TEXTO PAGINA: 23
23 NORMAS LEGALES Martes 10 de junio de 2025 El Peruano / la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial El Peruano; Con la visación de la Unidad de Administración, de la Subunidad de Recursos Humanos y de la Unidad de Asesoría Legal del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, y; De acuerdo con las facultades conferidas al Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano en el Manual de Operaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 101-2024-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Jorge Edinson Poma Deza en el cargo de con fi anza de Responsable de la Unidad para la Mejora de la Prestación de los Servicios del Programa Nacional de Saneamiento Urbano. Regístrese, comuníquese y publíquese ELEAZAR ENRIQUE LOZANO GARCÍA Director EjecutivoPrograma Nacional de Saneamiento UrbanoViceministerio de Construcción y Saneamiento 2407893-1 ORGANISMOS EJECUTORES COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencia financiera para financiar actividad a favor de la Municipalidad Distrital de San Pablo de Pillao RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 000100-2025-DV-PE Mira fl ores, 9 de junio del 2025 VISTO: El Memorando Nº 001532-2025-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial remite el Anexo Nº 1 que detalla la Actividad, entidad ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el literal c) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza a DEVIDA en el presente año fi scal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, precisándose en el numeral 13.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el numeral 13.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que trans fi ere los recursos en virtud al numeral 13.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron transferidos los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia fi nanciera; Que, mediante Informe Nº 000043-2025-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de la Actividad: “Mantenimiento periódico del camino vecinal no pavimentado R1001215 tramo: EMP. R1001031 - Pta. carretera, distrito de San Pablo de Pillao - provincia de Huánuco - departamento de Huánuco”, que será fi nanciada con recursos de la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”, contando para ello con la aprobación de la Presidencia Ejecutiva; Que, en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, en el año 2025, DEVIDA suscribió un Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Municipalidad Distrital de San Pablo de Pillao para la ejecución de la precitada Actividad, hasta por la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES (S/ 279,280.00), cuyo fi nanciamiento se efectuará a través de transferencia fi nanciera; Que, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ha emitido el Informe Nº 000098-2025-DV-OPP-UPTO, informe previo favorable que dispone el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; asimismo, se ha emitido la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000001569 y la respectiva conformidad del plan operativo de la Actividad; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada norma legal, la entidad ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de la Actividad detallada en el Anexo Nº 1, de conformidad con el plan operativo aprobado por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos; Con los visados de la Gerencia General, los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina General de Administración y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014- PCM. SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera hasta por la suma total de DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES (S/ 279,280.00), para fi nanciar la Actividad a favor de la entidad ejecutora que se detalla en el Anexo Nº 1, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia fi nanciera autorizada por el Artículo Primero, se realice con cargo al presupuesto del año fi scal 2025 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”. Artículo Tercero.- RATIFICAR que la entidad ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de la Actividad descrita en el Anexo Nº 1 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 13.3 del