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12 NORMAS LEGALES Sábado 31 de mayo de 2025 El Peruano / ANEXO LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS Y COORDENADAS UTM Código: 2525796-HUAY-PQ4EU-49 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADAÁREA AFECTADA: 308.32 m2AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE Por el Norte: Colinda mediante una línea quebrada de 2 tramos comprendida entre el vértice "A" al vértice "C", con la Sociedad Agrícola Santiago Fumagallo, con una longitud total de 44.22 m. Por el Sur: - Por el Este: Colinda mediante una línea quebrada de 14 tramos comprendidos entre el vértice "C" al vértice "Q", con el área remanente del predio matriz inscrito en la partida electrónica Nº 07061819, con una longitud total de 60.58 m. Por el Oeste: Colinda mediante una línea quebrada de 2 tramos comprendida entre el vértice "Q" al vértice "A", con la Sociedad Agrícola Santiago Fumagallo, con una longitud total de 19.55 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA AFECTADA – ZONA 18S VÉRTICE LADODISTANCIA (m)WGS84 – ZONA 18 SUR ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 29.54 291273,7202 8672576,1627 B B-C 14.68 291297,6572 8672593,4759 C C-D 1.15 291310,6530 8672600,3077 D D-E 5.01 291309,7977 8672599,5398 E E-F 5.01 291306,5492 8672595,7229 F F-G 5.00 291302,8041 8672592,3920 G G-H 5.00 291299,2231 8672588,9006 H H-I 5.00 291295,7358 8672585,3174 I I-J 5.00 291292,2088 8672581,7731 J J-K 1.00 291288,6857 8672578,2251 K K-L 4.00 291287,9792 8672577,5173 L L-M 5.00 291285,2174 8672574,6233 M M-N 5.00 291281,6628 8672571,1060 N N-O 5.01 291278,0753 8672567,6209 O O-P 5.00 291274,4182 8672564,2039 P P-Q 4.40 291270,8237 8672560,7257 Q Q-R 0.51 291267,8046 8672557,5299 R R-A 19.04 291267,9424 8672558,0251 TOTAL 124.35 Certificado Registral Inmobiliario con publicidad Nº 2025-2325444, emitido con fecha 05 de abril del 2025 correspondiente a la partida registral Nº 07061819 del Registro de propiedad inmuebles de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral Nº IX – Sede Lima. Con Informes Técnicos Nº 113-2023/JRBA de fecha 07 de julio de 2023 y Nº 009-2025/JRBA de fecha 03 de febrero de 2025, ambos su scritos por el Verificador Catastral, Ing. Geógrafo Johnny Richard Bustamante Alberco, código Nº 018032 VCPZRIX. Con Certificado de Búsqueda Catastral con Publicidad Nº 2023-3815634, emitido con fecha 13 de julio de 2023, con Informe Técnic o Nº 016411-2023-Z.R. Nº IX-SEDE- LIMA/UREG/CAT, ambos emitidos por la Oficina Registral de Lima, de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima. 2405035-1 Aprueban ejecución de la expropiación de área afectada de inmueble por ejecución del Proyecto: “Mejoramiento y ampliación del servicio de protección ante inundaciones y movimiento de masas en la quebrada Huaycoloro, Distrito de San Antonio - Provincia de Huarochirí - Departamento de Lima”, y el valor de tasación RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000070-2025- ANIN/JEF Jesús María, 30 de mayo de 2025 VISTOS;El Memorando Nº 002599-2025-ANIN/DIME e Informe Nº 000349-2025-ANIN/DIME-UFSI-PQ21HUAY de la Dirección de Intervenciones Multisectoriales y de Emergencia, los Informe Nº D00000848-2024-ANIN/OA- UA, N° 01141-2025-ANIN/OA-UA e Informe Nº 001164- 2025-ANIN/OA-UA de la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina de Administración, el Memorando Nº 000817-2025- ANIN/DGP e Informe Nº 000061-2025-ANIN/DGP-COA de la Dirección de Gestión Predial y el Informe Nº 000466- 2025-ANIN/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO; Que, con Ley N° 31841 se crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN) como un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros para la formulación, ejecución y mantenimiento de los proyectos o programas de inversión a su cargo; Que, en virtud del numeral 1.4 de la Nonagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, se dispone que la ANIN, los Ministerios, los Gobiernos Regionales y Locales, puedan ejecutar de manera excepcional, intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI) de la cartera del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios (en adelante PIRCC) y proyectos en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, de la cartera del PIRCC, pudiendo aplicar el Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción Con Cambios, para aquellas intervenciones que se encuentren en el PIRCC; Que, el numeral 8.6 del artículo 8 de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y sus modi fi catorias (en adelante, Ley Nº 30556); autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para la implementación del PIRCC, declarado de necesidad pública e interés nacional en el artículo 1 de la citada Ley; asimismo, se dispone que la adquisición y expropiación de los inmuebles se efectúa aplicando el procedimiento establecido en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura