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11 NORMAS LEGALES Lunes 10 de febrero de 2025 El Peruano / Nombran notario del distrito de Huánuco, provincia de Huánuco, departamento de Huánuco del distrito notarial de Huánuco y Pasco RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0044-2025-JUS Lima, 6 de febrero de 2025VISTOS, el Informe N° 04-2025-JUS/CN/CP, de la Coordinación de Concursos Públicos del Consejo del Notariado; el Memorando Nº 057-2025-JUS/CN de la Presidencia del Consejo del Notariado; y, el Informe N° 135-2025-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, el artículo 4 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, concordante con el artículo 4 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, establece que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es la entidad competente para ejercer la regulación notarial y registral y supervisión de fundaciones; Que el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, establece que el Estado reconoce, supervisa y garantiza la función notarial en la forma que señala la citada norma; Que, conforme a lo previsto en el artículo 6 del citado Decreto Legislativo N° 1049, el ingreso a la función notarial se efectúa mediante concurso público de méritos ante jurado cali fi cador; Que, conforme consta del Acta de Adjudicación de Resultados Finales del Concurso Público de Méritos para el ingreso a la Función Notarial del Distrito Notarial de Huánuco y Pasco (Concurso N° 001-2024-CNHP) convocado por el Colegio de Notarios de Huánuco y Pasco, se han cumplido con las diferentes fases del referido concurso público, resultando ganador el señor abogado ALEX SAÚL HERRERA ARIAS, del distrito de Huánuco, provincia de Huánuco, departamento de Huánuco del distrito notarial de Huánuco y Pasco; Que, el artículo 12 del citado Decreto Legislativo N° 1049, dispone que, concluido el concurso público de méritos de ingreso a la función notarial, el jurado comunicará el resultado al Consejo del Notariado, para la expedición simultánea de las resoluciones ministeriales a todos los postulantes aprobados y la expedición de títulos por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos; Que, el artículo 23 del Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2022-JUS, establece que el proceso de concurso público de méritos concluye con la proclamación de ganadores y/o la declaración de plazas desiertas por parte del Jurado Califi cador, en caso de no existir postulantes aprobados en las respectivas plazas, por lo que habiéndose cubierto en el concurso mencionado una de las plazas notariales convocadas, es procedente emitir la correspondiente resolución de nombramiento de notario; Con el visado de la Presidencia del Consejo del Notariado y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, el Decreto Supremo N° 006-2022-JUS, que aprueba el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo N° 013-2017- JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Nombrar al señor ALEX SAÚL HERRERA ARIAS, como notario del distrito de Huánuco, provincia de Huánuco, departamento de Huánuco del distrito notarial de Huánuco y Pasco, debiendo expedirse para tal efecto el título correspondiente. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de Huánuco y Pasco y al interesado para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2369735-1 Aprueban el “Lineamiento que norma la conclusión de los actos de administración sobre bienes administrados por el PRONABI” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0045-2025-JUS Lima, 6 de febrero de 2025VISTOS, los Memorandos N° 067-2024-JUS/ PRONABI-CE, N° 791-2024-JUS/PRONABI-CE y N° 1475- 2024-JUS/PRONABI-CE, de la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Bienes Incautados - PRONABI; los Informes N° 031-2024-JUS/OGPM-OOM, N° 115- 2024-JUS/OGPM-OOM y N° 204-2024-JUS/OGPM- OOM, de la O fi cina de Organización y Modernización; los Memorandos N° 514-2024-JUS/OGPM, N° 1786-2024- JUS/OGPM y N° 2721-2024-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, e Informe N° 2017-2024-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2017-JUS, y normas modi fi catorias, se crea el Programa Nacional de Bienes Incautados - PRONABI, en el ámbito de competencias del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, el artículo 2 del precitado Decreto Supremo, señala que el PRONABI, tiene por objeto, entre otros, administrar los objetos, instrumentos, efectos y ganancias que son materia de una medida cautelar dentro del proceso de extinción de dominio, de los bienes cuya extinción de dominio haya sido declarada por la autoridad jurisdiccional a favor del Estado; así como de los objetos, instrumentos, efectos y ganancias provenientes de una medida cautelar o decomiso conforme a lo resuelto por la autoridad competente en el marco de investigaciones y procesos penales, por delitos cometidos en agravio del Estado, siempre que puedan generar utilidad, rentabilidad u otra ventaja que represente un interés económico relevante para el Estado; Que, conforme al artículo 96 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, el Programa Nacional de Bienes Incautados se encuentra adscrito a este Ministerio; Que, el último párrafo del artículo 5 del Decreto Supremo N° 011-2017-JUS, dispone que el PRONABI cuenta con un Coordinador Ejecutivo responsable de las tareas propias de su competencia, siendo que el Manual de Operaciones del PRONABI, determina las funciones del Consejo Directivo y del Coordinador Ejecutivo, así como de los procedimientos a que se re fi ere el mencionado Decreto Supremo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0143-2021- JUS, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Bienes Incautados - PRONABI, el mismo que en el literal a) de su artículo 8 establece que el Consejo Directivo del PRONABI tiene la función de proponer al Despacho Ministerial las políticas de gestión, planes, lineamientos, procedimientos y otros instrumentos