Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2026 (09/08/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Domingo 9 de agosto de 2026 El Peruano / Artículo 20. Asignación de número de candidatura y posición en la cédula de votación La asignación del número correspondiente a cada candidatura, así como su ubicación en la cédula de votación, se determina mediante sorteo público en la fecha prevista en el cronograma electoral, con la participación de los actores correspondientes. El número asignado identi fi ca a la candidatura y no puede ser modi fi cado con posterioridad, incluso en caso de tachas, renuncias u otras circunstancias que afecten la participación de alguno de los candidatos. La posición en la cédula respeta el orden numérico.El elector marca en la cédula de votación el número correspondiente a la candidatura de su preferencia. Artículo 21. De las tachas Cualquier ciudadano puede interponer tacha contra los candidatos. La tacha únicamente puede sustentarse en el incumplimiento de los requisitos para el ejercicio del cargo, o basada en algún impedimento o incompatibilidad que se encuentre expresamente establecido por ley, o por no cumplir con la condición de ser un exdecano titular. Es improcedente toda tacha que se sustente en causales distintas. Artículo 22. Trámite de la solicitud de tachas El escrito de tacha se presenta ante la ONPE a través de la Mesa de Partes Física o Virtual, dentro de los tres (3) días posteriores a la publicación de la lista de candidatos. Presentada la tacha, en el día la GOECOR corre traslado del escrito al candidato a fi n de que realice sus descargos dentro del plazo de tres (3) días hábiles. Vencido el plazo para presentar descargos, la GOECOR resuelve en el plazo máximo de tres (3) días hábiles. La resolución que resuelve la tacha es noti fi cada a las partes, y publicada en el portal web de la ONPE. Contra lo resuelto por la GOECOR, procede recurso de apelación, el mismo que deberá presentarse dentro del plazo de tres (3) días hábiles de noti fi cada la resolución, contados a partir del día siguiente de su noti fi cación. Presentado el recurso de apelación, la GOECOR en el día, eleva los actuados a la GG, quien resuelve en última y de fi nitiva instancia en un plazo máximo de tres (3) días. Artículo 23. Efectos de la tacha Si la tacha es declarada fundada, la candidatura del exdecano es retirada de la lista. Si la tacha es declarada infundada, la candidatura del exdecano continúa en la lista. En caso las tachas conlleven a que no existan candidatos, se procede conforme a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 18. Artículo 24. Renuncia de candidato El candidato puede renunciar a su candidatura dentro del plazo establecido en el cronograma electoral. La renuncia debe ser presentada por el candidato de manera personal y por escrito. Presentada la renuncia, la GOECOR emite pronunciamiento en el plazo de 24 horas. TÍTULO V MESA DE SUFRAGIOArtículo 25. De las Mesas de Sufragio Para cada proceso electoral se conforma una sola Mesa de Sufragio integrada por tres miembros titulares y tres suplentes. Son miembros de Mesa quienes resulten sorteados entre todos los decanos que se encuentran comprendidos en el respectivo padrón electoral. La capacitación de los miembros de mesa se lleva a cabo en las fechas y horas dispuestas por la GOECOR y está a cargo de la SGCFE. Artículo 26. Material electoral El material electoral está conformado por las cédulas de votación, la lista de electores, el acta electoral, la lista de candidatos, la cabina de votación y el ánfora. Su diseño e impresión, se encuentra a cargo de la GGE.TÍTULO VI JORNADA ELECTORAL Y RESULTADOSArtículo 27. De la instalación de la mesa y el sufragio El acto electoral se realiza el día señalado para la elección y en el lugar facilitado por la ONPE. Los miembros de mesa de sufragio se reúnen en el local de votación desde las 8:30 horas del día de la elección, a fi n de que la mesa de sufragio comience a funcionar a partir de las 09:00 horas. La instalación de la mesa de sufragio se hace constar en el acta electoral. Para la instalación de la mesa de sufragio se requiere la presencia de tres miembros de mesa. En caso que hasta las 09:00 horas no se encuentre presente el número de miembros requerido para el funcionamiento de la mesa, se invita a los electores de la fi la para que procedan a instalar la mesa de sufragio y dar inicio a las votaciones. En la instalación, los miembros de mesa reciben el material, fi rman la hoja de asistencia y llenan las actas electorales. El presidente de mesa fi rma todas las cédulas. La votación inicia a las 9:00 horas con el voto del presidente, secretario, tercer miembro y suplentes presentes. De inmediato, votan los decanos electores, quienes son llamados según el orden de la lista de electores. Para la votación, el elector se acerca a la mesa de sufragio con su DNI, recibe la cédula, vota en la cámara secreta, deposita la cédula en el ánfora y fi rma la lista de electores. Inmediatamente después de concluida la primera ronda de votación y de haber electores que no han ejercido su derecho al voto, se procede a un segundo llamado a los electores que no hubiesen acudido inicialmente. El segundo llamado se realiza como máximo a las 10:00 horas. La primera votación culmina cuando todos los electores han ejercido su derecho al voto o al concluir la segunda ronda de votación, lo que ocurra primero. De ser necesaria una segunda vuelta de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 del presente reglamento, esta inicia a las 10:15. Los decanos electores presentes deben permanecer en la sesión hasta la culminación del acto electoral. Artículo 28. Del escrutinio El escrutinio es público y se realiza en presencia de los funcionarios de la ONPE a cargo del proceso, de los decanos votantes y los candidatos que se encuentren presentes. Culminada la votación, los miembros de mesa: i) guardan los materiales, ii) abren el ánfora y depositan su contenido en la mesa, ii) cuentan las cédulas y veri fi can que contengan la fi rma del presidente de mesa, iv) revisan cada voto, v) leen en voz alta si es válido para alguno de los candidatos, nulo o en blanco y lo muestran a los presentes, vi) agrupan las cédulas según el tipo de voto. Artículo 29. Tipo de Votos Es voto válido aquel marcado por una cruz o aspa cuya intersección o cruce de las líneas está dentro del recuadro del número del candidato. El voto es nulo cuando se ha marcado por más de un candidato, o se ha escrito cualquier frase, dibujo o símbolo, o cuando la intersección del aspa o cruz se encuentre fuera del recuadro correspondiente a la candidatura. Es voto en blanco, si el elector no marcó ninguna opción. Artículo 30. Resultados Para ser elegido miembro titular se debe obtener la votación favorable de la mayoría absoluta de los decanos asistentes. Son elegidos miembros suplentes quienes hayan obtenido la segunda y tercera mayor votación. La mayoría absoluta se obtiene cuando los votos recibidos superan la mitad del número de los decanos asistentes. Artículo 31. De la segunda vuelta De no resultar elegido ningún candidato bajo las reglas señaladas en el artículo precedente, se procede a una segunda vuelta entre los candidatos que hayan