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16 NORMAS LEGALES Jueves 16 de octubre de 2025 El Peruano / año 2024 fue de US$ 12,784 millones, lo que signi fi có un incremento del 22.1% en comparación al año 2023; posicionándose la República de Filipinas como uno de los principales países exportadores del mundo; apertura del mercado fi lipino para frutos frescos de Palta Hass en bene fi cio de más de 9,500 productores de palta de nuestro país a nivel nacional; nuevos compromisos para lograr el acceso de fruta fresca de uva y cítricos; mayores alternativas comerciales para el desarrollo de la agroexportación en nuestro país; permitirá mejorar la demanda de estos productos (palta, fruta fresca de uva y cítricos) e incentivará a productores peruanos y empresas a incrementar las áreas de cultivo, mejorando la economía del productor peruano y generando mayor empleo; fortalecimiento de las relaciones entre las autoridades fi tosanitarias de ambos países; oportunidad para que ambos países evalúen los avances en las gestiones de acceso de productos de mutuo interés; y acceso a nuevos mercados genera mayor demanda de empleos y servicios por las empresas exportadoras (impacto socio-económico); Que, los gastos que irrogue el viaje de los servidores comisionados, por conceptos de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), según lo señalado en la certi fi cación de crédito presupuestario contenida en las Notas Nº 0000006355 y Nº 0000006356 y Nº 0000006357; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, prevé que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representante del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público; Que, los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, establecen que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público, se otorga por resolución ministerial del respectivo Sector; siendo que la resolución de autorización debe sustentarse en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo de viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, señala que las resoluciones de autorización de viaje que irroguen gastos al Tesoro Público, deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, mediante Informe Nº 1442-2025-MIDAGRI-SG/ OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mani fi esta que se ha cumplido con la normativa en materia de autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y que, por lo tanto, debe procederse a la emisión del acto resolutivo de autorización del viaje de los señores Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal, y Carlos Alexander Saravia Obregón, Especialista en Importaciones IV de la Subdirección de Cuarentena Vegetal de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA, a la ciudad de Manila, República de Filipinas del 18 al 23 de octubre de 2025; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación de los servidores ya señalados, resulta necesario autorizar el viaje del 18 al 23 de octubre de 2025, conforme se señala en el Anexo 5 - Formato de Información del Servidor Civil para Viaje al Exterior - de la Directiva y a las reservas de vuelos que obran en el expediente; Con las visaciones de la Viceministra de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modi fi catoria; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI y, la Directiva Sectorial Nº 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización del viaje, otorgamiento y control de pasajes, viáticos y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 0076-2019-MINAGRI-SG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, de los señores Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal y Carlos Alexander Saravia Obregón, Especialista en Importaciones IV de la Subdirección de Cuarentena Vegetal de la Dirección de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), a la ciudad de Manila, República de Filipinas, del 18 al 23 de octubre de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial son cubiertos con cargo al Presupuesto del Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosViáticos US $ 500 (1 día activ. + 2 días instalación)Pasajes Aéreos US $ Monto Total US $ Orlando Antonio Dolores Salas1 500.00 5 061.37 6 561.37 Carlos Alexander Saravia Obregón1 500.00 5 061.37 6 561.37 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, los comisionados citados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberán presentar un informe detallado al Titular del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. VLADIMIR GERMÁN CUNO SALCEDO Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2448696-1