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7 NORMAS LEGALES Lunes 31 de marzo de 2025 El Peruano / Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004- DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 079-2025 el Jefe de la O fi cina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección General de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución de la presente ampliación de permanencia en el exterior, en misión de estudios; asimismo, con las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000001 y N° 0000003247 emitidas por el Departamento de Evaluación y Ejecución Presupuestaria de la Dirección de Presupuesto de la citada Institución Armada, se garantiza su fi nanciamiento; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales resulta necesario autorizar su retorno al país dos (2) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cio N° 2629/52 la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita se autorice la ampliación de permanencia en el exterior, en misión de estudios, del Capitán de Corbeta Rodrigo Alberto PASTOR SANTA MARÍA, identi fi cado con CIP N° 00012440 y DNI N° 44339684, para que continúe participando en el Máster Internacional en Ingeniería Naval Militar, recibir tutoría académica del Trabajo Final de Máster (TFM) y en adición, asistir a las prácticas complementarias sobre el TFM en las instalaciones de la Jefatura de Apoyo Logístico de la Armada Española, a llevarse a cabo del 1 de abril al 30 de julio de 2025, en el Reino de España, así como autorizar su retorno al país el 1 de agosto de 2025; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, a través del O fi cio N° 00603-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 128-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN- HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de ampliación de permanencia en el exterior referida en los considerandos precedentes; Que, mediante correos institucionales de fecha 28 de marzo de 2025 la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú remite información complementaria relacionada a la ampliación de permanencia en el exterior, en misión de estudios, del Capitán de Corbeta Rodrigo Alberto PASTOR SANTA MARÍA, en el Reino de España; Que, mediante el Informe Legal N° 00592-2025-MINDEF/SG-OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice la presente ampliación de permanencia en el exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la ampliación de permanencia en el exterior, en misión de estudios, del Capitán de Corbeta Rodrigo Alberto PASTOR SANTA MARÍA, para que continúe participando en el Máster Internacional en Ingeniería Naval Militar, recibir tutoría académica del Trabajo Final de Máster (TFM) y en adición, asistir a las prácticas complementarias sobre el TFM en las instalaciones de la Jefatura de Apoyo Logístico de la Armada Española, a llevarse a cabo del 1 de abril al 30 de julio de 2025, en el Reino de España, así como autorizar su retorno al país el 1 de agosto de 2025. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasaje aéreo (retorno): Madrid (Reino de España) - Lima (Clase económica) US$ 2,016.90 x 1 persona (Incluye importe TUUA) US$ 2,016.90 Total a pagar en dólares americanos: US$ 2,016.90 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: € 5,052.50 x 3 meses (abr.-jun.) x 1 persona € 15,157.50 € 5,052.50 / 31 x 30 días (jul.) x 1 persona € 4,889.52 Total a pagar en euros: € 20,047.02 Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El O fi cial Superior autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- El citado O fi cial Superior revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, por el período de tiempo que dure la misión de estudios en el exterior. Artículo 7.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2385690-1