NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (22/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 22
TEXTO PAGINA: 7
7 NORMAS LEGALES Lunes 22 de setiembre de 2025 El Peruano / de Perú Compras, mediante Resolución Jefatural publicada en la Pladicop y en la sede digital de Perú Compras, aprueba la modi fi cación del Documento de Información Complementaria; Que, el numeral 8.4 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva establece que, la Dirección de Estandarización difunde y promociona los proyectos de Fichas Técnicas y Documentos de Información Complementaria en las actividades de generación y el sostenimiento, mediante la difusión de las publicaciones y de los contenidos de los proyectos de modi fi cación, la organización de reuniones técnicas de trabajo, de corresponder, entre otras estrategias de difusión, con el objetivo de promover la transparencia en dichas actividades y coadyuvar al mayor involucramiento de los interesados al amparo del principio de publicidad en las contrataciones públicas; Que, a través del Informe-D Nº 000067-2025-PERÚ COMPRAS-DE, la Dirección de Estandarización sustenta la modi fi cación de ciento sesenta y dos (162) Fichas Técnicas del rubro Alimentos y bebidas para consumo humano del Listado de Fichas Técnicas, así como del respectivo Documento de Información Complementaria, en el marco de la implementación de los resultados del sostenimiento correspondiente al ejercicio 2024, lo cual no afecta la condición de bien común de los productos correspondientes. Asimismo, sustenta la exclusión de catorce (14) Fichas Técnicas, en atención a las causales previstas en la Directiva; Que, a su vez, la Dirección de Estrategias y Técnica Normativa, a través del Memorando-D N° 000142- 2025-PERÚ COMPRAS-DETN, concluye que, las modi fi caciones a las Fichas Técnicas y al Documento de Información Complementaria responden al nuevo marco normativo de contrataciones públicas, a la actualización de los documentos técnicos de referencia y a la adecuación al Modelo de Ficha Técnica y al Documento de Información Complementaria aprobados en la Directiva, sin afectar los aspectos técnicos de los bienes del rubro Alimentos y bebidas para consumo humano; asimismo, señala que la exclusión de Fichas Técnicas de dicho rubro se encuentra sustentada en las causales previstas en la mencionada Directiva, por lo que resulta pertinente continuar con el procedimiento de modi fi cación y exclusión conforme a la normativa aplicable; Que, mediante Informe-D N° 000135-2025-PERÚ COMPRAS-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que, de acuerdo al sustento técnico de la Dirección de Estandarización y de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable, resulta legalmente viable la exclusión y modi fi cación de las referidas Fichas Técnicas, así como, la modi fi cación del Documento de Información Complementaria; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización, la Dirección de Estrategias y Técnica Normativa, y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; el Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF; la Directiva N° 001-2025- PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 000048-2025-PERÚ COMPRAS-JEFATURA; y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los literales d) y r) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas (Perú Compras), aprobado por el Decreto Supremo N° 066- 2025-EF; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la modi fi cación de ciento sesenta y dos (162) Fichas Técnicas del rubro Alimentos y bebidas para consumo humano del Listado de Fichas Técnicas, las cuales se encuentran contenidas en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Aprobar la modi fi cación del Documento de Información Complementaria del rubro Alimentos y bebidas para consumo humano del Listado de Fichas Técnicas, cuya Versión 24 forma parte integrante de la presente Resolución como Anexo N° 2.Artículo Tercero.- Aprobar la exclusión de catorce (14) Fichas Técnicas del rubro Alimentos y bebidas para consumo humano del Listado de Fichas Técnicas, detalladas en el Anexo N° 3 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Estandarización que realice la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE de la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas (Pladicop). Artículo Quinto.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y sus Anexos en la sede digital de la Central de Compras Públicas (Perú Compras) en la dirección web (www.gob.pe/perucompras), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ALBERTO ZA PATA GALLO Jefe de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS 2440380-1 Aprueban la modificación de siete (7) Fichas Técnicas correspondientes al rubro Equipos, accesorios y suministros médicos del Listado de Fichas Técnicas RESOLUCIÓN JEFATURAL - D N° 000068-2025- PERÚ COMPRAS-JEFATURA San Isidro, 18 de setiembre del 2025 VISTOS: El Informe-D Nº 000075-2025-PERÚ COMPRAS- DE, de fecha 22 de agosto de 2025, emitido por la Dirección de Estandarización; el Informe-D N° 000138-2025-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 16 de septiembre de 2025, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas (Perú Compras); y; CONSIDERANDO: Que, conforme al numeral 20.1 del artículo 20 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, la Central de Compras Públicas (Perú Compras) es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, mediante Decreto Supremo N° 066-2025- EF, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas (Perú Compras); Que, el numeral 96.1 del artículo 96 del Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025- EF, (en adelante, el “Reglamento”), señala que, “Mediante subasta inversa electrónica se contratan bienes y servicios comunes que cuenten con fi cha técnica. La utilización del procedimiento de selección puede ser opcional u obligatoria conforme lo determine Perú Compras en el documento que aprueba la referida fi cha.”; Que, el numeral 264.3 del artículo 264 del Reglamento establece que los requerimientos de bienes y servicios que cuenten con fi cha técnica se contratan mediante el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica; Que, en concordancia con lo previamente señalado, el numeral 264.4 del artículo 264 del Reglamento establece que, Perú Compras, al aprobar o modi fi car una fi cha técnica, puede disponer que el uso del procedimiento de Subasta Inversa Electrónica no sea obligatorio, habilitando