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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (20/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Viernes 20 de junio de 2025 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Formalizan creación de la Unidad Ejecutora 023: Autoridad Nacional Autónoma del Terminal Portuario de Chancay en el Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, y designan responsable RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 137-2025-PCM Lima, 18 de junio de 2025CONSIDERANDO:Que, mediante la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1689, Decreto Legislativo que declara de necesidad pública e interés nacional la intervención estratégica e integral en las zonas de infl uencia del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay y aprueba disposiciones especiales por su construcción y fi nanciamiento, se crea la Autoridad Nacional Autónoma para el desarrollo estratégico e integral del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay como una entidad ad hoc de naturaleza temporal, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de impulsar el desarrollo económico y social, a través de la intervención estratégica e integral, en las zonas de in fl uencia del referido terminal portuario; Que, asimismo, la citada Disposición Complementaria Final establece que la Autoridad Nacional Autónoma se constituye como Unidad Ejecutora dentro del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, para lo cual se exceptúa del artículo 68 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; agregando que, la creación de la unidad ejecutora se efectúa con cargo al presupuesto institucional del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que la unidad ejecutora en el Sistema Nacional de Presupuesto Público es el nivel descentralizado u operativo de los Pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, que administra los ingresos y gastos públicos y se vincula e interactúa con la O fi cina de Presupuesto del Pliego o la que haga sus veces; Que, a través del O fi cio N° D000463-2025-PCM- DPCM, la Presidencia del Consejo de Ministros solicita al Ministerio de Economía y Finanzas la creación de la Unidad Ejecutora: Autoridad Nacional Autónoma del Terminal Portuario de Chancay en el Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1689; Que, mediante O fi cio N° 0376-2025-EF/50.06, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas comunica la creación de la Unidad Ejecutora 023: Autoridad Nacional Autónoma del Terminal Portuario de Chancay en el Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros; Que, de otro lado, el artículo 12 del Documento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional Autónoma para el desarrollo estratégico e integral del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay, aprobado por Decreto Supremo N° 037-2025-PCM, dispone que el Director Ejecutivo es el titular de la entidad y quien ejerce la representación legal y administrativa de la citada Autoridad Nacional Autónoma; Que, en ese sentido, mediante la Nota de Elevación N° D000280-2025-PCM-OGPP e Informe N° D000129-2025-PCM-OP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable, en materia presupuestal, para la formalización de la creación de la Unidad Ejecutora 023: Autoridad Nacional Autónoma del Terminal Portuario de Chancay en el Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en consecuencia, corresponde formalizar la creación de la Unidad Ejecutora 023: Autoridad Nacional Autónoma del Terminal Portuario de Chancay en el Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros; y, designar a su responsable; Con el visado de la Secretaría Administrativa, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalizar la creación de la Unidad Ejecutora 023: Autoridad Nacional Autónoma del Terminal Portuario de Chancay, en el Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 2.- Designar como responsable de la Unidad Ejecutora 023: Autoridad Nacional Autónoma del Terminal Portuario de Chancay, en el Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, al Director Ejecutivo de la Autoridad Nacional Autónoma para el desarrollo estratégico e integral del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los cinco (5) días hábiles de su emisión, para los fi nes pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Presidente del Consejo de Ministros 2411315-1 Amplían periodo de vigencia de Grupo de Trabajo conformado mediante la Res. N° 004-2024-PCM/SGSD RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN SOCIAL Y DIÁLOGO Nº 006-2025-PCM/ SGSD Lima, 17 de junio de 2025VISTO:El Informe N° D000142-2025-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, coordina las relaciones con los demás poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil; Que, el artículo 104 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la