Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2026 (25/07/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 236

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 226

226 NORMAS LEGALES Sábado 25 de julio de 2026 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Eva Celeste Zavala Montero, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Piura, y su designación en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Castilla, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 377-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 15 de febrero de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente. Artículo Segundo.- Designar a la abogada Eva Celeste Zavala Montero, fi scal adjunta provincial titular penal de Castilla, Distrito Fiscal de Piura, en la 2º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Piura (AIRHSP Nº 001672). Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Eva Celeste Zavala Montero que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Flagrancia Delictiva, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Integridad Institucional, O fi cina de Imagen Institucional y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación 2538049-12 Designan fiscales adjuntos en la 2° Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Piura y en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Castilla RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2204-2026-MP-FN Lima, 20 de julio de 2026 VISTOS:El ofi cio N° 000648-2026-SG/JNJ, de fecha 22 de junio de 2026, que remite la Resolución de la Junta Nacional de Justicia N° 388-2026-JNJ, de fecha 11 de junio de 2026, el informe N° 005-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, el o fi cio N° 003026-2026-MP- FN-PJFSPIURA, de fecha 26 de junio de 2026, y el informe N° 0457-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 16 de julio de 2026, y; CONSIDERANDO:Mediante el o fi cio N° 000648-2026-SG/JNJ, cursado por la abogada Melody Del Carmen Fuentes Jara, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia, y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 22 de junio de 2026, se remite, entre otras, copia certi fi cada de la resolución de vistos, emitida en el marco de la Convocatoria N° 007-2025-SN/JNJ, por la cual se nombró al abogado Erick Lians Chumacero Garcés, como fi scal adjunto provincial penal de Castilla del distrito fi scal de Piura. Con fecha 18 de junio de 2026, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento al abogado Erick Lians Chumacero Garcés, en el cargo descrito en el párrafo que antecede. Al respecto, a través del Acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos N° 6536-2024, de fecha 8 de julio de 2024, se acordó solicitar a la Junta Nacional de Justicia que las plazas con especialidad detallada, materia de las convocatorias N° 002-2024-SN/JNJ, 004-2024-SN/JNJ y 006-2024-SN/JNJ, en los diversos niveles jerárquicos, sean consideradas como fi scales penales, manteniéndose la ubicación geográ fi ca y el Distrito Fiscal; en esa línea, con o fi cio N° 037-2025-MP-FN, de fecha 21 de febrero de 2025, se solicitó hacer de conocimiento del Pleno de la Junta Nacional de Justicia el referido acuerdo para tomarlo en cuenta en las convocatorias a concurso en el ejercicio 2025. Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1599-2018-MP-FN, de fecha 23 de mayo de 2018, se resolvió nombrar al abogado Erick Lians Chumacero Garcés como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Sullana, con reserva de su plaza de origen, posteriormente designado en la Fiscalía Provincial Mixta de Talara por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1334-2020-MP-FN, de fecha 1 de diciembre de 2020, asimismo a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1602-2020-MP-FN, de fecha 31 de diciembre de 2020, el referido abogado fue destacado a la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Talara-Máncora, destaque que se encuentra prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2026 por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3871-2025-MP-FN, de fecha 31 de diciembre de 2025; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024 Por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1953-2024-MP-FN, de fecha 9 de septiembre de 2024, se resolvió, entre otros, nombrar a la abogada Leidy Maria Aquino Pacherrez, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Piura, posteriormente designada en la 2° Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Piura mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2848-2025-MP-FN, de fecha 15 de septiembre de 2025; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley N° 30483, modi fi cada por la Ley N° 31718, los fi scales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fi scal en el nivel que corresponde. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, modi fi cada por la Ley N° 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que “el destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional”. Asimismo, el artículo 85 del referido reglamento indica que “el desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográ fi cas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran”. El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal N° 002-92-DNP, aprobado con la Resolución Directoral N° 013-92-INAP/DNP, de fecha 2 de setiembre de 1992, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que “el destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente, debiendo contar con el consentimiento previo del servidor”. El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye