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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (24/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 70

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de setiembre de 2025 El Peruano / . UIT = 5,350 N.º DERECHO TRÁMITE N.º PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD DERECHO ( I ) S/Prestac Ingreso p procCOSTO ( C ) S/Costo p proc% COBERTURA (I / C) 209 Duplicado de la Resolución de autorización para la ubicación del elemento de publicidad exterior.53.40 1 53.40 53.48 53.48 99.85% 218 GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y VIAL: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO 210 Permiso de operación a personas jurídicas para prestar el servicio con vehículos menores. 90.00 2 180.00 90.02 180.04 99.98% 219 GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y VIAL SUBGERENCIA DE TRANSPORTE Y SEGURIDAD VIAL: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS211 Renovación del permiso de operación a personas jurídicas para prestar el servicio con vehículos menores.89.50 1 89.50 89.56 89.56 99.93% 220 212 Autorización de punto de embarque de vehículo menor a la persona jurídica. 91.20 1 91.20 91.26 91.26 99.93% 221 213 Transferibilidad excepcional del permiso de operación. 89.50 1 89.50 89.56 89.56 99.93% 222SUBGERENCIA DE TRANSPORTE Y SEGURIDAD VIAL: SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD 214 Duplicado del distintivo de identificación vehicular (Sticker). 25.10 3 75.30 25.14 75.42 99.84% 223 215 Duplicado de carné de educación y seguridad vial. 23.40 1 23.40 23.43 23.43 99.87% 224UIT vigente en el año 2025 = S/ 5,350.00Fuente: SUT y Ordenanza N.º 526-MVES Elaboración: Servicio de Administración Tributaria de Lima MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR ORDENANZA Nº 526-MVES Villa El Salvador, 26 de junio del 2025POR CUANTO:El Concejo Municipal del distrito de Villa el Salvador, en Sesión Extraordinaria de la fecha; y; VISTOS: El Dictamen Nº 003-2025-CAPyP/MVES de la Comisión de Administración, Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 886-2025-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 241-2025-OAJ/ MVES de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 202-2025-UPEMPI-OPP/MVES de la Unidad de Planeamiento Estratégico, Modernización y Programación de Inversiones y el Memorando Nº 336-2025-OGA/ MVES de la O fi cina General de Administración; sobre aprobación de Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador; y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º modi fi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.”; Que, el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala como atribuciones del Concejo Municipal, entre otras, la siguiente: “Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos” ; asimismo el artículo 40º señala: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.”; procedimiento que para el caso de la Provincia de Lima se encuentra establecido en la Ordenanza Nº 2386-2021-MML, la cual regula el procedimiento de rati fi cación de las Ordenanzas aprobadas por las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima que crean, modi fi can o regulen tasas o contribuciones dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de Estado, en el artículo 4º referido al Proceso de Modernización de la Gestión del Estado, establece que: “El proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos (…).¨; Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), señala que, en el caso de Gobiernos Locales, se deben aprobar el TUPA o la incorporación/modi fi cación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, mediante Ordenanza Municipal; Que, el numeral 40.3 del artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General aprobado, mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, aprobados para cada entidad; asimismo el numeral 43.1 del artículo 43º señala respecto al TUPA que: “ Todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (…)” . asimismo, los numerales 44.2 y 44.3 del artículo 44º de la precitada norma establecen que: ¨44.2 La norma que aprueba el TUPA se publica en el diario o fi cial El Peruano¨ y ¨44.3 El TUPA y la disposición legal de aprobación o modi fi cación se publica obligatoriamente en el portal del diario o fi cial El Peruano. Adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional de la entidad. La publicación en los medios previstos en el presente numeral se realiza de forma gratuita¨ ; Que, mediante la Ordenanza Nº 2386-MML, Ordenanza que sustituye la Ordenanza Nº 2085, que aprueba el Procedimiento de Rati fi cación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la provincia de Lima, se dispone que su aplicación es obligatoria por parte de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima, que deseen rati fi car su ordenanza que aprueba su Texto Único de Procedimientos Administrativos, entre otros; Que, con Ordenanza Nº 493-MVES, se aprueban procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación contenidos en el Texto Único de Procedimientos