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32 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de marzo de 2025 El Peruano / ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Modifican el reglamento interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0031-2025-ANA San Isidro, 28 de febrero de 2025 VISTOS: El Memorando N° 0199-2024-ANA-TNRCH y el Informe N° 0001-2025-ANA-TNRCH emitidos por el Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas, el Informe N° 0016-2025-ANA-OPP-UPM de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 0043-2025-ANA-OA-UATD de la Unidad de Archivo y Trámite Documentario y el Informe Legal N°0152-2025-ANA-OAJ elaborado por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, la Autoridad Nacional del Agua es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, y responsable de su funcionamiento; Que, en los artículos 17 y 22 la citada Ley establece que, el Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas es un órgano de la Autoridad Nacional del Agua con autonomía funcional, que conoce y resuelve en última instancia administrativa las reclamaciones y recursos administrativos contra las resoluciones emitidas por la Autoridad Administrativa del Agua y la Autoridad Nacional, según sea el caso; Que, mediante Resolución Jefatural N° 0283-2023- ANA se aprobó el Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas; Que, con documentos del visto el presidente del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas remite el proyecto de modi fi cación del reglamento interno del tribunal, y re fi ere que la citada propuesta tiene por fi nalidad mejorar el funcionamiento del Tribunal, precisar la función para veri fi car el cumplimiento de las disposiciones establecidas en sus pronunciamientos, precisar la competencia para resolver quejas por defecto de tramitación, establecer plazos máximos para remitir expedientes al tribunal, noti fi cación de resoluciones, y asegurar la confi dencialidad del acceso al expediente en el Sistema de Tramite Documentario; para tal efecto adjunta el Acta N° 008-2024-TNRCH/SALA PLENA con el acuerdo adoptado por el colegiado para la modi fi cación; Que, la propuesta comprende la modi fi cación del literal b) del artículo 14 e incorporar el literal i) al artículo 4, el literal d) al artículo 12, el numeral 18.1 al artículo 18, el numeral 24.2 del artículo 24 y la Segunda Disposición Complementaria Final del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas; Que, la Unidad de Archivo y Trámite Documentario de la Ofi cina de Administración y la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto concluyen que es viable la modi fi cación del reglamento interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas, a través de los Informes N° 0043-2025-ANA-OA-UATD y N° 0016-2025-ANA-OPP-UPM;Que, con Informe Legal N° 00152-2025-ANA- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable aprobar mediante resolución jefatural, la modi fi cación del reglamento interno del Tribunal; Con los vistos del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas, la O fi cina de Asesoría Jurídica, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Archivo y Tramite Documentario, Gerencia General y de conformidad con lo establecido en el numeral g) del artículo 12 y el numeral 17.6 del artículo 17 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto La presente resolución tiene por objeto modi fi car el literal b) del artículo 14 e incorporar el literal i) al artículo 4, el literal d) al artículo 12, el numeral 18.1 al artículo 18, el numeral 24.2 del artículo 24 y la Segunda Disposición Complementaria Final al Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas aprobado por Resolución Jefatural N° 0283-2023-ANA. Artículo 2.- Modi fi cación del reglamento interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas Modi fi car el literal b) del artículo 14 del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas, en los términos siguientes: «Artículo 14.- Competencias de las Salas Las Salas poseen las siguientes atribuciones: a) Resolver los procedimientos administrativos de competencia del Tribunal. b) Tramitar y resolver quejas por defectos de tramitación formuladas contra los Órganos de Línea, Autoridades Administrativas del Agua y Administraciones Locales de Agua, respecto a los procedimientos administrativos sobre las cuales tiene competencia conforme a Ley c) Resolver las consultas por abstención e inhibición formuladas por los Órganos de Línea, Autoridades Administrativas del Agua y Administraciones Locales de Agua. (…)» Artículo 3.- Incorporación Incorporar el literal i) al artículo 4, el literal d) al artículo 12, el numeral 18.1 al artículo 18, el numeral 24.2 del artículo 24 y la Segunda Disposición Complementaria Final del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas, de acuerdo al siguiente detalle: «Articulo 4.- Funciones del Tribunal Son funciones del Tribunal las siguientes: (…) h) Difundir sus resoluciones y las actividades que realice en el marco de sus competencias. i) Veri fi car el cumplimiento, dentro de los plazos fi jados, de las disposiciones especí fi cas del Tribunal establecidas en sus pronunciamientos. j) Las demás que le con fi era la ley en su condición de última instancia administrativa. (…)» «Artículo 12.- Sala Plena (…)12.2 Las funciones de la Sala Plena son las siguientes: a) Organizar y disponer lo conveniente para el funcionamiento administrativo del Tribunal.