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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2025 (24/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Lunes 24 de marzo de 2025 El Peruano / ofi cinas de Comunicaciones, o la que haga sus veces, deben formular el Plan de Estrategia Publicitaria que sustente la campaña publicitaria; Que, asimismo, el inciso g) del artículo 3 de la citada Ley, establece que, en el marco de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, toda institución pública debe presentar, dentro del plan anual de contrataciones, una sección sobre la plani fi cación comunicacional estratégica de publicidad estatal; Que, por su parte, el artículo 6 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 064- 2023-PCM, señala que, a solicitud de las o fi cinas de Comunicaciones o las que hagan sus veces, las o fi cinas de Abastecimiento, o las que hagan sus veces, deben incluir en el Plan Anual de Contrataciones, en la sección “Descripción”, un enlace de acceso al documento que contenga la plani fi cación comunicacional estratégica de publicidad estatal; Que, los artículos 28 y 29 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM, establecen que la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Interinstitucionales es la encargada de plani fi car y gestionar la imagen dentro y fuera de la institución, dar apoyo a los órganos de Osinergmin en las actividades de información y comunicación a la sociedad respecto de los objetivos, funciones, acciones y logros de la Entidad; así como administrar los elementos de la identidad corporativa de la institución. Asimismo, se precisa que entre sus funciones está la de dirigir el plan de medios de comunicación y proponer actividades de comunicación externa; Que, considerando lo antes expuesto, la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Interinstitucionales envió a Gerencia General el Informe GCRI-43-2025, del 6 de marzo del presente, con el cual sustenta la presentación del Plan de Estrategia Publicitaria 2025, que tiene el propósito de ser el instrumento de difusión que Osinergmin aplicará a sus grupos de interés sobre los servicios de orientación y canales de atención para la ciudadanía, el ahorro de energía, la prevención de accidentes eléctricos, el Programa de Extensión Universitaria de Osinergmin y la difusión de temas de orientación al usuario del sector energético, considerando la realización de campañas publicitarias con inversión en medios radiales, digitales, escritos y alternativos, el mismo que resulta necesario aprobar; Que, mediante el Memorándum N° GPPM-224- 2025/OS del 13 de marzo del presente, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, señala que el Plan de Estrategia Publicitaria 2025 cuenta con la disponibilidad presupuestal para la realización de actividades publicitarias; Que, en el Memorándum N° GAJ-208-2023 del 26 de octubre del 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, se precisa que, si bien la normativa especial de la materia dispone que las o fi cinas de comunicaciones formulan el Plan de Estrategia Publicitaria, la misma no ha establecido el procedimiento que debe seguirse para la aprobación del mencionado plan; por consiguiente, corresponde al Presidente del Consejo Directivo aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria, mediante resolución, dada la responsabilidad que le asigna la Ley N° 28874, así como en su calidad de Titular de la Entidad y del Pliego Presupuestal de la Institución; De acuerdo con lo establecido en el literal j) de su artículo 3 del Reglamento de la Ley que regula la publicidad estatal, aprobado por Decreto Supremo N° 064-2023-PCM; y el literal u) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM, y con la conformidad de la Gerencial General, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Gerencia de Administración y Finanzas, y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el “Plan de Estrategia Publicitaria 2025 del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin)” que, como Anexo 1, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Publicar la presente resolución en las Normas Legales del diario o fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en la página Web de Osinergmin (www.gob.pe/osinergmin). Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Interinstitucionales la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal de Transparencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2383271-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES