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13 NORMAS LEGALES Jueves 6 de febrero de 2025 El Peruano / EDUCACIÓN Designan Director de la Dirección de Educación Básica para Estudiantes con Desempeño Sobresaliente y Alto Rendimiento de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 060-2025- MINEDU Lima, 5 de febrero de 2025CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Dirección de Educación Básica para Estudiantes con Desempeño Sobresaliente y Alto Rendimiento de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, con efectividad al 06 de febrero de 2025, al señor WALTER SANTOS GALDOS MORALES, en el cargo de Director de la Dirección de Educación Básica para Estudiantes con Desempeño Sobresaliente y Alto Rendimiento de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación 2368927-1 ENERGÍA Y MINAS Otorgan a ORYGEN PERÚ S .A.A. la concesión definitiva para la transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión en 33 kV S.E. Flamenco - CUS Central Solar Fotovoltaica CERW Wayra Solar”, ubicado en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 032-2025- MINEM/DM Lima, 30 de enero de 2025VISTOS: El Expediente N° 14415124 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto “Línea de Transmisión en 33 kV S.E. Flamenco - CUS Central Solar Fotovoltaica CERW Wayra Solar”, presentada por ORYGEN PERÚ S.A.A.; el Informe Nº 1001-2024-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Informe N° 0061-2025-MINEM/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,CONSIDERANDO: Que, mediante documento con Registro N° 3785163, de fecha 12 de julio de 2024, complementado con el documento con Registro N° 3800417, de fecha 30 de julio de 2024, ORYGEN PERÚ S.A.A. solicita el otorgamiento de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto “Línea de Transmisión en 33 kV S.E. Flamenco - CUS Central Solar Fotovoltaica CERW Wayra Solar”, ubicado en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica; Que, de acuerdo a la memoria descriptiva del proyecto, este consiste en la creación de la Línea de Transmisión en 33 kV que parte de las Subestaciones Unitarias de Salida denominadas “CU” (CU_02, CU_03, CU_06, CU_07, CU_08, CU_10 y CU_12) de la “Central Solar Fotovoltaica CERW Wayra Solar”, distribuidas en 07 circuitos de manera subterránea que fi nalizará en la nueva sala de media tensión ubicada en la S.E. Flamenco; asimismo se considera la ampliación de la S.E. Flamenco en 33 kV, y de esta manera permitir evacuar la energía generada por la futura “Central Solar Fotovoltaica CERW Wayra Solar” al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional; Que, de conformidad con el artículo 28 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, la solicitud de concesión que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 25, debe resolverse en un plazo máximo de sesenta días hábiles a partir de la fecha de su presentación, sin considerar la presentación de los incidentes que se promuevan, los cuales suspenderán el plazo hasta que queden resueltos; asimismo, el referido artículo establece que la concesión de fi nitiva será otorgada por Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas; Que, el artículo 37 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, establece los requisitos para el otorgamiento de una concesión de fi nitiva, de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; Que, según los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, han veri fi cado que la solicitud de ORYGEN PERÚ S.A.A. cumple con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, así como con el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038- 2014-EM, y sus modi fi catorias; y, por tanto, consideran procedente otorgar la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión en 33 kV S.E. Flamenco - CUS Central Solar Fotovoltaica CERW Wayra Solar”; Con los vistos de la Dirección General de Electricidad, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-93-EM; y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 038-2014-EM, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de ORYGEN PERÚ S.A.A. la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión en 33 kV S.E. Flamenco - CUS Central Solar Fotovoltaica CERW Wayra Solar”, ubicado en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica; en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial, y los que se detallan en la Minuta que contiene el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: