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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (28/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Domingo 28 de setiembre de 2025 El Peruano / del Programa de Incentivos Forestales del Proyecto de Inversión “Mejoramiento del Fomento de las Plantaciones Forestales Comerciales para el Desarrollo Productivo Forestal en 7 Departamentos”, con Código Único de Inversión Nº 2454392, del Programa Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú; siendo obligatoria la publicación de dicho acto resolutivo en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el literal m) del artículo 10 del ROF del SERFOR, establece que es función del Director Ejecutivo expedir resoluciones, referidas a la gestión en los asuntos de su competencia, dando cuenta al Consejo Directivo; Con el visado del Gerente General, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y; De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y el Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el otorgamiento de subvenciones Aprobar el otorgamiento de subvenciones hasta por la suma de S/ 714,747.50 (Setecientos catorce mil setecientos cuarenta y siete con 50/100 soles), a favor de las tres (03) Entidades Ejecutoras que vienen ejecutando sus Planes de Negocio Forestal (para el Hito 2), derivados del Concurso del Programa de Incentivos Forestales del Proyecto de Inversión “Mejoramiento del Fomento de las Plantaciones Forestales Comerciales para el Desarrollo Productivo Forestal en 7 Departamentos”, con Código Único de Inversión 2454392, del Programa Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Financiamiento El otorgamiento de subvenciones aprobadas en el Artículo 1 de la presente Resolución se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal asignado a la Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, en el Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitaciones en el uso de los recursos Los recursos de las subvenciones aprobadas por el Artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Mecanismos para la rendición de cuentas y para la evaluación de los resultados alcanzados y los bene fi cios generados Los mecanismos para la rendición de cuentas, para la evaluación de los resultados alcanzados y los bene fi cios generados se ejecutarán conforme a lo previsto en los Lineamientos Nº D000001-2024-MIDAGRI-SERFOR- DE, “Lineamientos que regulan los mecanismos para la rendición de cuentas y evaluación de los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por los recursos otorgados mediante subvenciones del Proyecto de Inversión Plantaciones del Programa Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú”, aprobados mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000262-2024-MIDAGRI-SERFOR-DE. Artículo 5.- Obligación de informar En cumplimiento de lo dispuesto en numeral 71.5 del artículo 71 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del SERFOR deberá informar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los cuarenta y cinco (45) días de fi nalizado el Año Fiscal, los resultados alcanzados y el costo bene fi cio de las subvenciones otorgadas mediante el Artículo 1 de la presente Resolución. Para tal efecto, el Programa Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, deberá remitir al SERFOR, la información que les sea solicitada. Artículo 6.- Noti fi cación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano; así como la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR (www.gob.pe/serfor). Regístrese, comuníquese y publíquese. (p) DESIDERIO ERASMO OTÁROLA ACEVEDO Director EjecutivoServicio Nacional Forestal y de Fauna SilvestreSERFOR 2443023-1 PRODUCE Aprueban menores asignaciones por concepto de viáticos para viajes al exterior del Ministerio de la Producción y sus organismos públicos adscritos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000327-2025- PRODUCE Lima, 26 de setiembre de 2025VISTOS: El Memorando Nº 00000603-2025-PRODUCE/ OGA de la O fi cina General de Administración, el Memorando Nº 00000892-2025-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 00001080-2025-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1047, establece que dicha Entidad es un organismo del Poder Ejecutivo, que tiene personería jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal; Que, el artículo 4 de la referida Ley menciona que el Sector Producción comprende al Ministerio de la Producción, a las entidades, Comisiones y Proyectos bajo su jurisdicción, y a aquellas organizaciones públicas del nivel nacional y otros niveles de gobierno que realizan actividades vinculadas a su ámbito de competencia; Que, el artículo 4 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, señala que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; así, el objetivo es alcanzar un Estado, entre otros, transparente en su gestión; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias