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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (16/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Jueves 16 de octubre de 2025 El Peruano / técnica previa del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), aprueba mediante resolución de su titular la lista sectorial de políticas nacionales bajo su rectoría o conducción; Que, con la Resolución Ministerial Nº 295-2019-MINCETUR se aprueba la lista sectorial de las Políticas Nacionales bajo rectoría del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, entre las cuales se encuentra la Política Nacional en Comercio Exterior - PENX; además, en dicha Resolución se dispuso que el Plan Estratégico Nacional Exportador 2025, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 377-2015-MINCETUR, mantiene su vigencia hasta la aprobación de la Política Nacional en Comercio Exterior; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 034-2024-MINCETUR/DM se formaliza el inicio del proceso de actualización de la Política Nacional en Comercio Exterior, en el marco de la Resolución Ministerial Nº 295-2019-MINCETUR, a cargo de la Dirección General de Políticas y Desarrollo de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior; Que, mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 113-2024/CEPLAN/PCD se aprueba la Guía de Políticas Nacionales, la cual señala que la propuesta fi nal de la política nacional, debe publicarse previo a la opinión técnica del CEPLAN, incluyendo en dicha publicación el proyecto de decreto supremo, así como la exposición de motivos correspondiente; Que, por otro lado, el numeral 21.1 del artículo 21 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, establece que la publicación de un proyecto normativo se aprueba mediante resolución ministerial o resolución del titular de la entidad de la Administración Pública, la cual se publica en el diario o fi cial. El proyecto normativo y la exposición de motivos se publican en la sede digital de la entidad de la Administración Pública. Asimismo, el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 de la referida norma, señala que el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones no debe ser menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario; Que, el Viceministerio de Comercio Exterior sustenta la necesidad de publicar el proyecto de la Política Nacional Multisectorial de Comercio Exterior al 2040, el Decreto Supremo que la aprueba y la Exposición de Motivos que la sustenta; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 113-2024/CEPLAN/PCD, que aprueba la Guía de Políticas Nacionales; y, el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del proyecto de la Política Nacional Multisectorial de Comercio Exterior al 2040 Disponer la publicación del proyecto de la Política Nacional Multisectorial de Comercio Exterior al 2040, el Decreto Supremo que la aprueba y su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de la referida publicación, a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil y personas naturales. Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios Disponer que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto de la Política Nacional Multisectorial de Comercio Exterior al 2040 a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial sean presentados a través de la sede digital del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur) o en la Mesa de Partes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, ubicada en Calle Uno Oeste Nº 050, Urbanización Córpac, San Isidro, provincia y departamento de Lima, así como en la dirección electrónica: servicios_ddcoe06@mincetur.gob.pe dirigida a la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior, órgano encargado de recibir, sistematizar y analizar los comentarios. Regístrese, comuníquese y publíquese. TERESA STELLA MERA GÓMEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2448665-1 CUL TURA Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a dos unidades bibliográficas de la obra La Verruga Peruana y Daniel A. Carrión (1886), pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000262-2025- VMPCIC/MC San Borja, 9 de octubre del 2025VISTOS: el O fi cio N° 001067-2025-BNP-J de la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú; la Hoja de Elevación N° 000527-2025-OGAJ-SG/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los documentos bibliográ fi cos o de archivo y testimonios de valor histórico, manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y publicaciones antiguas de interés especial por su valor histórico, artístico, cientí fi co o literario y otros que sirvan de fuente de información para la investigación en los aspectos cientí fi co, histórico, social, político, artístico, etnológico y económico; Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura es competencia exclusiva de este ministerio, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación. Asimismo, el literal a) del artículo 14 de la norma señala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 19 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación dispone que el Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identi fi cación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia; Que, con el O fi cio N° 001067-2025-BNP-J la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú remite la propuesta de declaratoria como Patrimonio Cultural de dos unidades bibliográ fi cas de la obra La Verruga Peruana y Daniel A. Carrión (1886), pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú; Que, a través del Informe Técnico N° 000080-2025-BNP-J-DPC-UVDP de la Unidad Funcional de Valoración y Defensa del Patrimonio Bibliográ fi co