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7 NORMAS LEGALES Lunes 10 de febrero de 2025 El Peruano / en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Wilson Vara Mallqui en el puesto de Director de la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ A. SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas 2369851-1 Designan Director de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 047-2025-EF/49 Lima, 8 de febrero del 2025 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Director(a) de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Daniel Orlando Talla Pimentel en el puesto de Director de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ A. SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas 2369852-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a Chile, en comisión de servicio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0167-2025-IN Lima, 8 de febrero de 2025VISTOS, el O fi cio N° 217-2025-COMOPPOL/ DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 0000343-2025-IN-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 238-2023-JUS, el Estado peruano accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano MAYER SUÁREZ ARMAS, de la República de Chile, formulada por la Cuarta Sala Penal de Apelaciones Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao, y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de trá fi co ilícito de drogas, en agravio del Estado peruano; Que, a través de la comunicación electrónica con referencia N° 546/EXTRADICIONES/2025/AVR de fecha 30 de enero de 2025, la O fi cina Central Nacional de INTERPOL – Santiago informa a la O fi cina Central Nacional de INTERPOL - Lima, que ha sido aceptada la propuesta de programación para ejecutar la referida extradición del ciudadano peruano MAYER SUÁREZ ARMAS; Que, con Informe N° 66-2025-COMOPPOL PNP/ DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPICJE, la Ofi cina Central Nacional INTERPOL – Lima, sustenta la designación del Mayor de la Policía Nacional del Perú CARLOS DENIS CUBAS PIZARRO y de la Subo fi cial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú ROXANA CROBETTY MATTA PERALTA, para que viajen en comisión de servicio, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, a fi n de recibir, custodiar y trasladar a nuestro país, al ciudadano peruano MAYER SUÁREZ ARMAS; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión N° 34-2025-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI,la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial mencionado precedentemente, del 10 al 13 de febrero de 2025, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, para que ejecuten la extradición activa antes citada, correspondiendo autorizar el retorno del personal policial hasta el 14 de febrero de 2025 conforme a los pasajes aéreos obrantes en el expediente; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2017-IN, establece en su artículo 13 que “La O fi cina Central Nacional INTERPOL - Lima de la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes: (…) 7) Ejecutar las extradiciones activas y pasivas de ciudadanos nacionales o extranjeros, requeridos por la autoridad judicial nacional o extranjera y que se encuentren en territorio nacional o internacional, vía los canales y procedimientos diplomáticos correspondientes, en el marco de la legislación vigente y los Tratados de Extradición de los cuales el Perú es parte (…)”; Que, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos del citado personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000000433, y los gastos por pasajes aéreos (ida y vuelta) serán asumidos por el Poder Judicial, conforme se precisa en el Informe N° 66-2025-COMOPPOL PNP/DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPICJE y en la Hoja de Estudio y Opinión N° 34-2025-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece