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25 NORMAS LEGALES Martes 10 de junio de 2025 El Peruano / propuesta de Directiva Nº 010-2025-OECE-CD, Directiva de Bases estándar para los procedimientos especiales de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 31589 para la reactivación de obras públicas paralizadas, que incluye cinco (05) Bases Estándar y su exposición de motivos, consolidando los aportes remitidos a la entidad en la etapa de publicación del proyecto y, emitiendo opinión favorable con la fi nalidad de continuar con el trámite para su aprobación por el Consejo Directivo del OECE; así como, informa que corresponde derogar la Directiva Nº 004-2022-OSCE/CD, “Bases estándar para los procedimientos especiales de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 31589, para la reactivación de obras públicas paralizadas iniciadas bajo la modalidad de administración directa”, formalizada por Resolución Nº D000223-2022-OSCE-PRE y modi fi cada por Resolución Nº D000134-2024-OSCE-PRE; Que, mediante Informe Nº D000052-2025-OECE- OAJ e Informe Nº D000061-2025-OECE-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que es legalmente viable continuar con el trámite para la aprobación de la Directiva de Bases estándar para los procedimientos especiales de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 31589 para la reactivación de obras públicas paralizadas, por cuanto la misma se encuentra dentro del marco legal aplicable; derogando, asimismo, la Directiva Nº 004-2022-OSCE/ CD, “Bases estándar para los procedimientos especiales de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 31589, para la reactivación de obras públicas paralizadas iniciadas bajo la modalidad de administración directa”, formalizada por Resolución Nº D000223-2022-OSCE- PRE y modi fi cada por Resolución Nº D000134-2024- OSCE-PRE; Que, en atención a la propuesta presentada, mediante Acuerdo Nº 001-04-2025/OECE-CD, adoptado en la Sesión de Consejo Directivo Nº 004-2025/OECE-CD, el Consejo Directivo del OECE acordó, por unanimidad, aprobar la Directiva de Bases estándar para los procedimientos especiales de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 31589 para la reactivación de obras públicas paralizadas, que incluye cinco (05) Bases Estándar; asimismo, acordó la derogación de la Directiva Nº 004-2022-OSCE/CD, Bases Estándar para los procedimientos especiales de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 31589 para la reactivación de obras públicas paralizadas, formalizada por Resolución Nº D000223-2022-OSCE-PRE, modi fi cada por Resolución Nº D000134-2024-OSCE-PRE, disponiendo la formalización del acuerdo mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva; Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el citado acuerdo del Consejo Directivo; Que, en virtud de lo dispuesto en el literal i) del párrafo 41.1 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 023-2025-PCM, la presente norma se encuentra excluida de la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, dado que su contenido regula disposiciones en el marco del desarrollo, funcionamiento e implementación del Sistema Nacional de Abastecimiento; Con las visaciones de la Gerente General, de la Directora de la Dirección Técnico Normativa, y de la Jefa de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009- 2025-EF; el Decreto Supremo Nº 072-2025-EF, que aprueba las equivalencias y otras disposiciones sobre los procedimientos de selección señalados en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas, con los procedimientos de selección aplicables en el marco de la Ley Nº 32069 y su Reglamento; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas E fi cientes (OECE), aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº D000002-2025-OECE-PRE;SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar la aprobación de la Directiva Nº 010-2025-OECE-CD, “Directiva de Bases estándar para los procedimientos especiales de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 31589 para la reactivación de obras públicas paralizadas”; la misma que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Derogar la Resolución Nº D000223-2022- OSCE-PRE, modi fi cada por Resolución Nº D000134- 2024-OSCE-PRE. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución, la Directiva Nº 010-2025-OECE-CD, Directiva de Bases Estándar para los procedimientos especiales de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 31589 para la reactivación de obras públicas paralizadas y las cinco (5) Bases Estándar en la sede digital del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Efi cientes (OECE) (www.gob.pe/oece), y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado (www.transparencia.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva y la citada Directiva en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE Presidenta EjecutivaPresidencia Ejecutiva DIRECTIVA Nº 010-2025- OECE-CD DIRECTIVA DE BASES ESTÁNDAR PARA LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DE SELECCIÓN A CONVOCAR EN EL MARCO DE LA LEY Nº 31589 PARA LA REACTIVACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS PARALIZADAS I. FINALIDADEstablecer el contenido de las Bases Estándar para los procedimientos especiales de selección que se convoquen en el marco de la Ley Nº 31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas. II. OBJETORegular el contenido y obligatoriedad de la utilización de las Bases Estándar que forman parte de la Directiva, para la contratación de servicios en general, consultorías, consultorías de obras y ejecución de obras, que cumplan las condiciones previstas en la Ley Nº 31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas. III. ÁMBITO DE APLICACIÓN La Directiva es de cumplimiento obligatorio para las Entidades que se encuentran dentro del ámbito de aplicación de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, que realicen contrataciones que cumplan las condiciones previstas en la Ley Nº 31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas. IV. BASE LEGAL - Ley Nº 31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas. - Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. - Decreto Supremo Nº 206-2024-EF, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 31589, Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas. - Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. - Decreto Supremo Nº 072-2025-EF, Decreto Supremo que aprueba las equivalencias y otras disposiciones sobre