UGELS a cargo de la DRE 4. Listado de IIES Por1. En los anexos del proyecto del MOP de la DRE Pasco se incluyeron: 2. El organigrama de la DRE y la UGELs.3. El mapa de procesos de la DRE y la UGELs Relación de las UGELs del ámbito jurisdiccional de la DRE Pasco. 4. Relación de instituciones de educación superior del ámbito jurisdiccional de la DRE Pasco. 5. Relación de instituciones de educación básica y técnico – productiva del ámbito jurisdiccional de las UGELs. Que, el artículo IV del Título Preliminar del Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, Reglamento General del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH), establece que se considera Entidad Pública Tipo B a los órganos desconcentrados de una Entidad Pública Tipo A que, cumplen con los requisitos establecidos. En ese marco, la Dirección Regional de Educación de Pasco (DRE Pasco) y las Unidades de Gestión Educativa Local (UGELs) de Oxapampa, Pasco, Daniel Alcides Carrión y Puerto Bermúdez constituyen órganos desconcentrados del Gobierno Regional de Pasco, tal como se evidencia en el proyecto MOP y son reconocidos como Unidades Ejecutoras de acuerdo con la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Asimismo, dichas entidades ejercen funciones de gestión administrativa y pedagógica en el ámbito de su jurisdicción, contando con competencias para la administración de personal, o fi cinas de recursos humanos y autoridades designadas como titulares, cumpliendo de esta manera con las condiciones normativas como Entidades Públicas Tipo B. Que, de acuerdo con el literal B., Subcapítulo II, del Capítulo III, de los Lineamientos Nº 02-2020-SGP que establecen “Orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Manual de Operaciones – MOP”; señala que el expediente que sustenta la aprobación o modi fi cación de un MOP contiene los siguientes documentos: i) Proyecto de dispositivo legal, ii) Proyecto de MOP, iii) Informe técnico que justi fi ca la estructura organizacional y el iv) Informe legal, en ese sentido la Dirección Regional de Educación Pasco adjunta y sustenta el expediente del MOP y se encuentra completa, conforme a lo establecido en los Lineamientos Nº 02 2020-SGP que establecen “Orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Manual de Operaciones – MOP, por tanto es pertinente la propuesta de la modi fi cación del MOP para su aprobación. Que, conforme a las atribuciones facultadas mediante Ley Nº 27867, su modi fi catoria Ley Nº 27902 y demás normas vigentes, y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Pasco, y demás normas conexas, con el objeto de dar continuidad al normal desenvolvimiento de la marcha administrativa de la gestión. Que, el inciso a) del artículo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, con fi ere a los Gobiernos Regionales atribuciones de de fi nir, normar, dirigir y gestionar sus políticas regionales y ejercer sus funciones generales y especí fi cas en concordancia a las políticas nacionales y sectoriales. Que, conforme a las atribuciones facultadas mediante Ley Nº 27867, su modi fi catoria Ley Nº 27902 y demás normas vigentes, y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Pasco, y demás normas conexas, con el objeto de dar continuidad al normal desenvolvimiento de la marcha administrativa de la gestión; SE DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR, el Manual de Operaciones (MOP) de la Dirección Regional de Educación Pasco y de las UGELs Pasco, Daniel Alcides Carrión, Oxapampa y Puerto Bermúdez, el mismo que consta de tres (03) títulos, cincuenta y seis (56) artículos y anexos; se encuentra debidamente sustentado en el marco normativo vigente, destacando la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, el Decreto Supremo Nº 123-2018-PCM – Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modi fi catorias – Lineamientos de Organización del Estado, así como la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM/SGP, que aprueba los Lineamientos Nº 02-2020-SGP, Resolución Ministerial Nº 176-2021-MINEDU Norma Técnica “Orientaciones para la Organización y Funcionamiento de las Direcciones Regionales de Educación (DRE) y Unidades de Gestión Educativa Local (UGELs)”. Artículo Segundo.- DEROGAR, el Decreto Regional Nº 002-2023-G.R.P./GOB, de fecha 02 de junio de 2023, que aprobó el Manual de Operaciones (MOP) de la Dirección Regional de Educación de Pasco, y sus UGEL. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Dirección Regional de Educación de Pasco y sus cuatro (04) Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) bajo su ámbito: Oxapampa, Daniel Alcides Carrión, Pasco y Puerto Bermúdez; para su conocimiento, aplicación y ejecución de las acciones administrativas. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente Decreto Regional a través del Diario O fi cial “El Peruano”. El presente Decreto Regional y su anexo se publicarán en la página web de la Dirección Regional de Educación Pasco (www.drepasco.gob.pe ) el mismo día de la publicación en el Diario O fi cial ¨El Peruano¨. Artículo Quinto.- NOTIFICAR, el presente Decreto Regional a todas las Dependencias involucradas y a los Órganos Técnicos y Administrativos del Gobierno Regional de Pasco, para su cumplimiento y ejecución previo los trámites establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JUAN LUIS CHOMBO HEREDIA Gobernador Regional 2456907-1