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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (14/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Viernes 14 de noviembre de 2025 El Peruano / Internacional: “Desafíos actuales para la democracia en el Estado de Derecho”, a desarrollarse del 20 al 21 de noviembre de 2025 en la ciudad de San José, Costa Rica. Artículo Segundo.- El cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución irrogará egresos del presupuesto del Tribunal Constitucional, según el siguiente detalle: COMISIONADOFECHA DE VIAJEGASTOS DE INSTALACIÓNVIÁTICOS A COSTA RICA POR 2 DÍASPASAJE AÉREO S/ (valor estimado)TARJETA DE SEGURO INTERNACIONAL S/ Magistrado Manuel Monteagudo ValdezDel 19 al 22 de noviembre 2025 $ 315.00 $ 630.00 S/ 6 350.85 S/ 127.65 Artículo Tercero.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominación. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de realizado el referido viaje, el magistrado comisionado debe informar al Pleno los resultados obtenidos con motivo de su participación en las actividades mencionadas. Artículo Quinto.- COMUNICAR la presente resolución al magistrado comisionado, a los señores magistrados del Tribunal Constitucional; a la Secretaría General, a la Dirección General de Administración, y a las O fi cinas Gestión y Desarrollo Humano, Logística, Contabilidad y Tesorería, Asesoría Jurídica, Tecnologías de la Información y al Órgano de Control Institucional, para los fi nes de ley. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal institucional (www.tc.gob.pe). Regístrese, publíquese y comuníquese. HELDER DOMÍNGUEZ HARO Presidente (e) 2458469-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCÓN Convocan a la elección de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD), en la modalidad presencial y Aprueban el cronograma del proceso de elección DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2025/MDA Ancón, 29 de setiembre de 2025EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN VISTO: El Memorándum Nº 825-2025-OGPPPI/ MDA de fecha 18 de julio de 2025, emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; el Memorándum Nº 596-2025-OGSGyAJ/MDA de fecha 21 de julio de 2025, emitido por la O fi cina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos; el Informe Nº 246-2025-OGPPPI/MDA de fecha 29 de agosto de 2025, emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; el Memorándum Nº 2264-2025-GM/MDA de fecha 01 de setiembre de 2025, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 455-2025-OGSGyAJ/MDA de fecha 15 de setiembre de 2025, emitido por la O fi cina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos; y el Memorándum Nº 2366-2025-GM/MDA con fecha de recepción 18 de setiembre de 2025, emitido por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, estipula que las Municipales Provinciales y Distritales son órganos de gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el segundo párrafo del artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento jurídico; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la ley mediante decretos de alcaldía y por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario que no sean de competencia del concejo municipal; Que, el artículo 102º de la referida Ley, señala que el Consejo de Coordinación local Distrital es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales. Está integrado por el Alcalde Distrital que lo preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde, y los regidores distritales; por los Alcaldes de Centros Poblados de la respectiva jurisdicción distrital y por los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital, con las funciones y atribuciones que le señala la presente Ley; Que, mediante Memorándum Nº 825-2025-OGPPPI/ MDA, de fecha 18 de julio de 2025, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, solicita a la O fi cina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos, informe si actualmente los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Ancón, cuentan con mandato vigente, así como la identidad de los referidos miembros y período de mandato; Que, mediante Memorándum Nº 596-2025-OGSGYAJ/ MDA, de fecha 21 de julio de 2025, la O fi cina General de Secretaría General y Asuntos Jurídicos, comunica a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, que, de la revisión de la documentación que obra en dicha instancia de los años 2023 a la fecha, no se ha encontrado ningún documento respecto del reconocimiento de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Ancón; Que, mediante Informe Nº 246-2025-OGPPPI/MDA, de fecha 29 de agosto de 2025, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, informa a la Gerencia Municipal que, en cumplimiento de la normatividad vigente, resulta necesario llevar a cabo el proceso eleccionario de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Ancón, que permitirá dar inicio a la construcción del Plan de Desarrollo Concertado de Ancón. Para cuyos fi nes, ha elaborado una propuesta de Cronograma del Proceso de Elección de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Ancón;