Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2026 (09/08/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Domingo 9 de agosto de 2026 El Peruano / De conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y en el artículo 20° y la Tercera Disposición Final y Complementaria de la Ordenanza N° 427-MSI; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la realización del Sorteo VPSI 2026, a llevarse a cabo el día 22 de agosto de 2026, desde las 18:00 horas, en el Complejo Deportivo Municipal San Isidro, ubicado en Avenida Pérez Araníbar N° 1355, San Isidro, y en el que se sortearán los siguientes premios: Cantidad Premios Lugar 01 Paquete Turístico (para 02 personas) Cusco - Perú 01 Paquete Turístico (para 02 personas) Italia 01 Paquete Turístico (para 02 personas) Japón Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Comisión de Sorteos VPSI, la ejecución y control del Sorteo VPSI 2026, de conformidad con lo dispuesto por la Ordenanza N° 427-MSI y lo aprobado mediante el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro: www. munisanisidro.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. NANCY R.VIZURRAGA TORREJÓN Alcaldesa 2541143-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR Ordenanza que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP) de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar ORDENANZA Nº 012-2026- MDSMM Santa María del Mar, 22 de julio de 2026 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesión Extraordinaria Nº 003-2026-MDSMM, de fecha 22 de julio de 2026. VISTOS: El O fi cio Nº 043-2026-MDSMM/GM de la Gerencia Municipal, el O fi cio Nº 06-2026-MDSMM/OGA-OGRRHH emitido por la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, el Informe Técnico Nº 000046-2026-SERVIR-GDSRH y el O fi cio Nº 000889-2026-SERVIR-PE de la Presidencia Ejecutiva de Concejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el Informe Nº 147-2026-MDSMM-OGA/OGRRHH de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, el Informe Nº 113-2026-MDSMM/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 152-2026-MDSMM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 091-2026-MDSMM/OGA de la O fi cina General de Administración, el Informe Nº 088-2026-MDSMM/GM de la Gerencia Municipal, respecto al Proyecto de Ordenanza que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 39° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; por lo que, en concordancia con el artículo 41° de la norma antes citada, los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9°, numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal la atribución de “Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, se aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, que establece las reglas de aplicación para la elaboración, aprobación y modi fi cación de los Cuadros de Puestos de la Entidad - CPE de las entidades. No obstante, la referida Directiva ha regulado la fi gura del Cuadro para la Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional, como un documento de Gestión Institucional de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal, por el Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE; Que, el literal b) del numeral 5.1 del acápite 5 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR/GDSRH, de fi ne al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) como el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace, junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, el numeral 5.4 de la directiva mencionada establece el procedimiento a seguirse ante SERVIR a fi n que las entidades remitan sus expedientes (físicos o virtuales) conteniendo la propuesta de CAP Provisional para opinión técnica de SERVIR, la misma que de conformidad con el sub numeral 5.4.7 del mencionado numeral, una vez sea aprobada, se constituye en un documento de gestión de carácter temporal en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, razón por la que no puede ser empleado para la creación de órganos o unidades orgánicas, o la modi fi cación de sus denominaciones, en tanto dicha acción es regulada en la normativa establecida por el ente rector del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, y normativa vinculada, debiendo re fl ejar la estructura dispuesta en materia de órganos y unidades orgánicas en el ROF o el MOP, según corresponda, vigente de la entidad; Que, el artículo 6° de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, norma de aplicación transversal