TEXTO PAGINA: 119
119 NORMAS LEGALES Viernes 14 de febrero de 2025 El Peruano / del 2018, que aprueba los requisitos y costos del TUSNE (Texto Único de Servicios No Exclusivos) de la Municipalidad Provincial de La Convención, así como DEJAR SIN EFECTO, el Acuerdo de Concejo Nº 157-2021-MPLC, de fecha 11 de agosto de 2021, que aprueba la “Suspensión de la aplicación de la Ordenanza Municipal Nº 22-2018-MPLC, que aprueba los requisitos y costos del TUSNE (Texto Único de Servicios No Exclusivos) de la Municipalidad Provincial de La Convención, en el Servicio No exclusivo de MERCADO Y POLICÍA MUNICIPAL, hasta que sea evaluado, actualizado y/o modi fi cado por un nueva Ordenanza Municipal”; (…) ARTÍCULO SEGUNDO.- AUTORIZAR, al Titular de la Entidad la aprobación del TEXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS (TUSNE) - 2024 DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LA CONVENCIÓN, en concordancia con el marco legal vigente. (…); ESTANDO a los fundamentos descritos en los considerandos precedentes, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20°, segundo párrafo del artículo 39° y 43° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y demás normas vigentes, el Alcalde; RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR, el TEXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LA CONVENCIÓN (TUSNE) - 2024, el mismo que consta de 143 Servicios No Exclusivos, según el detalle contenido en el Anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina de Planeamiento y Modernización, Ofi cina General de Administración, así como a las demás unidades de organización de la Municipalidad Provincial de La Convención que resulten competentes, el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Tercero.- HACER, de conocimiento el presente Acto Resolutivo, a la Gerencia Municipal, Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina de Planeamiento y Modernización, O fi cina General de Administración, y demás áreas involucradas para el cumplimiento de la presente y fi nes pertinentes; Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la o fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Portal Web de la Municipalidad (https://www.gob.pe/ munilaconvencion).y en el Portal de Transparencia de la entidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALEX CURI LEON Alcalde Provincial 2370157-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TAYACAJA Aprueban la actualización del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Municipalidad Provincial de Tayacaja RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 013-2025-MPT/GM Pampas, 15 de enero del 2025EL GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TAYACAJA VISTOS:El INFORME Nº 02-2025-MPT/OGPPyM de fecha 03/ENE/2025 expedido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el INFORME NRO. 08-2025-MPT/OGAG-OGRH de fecha 06/ENE/2025 emitido por la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos; ello en relación a la actualización del Instrumento de Gestión denominado “Manual de Clasi fi cador de Cargos” (MCC) de la Municipalidad Provincial de Tayacaja. CONSIDERANDOS: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, conforme al artículo 26º de la Ley Nº 27972, la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Las facultades y funciones de la misma se establecen en los instrumentos de gestión y la citada Ley. Que, a través del Decreto Supremo Nº 004-2013- PCM se aprobó la Política de Modernización de la Gestión Pública, estableciendo como uno de los pilares el servicio civil meritocrático, el cual busca orientar a la profesionalización de la función pública en todos los niveles, buscando atraer a personas cali fi cadas a los puestos clave de la administración pública, y priorizando la meritocracia en el acceso, promoción, evaluación y permanencia a través de un sistema de gestión del capital humano del sector público, acorde con las nuevas tendencias del empleo a nivel mundial. Que, asimismo, la Ley Nº 31419 - Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; y, señala en su Segunda Disposición Complementaria Final que las entidades públicas, cuando corresponda, formulan o adecúan, de manera gradual, sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. Que, el artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 1023, dispone que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del servicio civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades públicas en la gestión de recursos humanos. Que, en tanto que el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento de la Ley Nº 30057 - Ley del Servicio Civil aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014- PCM, señala que para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública. En el caso de los Gobiernos Regionales y Locales, la máxima autoridad administrativa es el Gerente General del Gobierno Regional y el Gerente Municipal, respectivamente. Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 150-2021-SERVIR-PE de fecha 16 de noviembre de 2021, se formalizó el acuerdo del Consejo Directivo, con el cual se aprobó la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”. Que, el literal c) del numeral 5.1 de la Directiva, defi ne el Manual de Clasi fi cador de Cargos - MCC, como el documento de gestión institucional en el que se describen todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad. En ese orden de ideas, el numeral 6.1.7 de la aludida Directiva, señala que “La Ofi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces debe elevar la propuesta de Manual de Clasi fi cador de