Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (24/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Sábado 24 de octubre de 2026 El Peruano / Artículo 2.- Consignación del valor de la Tasación Disponer que, a través de la Unidad de Tesorería de la Ofi cina de Administración, se consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Jefatural, bajo responsabilidad del funcionario encargado de efectuarla. Artículo 3.- Procedencia de medios impugnatorios Declarar que, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Decreto Legislativo Nº 1192, la presente resolución es inimpugnable; asimismo, los cuestionamientos que pudieran formularse en la vía judicial o arbitral conforme al numeral 34.1 del artículo 34 del referido Decreto Legislativo, no suspenden el procedimiento de expropiación, la inscripción del dominio a favor del Bene fi ciario, el procedimiento de ejecución coactiva, ni limitan al Sujeto Activo a entregar el certi fi cado de consignación a favor del Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Información necesaria para inscribir el área afectada del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la Dirección de Gestión Predial, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Jefatural y efectuada la consignación, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192 y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura. Artículo 5.- Orden de Inscripción Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, inscriba a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura el área expropiada del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución, de conformidad con el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192 y sus modi fi catorias. Artículo 6.- Orden de levantar toda carga o gravamen que contengan la Partida Registral Disponer que el Registrador de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral respecto del área afectada del inmueble con código Nº 2500094-ZAÑA-C01PQ01PRR-554. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 7.- Acciones de Ejecución Coactiva Disponer que el Ejecutor Coactivo de la Autoridad Nacional de Infraestructura, en el marco de sus competencias, inicie las acciones correspondientes para la toma de posesión del área materia de expropiación, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1192, sus modi fi catorias y demás normativa aplicable. Artículo 8.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en la sede digital de la Autoridad Nacional de Infraestructura (www.gob.pe/anin), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNAN YAIPEN ARESTEGUI Jefe de la Autoridad Nacional de InfraestructuraAutoridad Nacional de InfraestructuraPresidencia del Consejo de Ministros ANEXO LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS Y COORDENADAS UTM Código:2500094-ZAÑA-C01PQ01PRR-554 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:ÁREA AFECTADA: 787.30 m2 (0.0787 ha) AFECTACIÓN PARCIAL DEL INMUEBLE ÁREA AFECTADA: Por el Norte:  COLINDA CON EL ÁREA REMANENTE DE BLANCA AGUSTINA SANTA CRUZ VDA. DE CALDERON, EN LÍNEA QUEBRADA DEL VÉRTICE 1 AL VÉRTICE 3, DE ACUERDO AL CUADRO ANEXO. LONGITUD 32.26 METROS LINEALES. Por el Este: COLINDA CON POSESIÓN DE TERCEROS, EN LÍNEA RECTA DEL VÉRTICE 3 AL VÉRTICE 4, DE ACUERDO AL CUADRO ANEXO. LONGITUD 23.30 METROS LINEALES. Por el Sur: COLINDA CON EL ÁREA REMANENTE DE JORGE CALDERON CAMPOS Y BLANCA AGUSTINA SANTA CRUZ CIEZA, EN LÍNEA QUEBRADA DEL VÉRTICE 4 AL VÉRTICE 9, DE ACUERDO AL CUADRO ANEXO. LONGITUD 34.59 METROS LINEALES. Por el Oeste:  COLINDA CON EL ÁREA REMANENTE DE JORGE CALDERON CAMPOS Y BLANCA AGUSTINA SANTA CRUZ CIEZA Y PREDIO INSCRITO EN LA P.E. 02234851, EN LÍNEA RECTA DEL VÉRTICE 9 AL VÉRTICE 1, DE ACUERDO AL CUADRO ANEXO. LONGITUD 24.62 METROS LINEALES.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ DEL ÁREA AFECTADA Vértice Lado DistanciaCoordenadas UTM - WGS84 Este (X) Norte (Y) 1 1-2 13.74 691682.6863 9248391.0927 2 2-3 18.52 691695.1880 9248385.39683 3-4 23.30 691712.0633 9248377.7740 4 4-5 14.77 691705.1127 9248355.5320 5 5-6 6.14 691691.6568 9248361.6135 6 6-7 3.08 691686.0119 9248364.0412 7 7-8 6.31 691683.0455 9248364.8594 8 8-9 4.29 691676.9206 9248366.3596 9 9-1 24.62 691673.1497 9248368.3998 Partida Electrónica N° 02296353 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo, Zona Registral Nº II - Sede Chicla yo. Informe Técnico N° 554-2024-ZAÑA-PQ01-G8-ANIN de fecha 12 de abril de 2024, suscrito por Verificador Catastral, Ing. Rodrigo Ro jas Condori, con código 018402VCPZRIX. Informe Técnico Complementario N° 554-2026-ZAÑA-PQ01-PHS de fecha 30 de setiembre de 2026, suscrito por Verificador Catastral, Ing. Paul Pedro Hervacio Sánchez, con código 006140VCPZRIX. 2567564-1