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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (10/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Martes 10 de junio de 2025 El Peruano / Zoraida Esther Pérez Chore, para el viaje al extranjero que a continuación se indica; y CONSIDERANDO:Que, mediante solicitud de fecha 16 de mayo de 2025, la DRA. ZORAIDA ESTHER PÉREZ CHORE, adscrita al Departamento Académico de la Escuela Profesional de Educación de la Universidad Nacional de Tumbes, solicita permiso, autorización y fi nanciamiento de pasajes para participar en un curso que se llevará a cabo del 09 junio al 20 de julio del presente año en una de las escuelas internacionales de EDUCATION FIRST – EF, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos (EE.UU.). Que, con O fi cio Nº 474-2025/UNTUMBES-FACSO-D, del 20 de mayo del 2025, la señora Decana de la Facultad de Ciencias Sociales, en atención a lo requerido en el párrafo anterior, solicita al señor Rector, la autorización y el fi nanciamiento de los pasajes aéreos (al país de Estados Unidos), por la suma de S/. 8,251.00 (Ocho Mil Doscientos Cincuenta y uno con 00/100 Soles), dichos gastos, serán a cargo del presupuesto de la Facultad de Ciencias Sociales; Que mediante el Informe Nº 0516-2025/ UNTUMBES-OPP-UP, del 27 de mayo de 2025, donde el Jefe de la Unidad de Presupuesto, informa sobre la disponibilidad presupuestal para el viaje de la docente DRA. ZORAIDA ESTHER PÉREZ CHORE, por el monto de S/. 8,251.00 (Ocho Mil Doscientos Cincuenta y uno con 00/100 Soles); Que, mediante O fi cio Nº 0570-2025/UNTUMBES- OPP, del 15 de mayo del 2025, el Jefe de Planeamiento y Presupuesto, alcanza al señor Rector la disponibilidad presupuestal para el trámite correspondiente con Hoja de Trámite de fecha 28 de mayo de 2025, el señor Rector, dispone la emisión de la Resolución correspondiente; Que en razón de lo anterior y al amparo de lo establecido en la Ley Nº 32185, de Presupuesto del Sector Público para el Ejercicio Fiscal 2025; Ley Nº 27619 - Ley que se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; así como en su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047- 2002, modi fi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013- PCM; y en el Estatuto de esta Universidad, es conveniente disponer la autorización de dicho viaje, en los términos que se consignan en la parte resolutiva; En uso de las atribuciones que son inherentes al señor Rector; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje de la DRA. ZORAIDA ESTHER PÉREZ CHORE, en la ciudad de Estados Unidos (EE.UU.), desde del 09 junio al 20 de julio de 2025, para que participe en un curso de carácter académico en una de las escuelas internacionales de EDUCATION FIRST – EF; otorgándosele pasajes vía aérea y viáticos con cargo presupuesto asignado a la Facultad de Ciencias Sociales, de acuerdo al siguiente detalle: META 10 FINALIDAD CAPACITACIÓN DOCENTE FUENTE DE FINANCIAMIENTO RECURSOS ORDINARIOS CLASIFICADOR DETALLE MONTO TOTAL 2.3.2.1.1.1 PASAJES AEREOS NACIONALES E INTERNACIONALES4,875.00 4,875.00 2.3.2.1.1.2 DÍAS DE VIATICOS 3,376.50 3,376.50 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL S/. 8,251.00 Artículo 2º.- ENCOMENDAR a la Unidad de Recursos Humanos, a la Dirección General de Administración, el cumplimiento de las acciones que siendo de sus respectivas competencias, se deriven de lo aquí dispuesto. Artículo 3º.- AUTORIZAR la publicación de la presente Resolución, en el Diario “El Peruano”. Dada en Tumbes, a los veintiocho días de mayo de dos mil veinticinco.Regístrese y comuníquese. ENRIQUE EDISON BENITES JUAREZ. Rector IVÁN ABDÓN PUELL SEMINARIO Secretario General 2407143-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de San José ACUERDO REGIONAL N° 000138-2025- GRLL-CR Trujillo, 27 de mayo del 2025 AUTORIZAR TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JOSÉ DESTINADOS A LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN CON CUI N° 2602786 DENOMINADO “RENOVACIÓN DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA; EN EL(LA) AA.HH. NUEVO CULTAMBO, DISTRITO DE SAN JOSÉ, PROVINCIA PACASMAYO, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD.”. El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad en Sesión Ordinaria Mixta de fecha 23 de mayo del 2025, VISTO Y DEBATIDO, el O fi cio N° 071-2025-GRLL-CR- COMPLAN que contiene el Dictamen N° 045-2025-GRLL-CR/COMPLAN, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de La Libertad, recaído sobre el Proyecto de Acuerdo Regional, relativo a la autorización de transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de San José, destinados a la ejecución del Proyecto, con Código Único de Inversión N° 2602786 denominado: “RENOVACIÓN DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA; EN EL(LA) AA.HH. NUEVO CULTAMBO, DISTRITO DE SAN JOSÉ, PROVINCIA PACASMAYO, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD”; y CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modi fi catorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”; Que, los literales a) y d) del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modi fi car o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados fi nancieros y Presupuestarios; Que, en virtud de lo dispuesto por la Constitución Política del Estado en su artículo 191º: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones”;