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4 NORMAS LEGALES Lunes 29 de diciembre de 2025 El Peruano / Artículo 2.- Nombrar, con efectividad al 1 de enero de 2026, al General de División César Augusto Briceño Valdivia como Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ Presidente de la República CÉSAR FRANCISCO DÍAZ PECHE Ministro de Defensa 2472141-2 Nombran al Comandante General del Ejército RESOLUCIÓN SUPREMA N° 102-2025-DE Lima, 28 de diciembre de 2025CONSIDERANDO:Que, el artículo 167 de la Constitución Política del Perú determina que el Presidente de la República es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Presidente de la República, mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Sector, nombra entre otros, a los Comandantes Generales de las Fuerzas Armadas; Que, el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, dispone que el Ejército del Perú es comandado por el Comandante General del Ejército del Perú, quien es designado por el Presidente de la República conforme a la normativa especí fi ca, y depende del Ministro de Defensa; Que, asimismo, el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1137, Ley del Ejército del Perú, establece que la Comandancia General del Ejército es ejercida por el Comandante General del Ejército, quien depende del Ministro de Defensa y es designado por el Presidente de la República entre los tres (03) Generales de División de mayor antigüedad en el escalafón de O fi ciales en actividad; para lo cual no se considera, de ser el caso, al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; otorgándosele la denominación distintiva de General de Ejército, mientras desempeñe el cargo; Que, el artículo 10 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cado por el artículo único de la Ley N° 31496, dispone que los O fi ciales Generales o Almirantes que sean nombrados como Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas o Comandante General de la institución armada correspondiente, ejercen sus funciones por un periodo de dos (2) años; pudiendo prorrogarse por un año adicional únicamente en el caso del Jefe del Comando Conjunto; Que, el artículo 14 de la Ley N° 28359 establece que el empleo constituye el desempeño personal de una función real y efectiva que se encomienda al O fi cial, en atención a los Cuadros de Organización de cada institución armada y, conforme a su grado, antigüedad y especialidad; asimismo, de conformidad con el literal A) del artículo 15 de la citada Ley, el nombramiento y asignación de empleo de O fi ciales Generales y Almirantes se efectúa mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Defensa; Que, el cargo de Comandante General del Ejército del Perú se encontrará vacante con efectividad al 1 de enero de 2026; por lo que, a partir de esa fecha, es necesario disponer el nombramiento del nuevo O fi cial General que asumirá dicho cargo, de conformidad con la normativa sobre la materia; Estando a lo propuesto por el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar, con efectividad al 1 de enero de 2026, al General de División Oswaldo Martín Calle Talledo como Comandante General del Ejército. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ Presidente de la República CÉSAR FRANCISCO DÍAZ PECHE Ministro de Defensa 2472141-3 EDUCACIÓN Designan Superintendente de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 580-2025- MINEDU Lima, 28 de diciembre de 2025VISTOS: Los documentos que conforman el Expediente N° MPT2025-EXT-1199761 y el Expediente N° MPD2025-EXT-1202453, y; CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, modi fi cado por el artículo 2 de la Ley N° 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) como ente autónomo, la misma que tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye Pliego Presupuestal; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 30220, la Sunedu es responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, entendiéndose el licenciamiento como el procedimiento que tiene como objetivo veri fi car el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad necesarias para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento; asimismo, establece que la Sunedu también es responsable de supervisar la calidad del servicio educativo universitario, incluyendo el servicio brindado por entidades o instituciones facultadas por normativa especí fi ca para otorgar grados y títulos equivalentes a los otorgados por las universidades; además, la Sunedu fi scaliza el uso adecuado de los recursos públicos y los bene fi cios económicos otorgados a las universidades, asegurando que se destinen para fi nes educativos y para el mejoramiento de la calidad educativa; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 30220, modi fi cado por el artículo 2 de la Ley N° 31520, señala que el Consejo Directivo es el órgano máximo y de mayor jerarquía de la Sunedu; siendo el Superintendente elegido entre sus miembros representantes; Que, el artículo 20 de la Ley N° 30220, modi fi cado por el artículo 2 de la Ley N° 31520, establece que el Superintendente de la Sunedu es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad y titular del pliego presupuestal; es elegido por un periodo de tres años entre los miembros del Consejo Directivo y no puede ser reelegido; su designación se efectúa mediante resolución ministerial del titular del Sector;