Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 1998 (04/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

REGLAMENTO DE ORGANIZACION INTERIOR DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA INDICE TITULO 1 Capitulo 1 Capitulo II Generalidades DEL CONCEJO MUNICIPAL TITULO II Capitulo III Capitulo IV Capitulo V DE LOS MIEMBROS DEL CONCEJO Del MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA De los Regidores TITULO III Capitulo Capitulo 21 DE LAS SESIONES DE LAS SESIONES ORDINARIAS De la Lectura y Aprobacion del Acta Del Despacho De los Informes y Pedidos Del Orden del D?a De las Votaciones DE LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS DE LAS SESIONES SOLEMNES TITULO IV Capitulo XI DE LAS COMISIONES DISPOSICION FINAL

les de desempenar las funciones para las que fueron :legidos. Se consideran inhabiles a los miembros del Concejo pie: a) Se encuentran enfermos b) Esten gozando de Licencia por periodo de hasta 3 neses. c) Se encuentren suspendidos en el ejercicio de sus -unciones por incapacidad fisica y mental por un periodo xue no exceda de tres meses. d) Se encuentran fuera de la Provincia de MORDAZA, por un 3eriodo de mas de tres dias y menos de treinta dias. e) Los miembros comprendidos en el inciso punto a) y li, acreditaran en cada caso, las contingencias previstas para los fines legales establecidos en la Ley Organica de Municipalidades. Articulo 7".- Los miembros del Concejo son responsables individualmente por los actos violatorios de la ley, que practiquen en el ejercicio de su cargo. Son solidariamente responsables por las resoluciones y acuerdos adoptados por el Concejo que MORDAZA violatorios de la ley; a menos que salven expresamente su MORDAZA, de lo que debe quedar MORDAZA en el Acta. Articulo 8".- De conformidad con el Art. 25" de la Ley Organica de Municipalidades , los cargos de MORDAZA y Regidores tienen el caracter de Funcion Publica, son irrenunciables salvo el caso de postular a cargos en elecciones polikcas; el MORDAZA y los Regidores no estan obligados a renunciar para postular a su reeleccion. El MORDAZA en su condicion de funcionario publico anualmente tiene derecho al goce fisico vacacional por lo que al tomarlo se le concedera la respectiva licencia. Articulo 9".- Vaca el cargo de MORDAZA o Regidor: l.- Por enfermedad o por impedimento fisico no susceptible de rehabilitacion integral o cualquier otra causa que impida su desempeno por plazo mayor de tres meses. 2.- Por ausencia de la localidad por mas de 30 dias consecutivos sin la autorizacion correspondiente del Concejo Municipal. 3.- Por sobrevenir alguna de las causales del Articulo 23" de la Ley Organica de Municipalidades despues de la eleccion. 4.- Por cambio de domicilio fuera de la jurisdiccion de la Municipalidad. 5.- Por inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante t,res meses. 6.- Por incurrir en las siguientes causales: a) Rematar o contratar obras y servicios publicos municipales de la jurisdiccion. b) Adquirir sus bienes o por interposita persona. Articulo lo".- La Vacancia del cargo de MORDAZA o Regidores es declarada por el Concejo Municipal. El Acuerdo requiere para su aprobacion de la mayoria de votos del numero legal del Concejo. Cualquier vecino puede denunciar ante el Concejo Municipal la causal devacancia. El pronunciamiento debe producirse en la Sesion Ordinaria inmediata. Articulo 1 l".- En los casos de Vacancia reemplaza: 1) Al Alcalde; el MORDAZA MORDAZA 2) A los Regidores; los suplentes de sus respectivas listas. Articulo 12".- Los cargos de MORDAZA y Regidor se suspenden automaticamente por: 1) Incapacidad fisica o mental, temporal, hasta por 30 dias. 2) Por licencia autorizada por el Concejo, por un neriodo MORDAZA de cuarenticinco (45) dias naturales [calendarios). 3) Por impedimento legal, cuando tienen MORDAZA penal abierto con mandato de detencion que ha quedado firme en primera o MORDAZA instancia.

Canitulo VIII Capitulo IX

DISPOSICION TRANSITORIA REGLAMENTO DE ORGANIZACION INTERIOR DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA TITULO 1 Capitulo 1 GENERALIDADES Articulo l".- El presente reglamento establece la Organizacion Interior del Concejo Municipal de San MORDAZA, la competencia, atribuciones y funciones de sus miembros. Asimismo, determina el desarrollo de las Sesiones y funcionamiento de las respectivas Comisiones de Regidores. Articulo 2".- El Conceio Municipal de San MORDAZA, es un cuerpo colegiado de Gobierno Municipal, integrado por el A~c~~~;~~;~ ll 1 Regidores elegidos 0nform.e .a ley. .- Corresponde al ConceJo Mumclpal, las competencias, funciones y prerrogativas que establecen la Constitucion, la Ley Organica de Municipalidades y demas Normas Legales concordantes. Articulo 4".- El Concejo es el MORDAZA organo de gobierno local tiene jurisdiccion sobre el distrito de San MORDAZA en los asuntos de su competencia, ejerciendo funciones normativas, y de fiscalizacion. Las funciones normativas las ejerce dictando, modificando o derogando Ordenanzas, Edictos, y Acuerdos conforme a ley. Las funciones de fiscalizacion las desempena a traves de Comisiones investigadoras o mediante Acuerdos er que dispone que la administracion de la Municipalidad 1~ informe sobre aquellos asuntos que demanda su interven cion. El Concejo adicionalmente cumple funciones adminis trativas expidiendo resoluciones cuando deba pronun ciarse en primera o MORDAZA instancia administrativs sobre peticiones, reclamaciones o apelaciones de interes particular, individual y colectiva. Articulo 5".- Son miembros de Concejo Municipal dt San MORDAZA, el MORDAZA y once (ll 1 Regidores elegido: conforme a Ley Electoral. En tal sentido, el numero lega para todos sus efectos es de 12 miembros. Articulo 6".- Se consideran miembros habiles de Concejo, al MORDAZA y los Regidores que esten en condicio

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