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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2025 (05/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de marzo de 2025 El Peruano / no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa; Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, tiene como objetivo establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado; así como, para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas; Que, el artículo 2 de la Ley del Servicio Civil establece que los servidores civiles de las entidades públicas se clasi fi can en los siguientes grupos: Funcionarios Públicos, Directivos Públicos, Servidores Civiles de Carrera y Servidores de Actividades Complementarias; señalando que, en cualquiera de estos grupos pueden existir servidores de con fi anza; Que, de acuerdo con el literal e) del artículo 3 de la Ley del Servicio Civil, el servidor de con fi anza es el servidor civil que forma parte del entorno directo e inmediato de los funcionarios o directivos públicos y cuya permanencia en el servicio civil está determinada y supeditada a la con fi anza por parte de la persona que lo designó e ingresa sin concurso público de méritos, sobre la base del poder discrecional con que cuenta el funcionario que lo designa; debiendo cumplir con el per fi l del puesto en función de formación, conocimientos y experiencia y no están sujetos a período de prueba, conforme lo prevén los artículos 178 y 263 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; Que, el artículo 79 de la Ley del Servicio Civil dispone que el vínculo entre los servidores de con fi anza y la entidad se establece en un contrato escrito de naturaleza temporal, cuya vigencia se condiciona a la con fi anza de quien los designa; en tanto que su designación se realiza mediante el acto administrativo que corresponda de acuerdo a ley o mediante el acto de administración contemplado en la Ley, según sea el caso, correspondiendo que el acto sea publicado en la página web de la entidad; Que, los artículos 5, 47 y 48 del Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 028-2007-RE y sus modi fi catorias, establecen dentro de la estructura orgánica de la APCI a la Dirección de Fiscalización y Supervisión (DFS), como órgano de línea de la APCI; Que, mediante la Resolución Directoral Ejecutiva N° 019-2025/APCI-DE, de fecha 10 de febrero de 2025, se encargó al servidor CAS a plazo indeterminado señor Juan Carlos Velarde Venero, el puesto de Director de la DFS Que, con Resolución Directoral Ejecutiva N° 040- 2019/APCI-DE de fecha 27 de marzo de 2019 se aprobó el Manual de Per fi les de Puestos (MPP) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, actualizado mediante Resolución Administrativa N° 032- 2024/APCI-OGA de fecha 27 de agosto de 2024; en el que se establece que el puesto de Director/a de la Dirección de Fiscalización y Supervisión pertenece al Grupo de servidores civiles: Directivo Público, Familia de puestos: Dirección Institucional, Rol: Dirección estratégica, Puesto tipo: DP0010204 - Director General de Organismo Público Ejecutor, Código del puesto: DP0076, Dependencia jerárquica: Director/a Ejecutivo/a, Grupo de servidores al que reporta: Funcionario Público; per fi l que fue adecuado considerando los parámetros establecidos en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; Que, a través de Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000093-2021-SERVIR-PE, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 02 de julio de 2021, se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo de SERVIR, adoptado en sesión N° 016-2021, mediante el cual se aprobó el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; cuya última actualización (octava) se aprobó mediante la Resolución Directoral Ejecutiva N° 024-2025/APCI-DE de fecha 20 de febrero de 2025, considerándose el puesto de Director/a de la Dirección de Fiscalización y Supervisión, número de orden 076, Naturaleza del Órgano: Línea y Código del Puesto DP0076, comprendido en el Registro de servidores de con fi anza del registro de Contratación Directa y Plan de Implementación de la APCI; Que, a través del Informe N° 0124-2025-APCI/OGA- UAP, la Unidad de Administración de Personal (UAP) comunica que, tras evaluar el per fi l del señor Sergio Hermes Alván Cabanillas, éste cumple con los requisitos para el puesto de Director de la DFS de la APCI y no se encuentra impedido o inhabilitado para el ejercicio de la función pública; Que, teniendo en cuenta lo informado por la Unidad de Administración de Personal de la O fi cina General de Administración y perteneciendo el puesto de Director/a de la Dirección de Fiscalización y Supervisión al grupo de servidores de directivos públicos, familia de puestos dirección institucional y rol de dirección estratégica, presupuestado y vacante, resulta necesario emitir la resolución correspondiente; precisándose que los derechos y obligaciones del servidor civil se encuentran regulados en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, y demás normas complementarias; Con los vistos de la O fi cina General de Administración, de la Unidad de Administración de Personal y de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la APCI; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y sus modi fi catorias; el Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014- PCM, y sus modi fi catorias; y, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI y sus modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de APCI, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Articulo 1.- Dar por concluida, con e fi cacia al 2 de marzo de 2025, la encargatura realizada a través de la Resolución Directoral Ejecutiva N° 019-2025/APCI-DE, al señor Juan Carlos Velarde Venero en el puesto de Director de la Dirección de Fiscalización y Supervisión de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Articulo 2.- Disponer la incorporación y designación, a partir del 3 de marzo de 2025, del señor Sergio Hermes Alván Cabanillas, en el puesto de Director de la Dirección de Fiscalización y Supervisión de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, cargo de con fi anza que pertenece al grupo de Directivos Públicos, familia de puestos de Dirección Institucional, rol de Dirección Estratégica, con código del puesto en el Manual de Perfi les de Puestos (MPP) DP0076, bajo el régimen de la Ley del Servicio Civil. Articulo 3.- El vínculo del servidor se rige exclusivamente por el régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y sus modi fi catorias; su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014- PCM, y sus modi fi catorias; y, las normas que emite la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. Artículo 4.- Remitir la presente Resolución a la O fi cina General de Administración, a la Unidad de Administración de Personal, al señor Sergio Hermes Alván Cabanillas, para las acciones correspondientes. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (https://www.gob.pe/apci). Regístrese, comuníquese y publíquese. NOELA MARÍA EUFEMIA PANTOJA CRESPO Directora Ejecutiva 2376713-1