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21 NORMAS LEGALES Lunes 10 de febrero de 2025 El Peruano / países miembros, en concordancia con los estándares internacionales aplicables; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, así como en la Directiva N° SBS-DIR-SBS-085-27 que establece Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto y la Resolución SBS N° 04357-2024 que aprueba Medidas de Austeridad, Racionalidad, Disciplina en el Gasto y de Ingresos de Personal en la SBS para el Ejercicio 2025; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Sergio Javier Espinosa Chiroque, Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, del 17 al 19 de febrero de 2025 a la ciudad de San José, República de Costa Rica, para participar en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Autorizar los gastos que irrogue la presente participación con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2025, de acuerdo a lo siguiente: Pasaje aéreo US$ 1 100,70 Viáticos US$ 630,00 Artículo 3°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP 2367986-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Aprueban la creación de la Red Regional de Cooperación Internacional Municipal de Tacna CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 020-2024-CR/GOB.REG.T ACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha nueve de octubre de dos mil veinticuatro, en Sesión Extraordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (…)” y; en su artículo 192 señala: “Los gobiernos regionales (…). Son competentes para: 1. Aprobar su organización interna y su presupuesto. (…)”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 sobre Atribuciones del Consejo Regional prescribe: “(...) u. Las demás que le correspondan conforme a ley”; asimismo, el artículo 38 sobre Ordenanzas Regionales señala: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. (…)”. Que, el Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, en su artículo 2 preceptúa: “El presente Reglamento tiene como fi nalidad desarrollar la rectoría de las políticas nacionales en todo el territorio a fi n que sean implementadas por las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, en bene fi cio de los ciudadanos”; a su vez, el artículo 5 señala: “Son políticas de alcance nacional, aplicables en todo el territorio, las Políticas de Estado y las Políticas Nacionales”. Que, mediante O fi cio Nº 045-2024-GRAJ-GGR/GOB. REG.TACNA, de fecha 16 de enero de 2024, emitido por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna, remite la opinión legal sobre la conformación de la Red de O fi cinas de Cooperación Internacional Municipal. Que, con el Informe Nº 120-2023-GRPPAT-SGCTI/ GOB.REG.TACNA, de fecha 23 de octubre de 2023, emitido por la Sub Gerencia de Cooperación Técnica Internacional; el O fi cio Nº 4000-2023-SGCTI-GRPPAT/ GOB.REG.TACNA, de fecha 14 de noviembre de 2023, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; la Opinión Legal Nº 066-2024-GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 15 de enero de 2024 emitido por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; el O fi cio Nº 002-2024-GRPPAT-SGCTI/ GOB.REG.TACNA, de fecha 07 de febrero de 2024, emitido por la Sub Gerencia de Cooperación Técnica Internacional; el O fi cio Nº 2228-2024-SGCTI-GRPPAT/ GOB.REG.TACNA, de fecha 06 de junio de 2024, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, que remite el Informe Nº 134-2024-GRPPAT-SGCTI/GOB.REG.TACNA, de fecha 05 de junio de 2024, emitido por la Sub Gerencia de Cooperación Técnica Internacional; el O fi cio Nº 568-2024- GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 11 de junio 2024, emitido por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; la Opinión Legal Nº 1188-2024-GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 24 de julio de 2024, emitido por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; el O fi cio Nº 686-2024-GRAJ- GGR-GR/GOB.REG.TACNA, de fecha 31 de julio de 2024, emitido por el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna; el O fi cio Nº 2991-2024-SGCTI- GRPPAT/GOB.REG.TACNA, de fecha 14 de agosto de 2024, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, que remite el Informe Nº 0160-2024-GRPPAT-SGCTI/GOB.REG. TACNA, de fecha 13 de agosto de 2024, emitido por la Sub Gerencia de Cooperación Técnica Internacional; el Ofi cio Nº 1187-2024-GGR/GOB.REG.TACNA, de fecha 22 de agosto de 2024, emitido por la Gerencia General Regional; el O fi cio Nº 1310-2024-GRAJ-GGR/GOB.REG. TACNA, de fecha 10 de setiembre de 2024, emitido por la Gerencia General Regional, que remite la Opinión Legal Nº 1436-2024-GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 09 de setiembre de 2024, emitida por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; el Informe de Asesor de Comisión Nº 036-2024-JTCV-COPPyAT-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 24 de setiembre de 2024; y, demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el DICTAMEN Nº 034-2024-COPPyAT-CR, de fecha 24 de setiembre de 2024, sobre propuesta normativa: “APROBAR LA CREACIÓN DE LA RED REGIONAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL MUNICIPAL DE TACNA”, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional en Sesión Extraordinaria de fecha 09 de octubre de 2024. Que, considerando las normas antes indicadas, los informes técnicos y la opinión legal favorables; así como el informe de la asesora de comisión y el sustento consignado en el respectivo dictamen, resulta procedente