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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (14/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Viernes 14 de noviembre de 2025 El Peruano / OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Autorizan viaje de subgerente de la Subgerencia de Planeamiento de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000179-2025-JN/ ONPE Lima, 11 de noviembre de 2025VISTOS: La Carta S/N, suscrita por la Registraduría Nacional del Estado Civil de Colombia y el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) - Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL); el O fi cio Nº 003044-2025-JN/ONPE, de la Jefatura Nacional de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales; así, como el Informe Nº 000590-2025-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:La O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE; Con Carta S/N, de fecha 14 de octubre de 2025, la Registraduría Nacional del Estado Civil de Colombia y el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) - Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL), cursaron invitación al jefe de la ONPE para que participe en la vigésima primera edición del “Curso Interamericano de Elecciones y Democracia”, que se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá - Colombia, los días 24 y 25 de noviembre del presente año; Mediante el O fi cio Nº 003044-2025-JN/ONPE, el jefe de la ONPE aceptó la invitación de la Registraduría Nacional del Estado Civil de Colombia y el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) - Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL), y con fi rmó la participación de la señora MARÍA MILAGROS UIPAN CHÁVEZ, subgerente de la Subgerencia de Planeamiento de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, de acuerdo a las condiciones logísticas ofrecidas por el citado organismo, que cubrirán los gastos de hospedaje y alimentación; En ese sentido, de acuerdo a los considerandos precedentes, la participación de la ONPEen el citado curso, contribuirá al aprendizaje estratégico sobre los derechos políticos, mejorando los procesos del servicio de asistencia técnica, y promoviendo la institucionalización de los partidos políticos, en el marco de las funciones de la entidad; Es preciso señalar que los artículos 2 y 3 de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y los artículos 2 y 4 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establecen que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o institucional y deberá ser publicada en el diario o fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Por tanto, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria, el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE, el literal r) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 000125-2024-JN/ONPE y su modi fi catoria;Con el visado de la Secretaría General y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora MARÍA MILAGROS UIPAN CHÁVEZ, subgerente de la Subgerencia de Planeamiento de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, del 23 al 26 de noviembre de 2025, a la ciudad de Bogotá - Colombia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos referidos al hospedaje y alimentación de la comisionada, serán cubiertos por la Registraduría Nacional del Estado Civil de Colombia y el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) - Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL) y los gastos referidos al pasaje aéreo y seguro de viaje, por los días comprendidos entre el 23 al 26 de noviembre de 2025, serán cubiertos por la ONPE, según el siguiente detalle: - Pasajes aéreo Lima - Bogota - Lima: S/ 2,234.00 - Seguro de Viaje en el exterior con ORD/2025/00476: USD $ 28.00 Artículo Tercero.- Precisar que el viaje en comisión de servicios señalado en los artículos precedentes, no concede exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje en comisión de servicios citado, la servidora mencionada en el Artículo Primero de la presente Resolución, deberá presentar a esta Jefatura un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, con copia a la Gerencia de Recursos Humanos. Artículo Quinto.- Poner la presente Resolución a conocimiento de la Gerencia de Recursos Humanos y de la servidora señalada en los considerandos precedentes, para los fi nes pertinentes. Artículo Sexto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, en la web o fi cial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano www.gob.pe/onpe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 2457776-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan la difusión en consulta pública del proyecto normativo que aprueba la Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, aplicable a las personas jurídicas que explotan juegos de casino y/o máquinas tragamonedas RESOLUCIÓN SBS N° 04033-2025 Lima, 11 de noviembre de 2025 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES