TEXTO PAGINA: 15
15 NORMAS LEGALES Lunes 3 de febrero de 2025 El Peruano / la propuesta normativa, facultando al Superintendente su formalización mediante la resolución respectiva, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, debiendo publicarse el acto resolutivo en el diario o fi cial El Peruano; Que, el Consejo Directivo de la Sunarp, en su sesión N° 491 del 30 de enero de 2025, en ejercicio de la facultad conferida por el literal b) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, acordó aprobar por unanimidad la “Directiva que regula la digitalización de los documentos que forman parte de los títulos en trámite”, conforme a la propuesta elevada por la Dirección Técnica Registral; Estando a lo acordado y, de conformidad con la facultad conferida por el literal y) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, actualizado por la Resolución N° 00125-2024-SUNARP/SN; contando con el visado de la Gerencia General, la Dirección Técnica Registral, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, la O fi cina de Tecnologías de la Información, y la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de Directiva Aprobar la Directiva DI-002-2025-SUNARP-DTR, “Directiva que regula la digitalización de los documentos que forman parte de los títulos en trámite”, la cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Derogación Derogar la Resolución N° 00178-2023-SUNARP/SN, del 30 de octubre del 2023, que aprueba la Directiva DI- 01-SDNR-DTR, “Directiva que regula la digitalización de los documentos que forman parte de los títulos en trámite”. Artículo 3.- Derogación parcial Derogar parcialmente la Directiva N° 09-2004- SUNARP/SN, que establece las normas que regulan el servicio registral de Competencia Nacional para Otorgar Prioridad Registral y su aplicación para trámites de O fi cinas Receptoras y de Destino, aprobada por la Resolución N° 330-2004-SUNARP/SN, del 22 de julio del 2004, en lo aplicable a las solicitudes de inscripción, manteniendo su vigencia para el caso de las solicitudes de publicidad registral. Artículo 4.- Entrada en vigencia La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución y la directiva aprobada en el artículo 1 en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp), en la misma fecha de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”.Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO Superintendente Nacional de los Registros Públicos 2367030-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Dejan sin efecto designaciones y designan administradores temporales de diversas Cooperativas de Ahorro y Crédito que se encuentran en disolución RESOLUCIÓN SBS N° 00346-2025 Lima, 30 de enero de 2025 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución SBS N° 03471- 2024 del 01.10.2024, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 03.10.2024, se designó al señor Luis Enrique Timoteo Orue, identi fi cado con DNI N° 46850341, como administrador temporal principal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Ahorrocress. Asimismo, mediante Resolución SBS N° 00300-2023 del 13.09.2023, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 15.09.2023, se le designó como administrador temporal alterno de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credialtoque Perú Limitada, para que, en representación de esta Superintendencia, realice los actos necesarios para llevar adelante las disoluciones de las mismas, conforme a lo establecido en la Vigésimo Cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modi fi catorias (en adelante, Ley General) y demás normas aplicables; Que, mediante la Resolución SBS N° 03005- 2023 del 13.09.2023, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 18.09.2023, Resolución SBS N° 02414- 2023 del 18.07.2023, publicada en el Diario O fi cial El USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES