TEXTO PAGINA: 9
9 NORMAS LEGALES Lunes 29 de diciembre de 2025 El Peruano / haber, autorización y bolsa de viaje del 12 al 18 de octubre de 2025; Que, mediante documento del Visto, el Decano de la Facultad de Zootecnia de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, acordó: “Artículo 1°: Autorizar la participación de los Dr. Jorge Daniel Juárez Moreno y M. Sc. Elvis Huamán Calixto, para asistir en el Curso Taller: “Colección, clasi fi cación y transferencia de embriones”, organizado por el Instituto de Reproducción Animal de Córdoba (IRAC-Biogen), a realizarse en la ciudad de Córdoba en el país de Argentina del 13 al 17 de octubre de 2025; Artículo 2°: Solicitar al Vicerrector Académico que mediante documento resolutivo autorice el viaje, licencia con goce de haber del 12 al 18 de octubre de 2025 para que los mencionados docentes participen en el evento indicado; Artículo 3°: Solicitar a la Dirección General de Administración, el otorgamiento de Bolsa de Viaje, por el importe de $ 2,000.00 (Dos mil dólares americanos) para cada participante, a fi n de cubrir gastos de pasajes aéreos, inscripción, alojamiento y alimentación”; Que, mediante O fi cio N° 124-2025-OPP-UNASTM, de fecha 16 de setiembre de 2025, la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de esta Casa Superior de Estudios, pone de conocimiento que ante la solicitud de Licencia por Capacitación Docente con Goce de Haber solicitado por los docentes Dr. Jorge Daniel Juárez Moreno y M. Sc. Elvis Huamán Calixto, se aprueba la Certi fi cación Presupuestal N° 02712 en el SIAF, para atender los de Bolsa de Viaje para cubrir los gastos de participación de los mencionados docentes por el importe de S/ 2,960.00; Que, el Principio de Legalidad contenido en el TUO de la LPAG, dispone: “Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas”; Que, el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad conforme lo establece el artículo 58° de la Ley Universitaria Nº 30220; en ese orden de ideas, este colegiado aprueba: Autorizar la licencia con goce de haber a los Dr. Jorge Daniel Juárez Moreno y M. Sc. Elvis Huamán Calixto, para asistir al Curso Taller: “Colección, clasi fi cación y transferencia de embriones”, organizado por el Instituto de Reproducción Animal de Córdoba (IRAC-Biogen), a realizarse en la ciudad de Córdoba en el país de Argentina del 12 al 18 de octubre de 2025; Otorgar Bolsa de Viaje por el importe de S/ 2,960.00 (S/ 1,480.00 para cada docente) para cubrir los gastos de participación; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria de fecha 01 de octubre de 2025, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto Modi fi cado de la Universidad Nacional Agraria de la Selva; SE RESUELVE: Artículo 1°.- AUTORIZAR la Licencia por Capacitación Docente con Goce de Haber de los docentes Dr. Jorge Daniel Juárez Moreno y M. Sc. Elvis Huamán Calixto, adscritos al Área de Reproducción y Mejora Genética de la Facultad de Zootecnia de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, para asistir al Curso Taller: “Colección, clasi fi cación y transferencia de embriones”, organizado por el Instituto de Reproducción Animal de Córdoba (IRAC-Biogen), a realizarse en la ciudad de Córdoba en el país de Argentina del 12 al 18 de octubre de 2025. Artículo 2º.- OTORGAR BOLSA DE VIAJE por el importe de S/ 2,960.00, de la siguiente manera: Dr. Jorge Daniel Juárez Moreno el importe de S/ 1,480.00; y M. Sc. Elvis Huamán Calixto el importe de S/ 1,480.00; para cubrir los gastos de participación en el Curso Taller mencionado en el Artículo 1° de la presente resolución. Artículo 3º.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento, realice las acciones administrativas correspondientes a efectos de Publicar en el Diario O fi cial el Peruano la presente resolución. Artículo 4°.- NOTIFICAR el presente acto administrativo, al Vicerrectorado Académico, Área de Reproducción y Mejora Genética de la Facultad de Zootecnia, y demás unidades académicas y administrativas de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese y comuníquese. MILTHON HONORIO MUÑOZ BERROCAL Rector ALFREDO A. PANDURO PULGAR Secretario General 2462443-1 Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA RESOLUCIÓN Nº 755-2025 -R-UNAS Tingo María, 21 de octubre de 2025EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA VISTO: La Carta Nº 1444-2025-OPP-UNASTM de fecha 14 de octubre de 2025, el Director de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, remite la Certi fi cación de Crédito Presupuestario para la Transferencia Financiera por Retribución Económica correspondiente al periodo 2025, 2026 y 2027 a favor del pliego 019: Contraloría General de la República, (Reg. Nº 2402 S.G.); CONSIDERANDO:Que, de conformidad al Artículo 18º último párrafo, de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo 8º de la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, establece que: “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normas aplicables. Esta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes: 8.1. Normativo, 8.2. De gobierno, 8.3. Académico, 8.4. Administrativo y 8.5. Económico.”; Que, con fecha 23 de julio de 2002, se publicó la Ley Nº 27785 “Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Republica”, la cual establece que es atribución exclusiva de la Contraloría General designar y contratar a las Sociedades de Auditoria que se requieran, a través de Concurso Público de Méritos (CPM) para la realización de la auditoria fi nanciera gubernamental a las Entidades comprendidas en dichos alcances”; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 314- 2025-CG de fecha 25 de julio de 2025, la Contraloría General de la República del Perú, a través del cual, resuelve en el Artículo Primero: “Aprobar la Directiva Nº 006-2025-CG/GRECE “Gestión de Sociedades de Auditoria para la ejecución de Auditorias Financieras Gubernamentales”, (…)” en el cual establece en el numeral 7.2.1.5 Cronograma anual de Concurso Público de Méritos – CPM, establece lo siguiente: (…) En la Auditoría Financiera Gubernamental -AFG, un “periodo” comprende a un (1) ejercicio económico. Dicho periodo, excepcionalmente, puede ser mayor o menor a un año, cuando: i) la naturaleza de las actividades de la Entidad u otras situaciones, sustenten dicha necesidad; o ii) El organismo internacional que efectuó el préstamo o donación destinado a la Entidad a auditar así lo requiera. Lo cual debe estar sustentado por la entidad.