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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (28/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Domingo 28 de setiembre de 2025 El Peruano / dentro de los cinco días hábiles siguientes a su emisión. Adicionalmente, el mismo día de efectuada la referida publicación, la resolución se difunde a través de la sede digital de la Sunass con los documentos que la sustenta. En virtud de ello, mediante Resolución de Dirección de Regulación Tarifaria N.º 031-2025-SUNASS-DRT 8 se inició de o fi cio el procedimiento de rebalanceo tarifario de EPS SELVA CENTRAL S.A. a efecto de realizar la revisión de la fórmula, nivel o estructura tarifaria aplicables a lo que resta del periodo regulatorio 2023-2027. De acuerdo con lo dispuesto en el párrafo 5.9 del artículo 5 y el párrafo 9.1 del artículo 9 de la Norma de rebalanceo tarifario , para la etapa de difusión, se ha cumplido con: i) publicar en el diario o fi cial El Peruano y en la sede digital de la Sunass, el proyecto de resolución de modi fi cación del nivel y estructura tarifaria, y la meta de gestión “Relación de trabajo de la EP”; ii) difundir el informe técnico que sustenta el proyecto de resolución en la sede digital de la Sunass; y iii) realizar la audiencia pública correspondiente el 4 de agosto de 2025. Conforme al párrafo 5.8 del artículo 5 de la Norma de rebalanceo tarifario , el desarrollo del procedimiento de rebalanceo tarifario puede involucrar la modi fi cación de la meta “Relación de trabajo”, que está contemplada en el estudio tarifario vigente; dicha modi fi cación solo comprende aspectos aplicables en lo que resta del período regulatorio de la empresa prestadora y no tiene alcance retroactivo. En ese orden de ideas, conforme al procedimiento establecido en el párrafo 10.3 del artículo 10 de la Norma de rebalanceo tarifario , corresponde, en la etapa de aprobación del procedimiento, la emisión de la resolución tarifaria con la que se da por concluido el procedimiento de rebalanceo tarifario. III. IMPACTO ESPERADO La modi fi cación del nivel y estructura tarifaria, y la meta de gestión “Relación de trabajo de la EP” aplicables por EPS SELVA CENTRAL S.A. durante el tiempo restante del periodo regulatorio 2023-2027, favorece, por un lado, al prestador de servicios de agua potable y saneamiento y, por el otro, a la población atendida. Al prestador de servicios de agua potable y saneamiento, debido a que su aplicación coadyuvará a su sostenibilidad económica y viabilidad fi nanciera; y a la población, porque se bene fi ciará del compromiso del prestador de servicios de agua potable y saneamiento re fl ejado en la meta de gestión, cuyo cumplimiento traerá consigo una mejora en la calidad y continuidad de los servicios. 1 Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Selva Central Sociedad Anónima. 2 Publicada el 22 de marzo de 2025 en el diario oficial El Peruano . 3 Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos. 4 Aprobado por Decreto Supremo N.º 017-2001-PCM. 5 Publicado en el diario oficial El Peruano el 21 de diciembre de 2023. 6 Aprobada por el Decreto Legislativo N.º 1280 y publicada en el diario oficial El Peruano el 29 de diciembre de 2016. 7 Publicado en el diario oficial El Peruano el 16 de noviembre de 2024. 8 Publicada en el diario oficial El Peruano el 29 de marzo de 2025. 2442696-1 Rectifican de oficio el error material advertido en el artículo 2 de la Resolución de Consejo Directivo N° 00110-2025-SUNASS-CD que modifica el nivel y estructura tarifaria, y la meta de gestión “Relación de trabajo de la EP” de EPS EMPSSAPAL S.A. que resultan de aplicación durante el tiempo restante del periodo regulatorio 2023-2028 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 00116-2025- SUNASS-CD EXP.: Nº 033-2025-SUNASS-DRT-REB Lima, 25 de setiembre de 2025VISTOS: El Memorando N.º 00738-2025-SUNASS-DRT, mediante el cual la Dirección de Regulación Tarifaria remite el proyecto de resolución de recti fi cación de error material contenido en la Resolución de Consejo Directivo N.º 00110-2025-SUNASS-CD (en adelante, Resolución 00110 ) que modi fi ca el nivel y estructura tarifaria, y la meta de gestión “Relación de trabajo de la EP” de EPS EMPSSAPAL S.A. 1 que resultan de aplicación durante el tiempo restante del periodo regulatorio 2023-2028; y el Informe de Especialista N.º 00225-2025-SUNASS-DRT. CONSIDERANDO: Que, el artículo 201 de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante, LPAG ), establece que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Además, establece que la recti fi cación adopta la forma y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original. Que, el 24 de setiembre de 2025 fue publicada en el diario o fi cial El Peruano , la Resolución 00110 que modi fi ca el nivel y estructura tarifaria, y la meta de gestión “Relación de trabajo de la EP” de EPS EMPSSAPAL S.A. que resultan de aplicación durante el tiempo restante del periodo regulatorio 2023-2028, así como su anexo único y exposición de motivos, en el marco del procedimiento de rebalanceo tarifario de la referida empresa prestadora; asimismo, dispuso la publicación del Informe de Especialista N.º 00181-2025-SUNASS-DRT (en adelante, Informe 00181 ) que sustenta la referida resolución. Que, en el Informe de Especialista N.º 00225-2025-SUNASS-DRT de vistos se señala que, se ha advertido un error material en el artículo 2 de la Resolución 00110 respecto de los valores fi nales de la meta de gestión denominada “Relación de Trabajo de la EP” conforme se ha sustentado en el Informe 00181 . Que, en tal sentido, de conformidad con el artículo 201 de la LPAG , corresponde recti fi car de o fi cio el error material identi fi cado, lo cual no altera lo sustancial del contenido ni el sentido de la Resolución 00110 . De conformidad con lo dispuesto por el artículo 201 de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y con la conformidad de la Dirección de Regulación Tarifaria, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General, el Consejo Directivo, en su sesión del 25 de agosto de 2025; HA RESUELTO: Artículo 1.- RECTIFICAR de o fi cio el error material advertido en el artículo 2 de la Resolución de Consejo Directivo N.º 00110-2025-SUNASS-CD que modi fi ca el nivel y estructura tarifaria, y la meta de gestión “Relación de trabajo de la EP” de EPS EMPSSAPAL S.A. que resultan de aplicación durante el tiempo restante del periodo regulatorio 2023-2028, en los siguientes términos: DICE: Artículo 2.- Modi fi car la meta de gestión “Relación de trabajo de la EP” contenida en el Anexo N.º 1 de la Resolución de Consejo Directivo N.º 033-2023-SUNASS-CD, que se aplicará a EPS EMPSSAPAL S.A. del cuarto al quinto año regulatorio del periodo regulatorio 2023-2028, como sigue: Metas de GestiónUnidad de medidaAño 4 Año 5 Relación de Trabajo de la EP % 88 92 (…)