Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 1998 (04/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, viernes 4 de diciembre de 1998

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institucional que expresan la opinion de la Municipalidad, su voluntad de practicar un determinado acto o de sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional. Articulo 18-P Los Decretos, establecen normas de ejecucion de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios a la Administracion Municipal o resuelven o regulan asuntos de orden general de interes para el vecindario. Articulo 19".- Las Resoluciones resuelven asuntos de caracter administrativo. Articulo 20".- Las Ordenanzas Municipales y los Edictos deben ser publicados en el Diario Oficial (El Peruano), salvo lo dispuesto en el Articulo 96O de la de Ley Organica de Municipalidades, para las reclamaciones sobre materia tributaria. Sin el requisito de publicacion las mencionadas normas no tienen caracter o cumplimiento obligatorio. Articulo 21".- Las Disposiciones Municipales y las de Alcaldia de interes particular se notifican en forma personal y de modo que acrediten la efectiva recepcion por los interesados. Articulo 22".- La interposicion de acciones legales contra las Resoluciones Municipales no suspenden ni impiden el cumplimiento de las mismas, las que continuaran surtiendo sus efectos hasta que el organo jurisdiccional respectivo expida su fallo de MORDAZA instancia, salvo que el reclamante exponga sus razones atendible ante el juez de la causa. Articulo 23".- Los miembros del Concejo Municipal de San MORDAZA, pueden interponer recurso de apelacion ante el Concejo Provincial de las Ordenanzas, Edictos y Decretos dentro del termino de tres (3) dias habiles posteriores a la fecha de aprobacion. Con la Resolucion que expide el Concejo Provincial queda agotada la via administrativa. Articulo 24".- Los actos administrativos municipales que dan origen a reclamaciones individuales, se rigen por el Decreto Supremo No.002-94-JUS Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos ,4dministrativos. TITULO II Capitulo III DE LOS MIEMBROS DEL CONCEJO DEL MORDAZA Articulo 25°F El MORDAZA es el representante del vecindario y el personero legal de la Municipalidad, le corresponde ejercer las funciones ejecutivas del Gobierno Local, sus atribuciones, funciones y preeminencias son las que establecen la Constitucion, la Ley Organica de Municipalidades y las demas Leyes y Normas Legales concordantes con ellas. 1. Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del Concejo Municipal. 2. Promulgar las ordenanzas. 3. Ejecutar los acuerdos del Concejo Municipal y cumplir y hacer cumplir las ordenanzas municipales. 4. Ejecutar los planes de desarrollo local. 5. Proponer al Concejo Municipal los proyectos de ordenanzas, edictos y acuerdos. 6. Dictar decretos y resoluciones, con sujecion a las leyes, ordenanzas y edictos vigentes. 7. Someter a la aprobacion del Concejo Municipal el Proyecto de Presupuesto Municipal para el ano siguiente, de acuerdo a los plazos y modalidades establecidas en la Ley General del Presupuesto de la Republica, y la Cuenta General del ejercicio economico fenecido. (Balance General y Memoria Anual). 8. Controlar la recaudacion de los ingresos municipales y autorizar los egresos, en conformidad con la ley y el presupuesto aprobado. 9. Defender y cautelar los derechos e intereses de la Municipalidad. 10. Vigilar el cumplimiento de los contratos. ll. Proponer al Concejo Municipal el proyecto de Reglamento de Organizacion Interior.

Capitulo II DEL CONCEJO MUNICIPAL Articulo 13°.- El Concejo Municipal tiene las siguientes funciones y atribuciones: 1. Acordar su regimen de organizacion interior. 2. Aprueba el Plan Estrategico del Distrito 3. Administrar sus bienes y rentas. 4. Crear, modificar, suprimir o exonerar sus contribuciones, arbitrios y derechos, conforme a ley. 5. Regular el transporte colectivo, la circulacion y el MORDAZA, de conformidad a las normas legales vigentes. 6. Organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales. 7. Contratar con otras entidades publicas o no publicas, preferentemente locales, la atencion de los servicios que no administren directamente. 8. Planificar el desarrollo de sus circunscripciones y ejecutar los planes correspondientes. 9. Exigir el cumplimiento de sus propias normas, sea con sus propios medios o con el MORDAZA de las Fuerzas Policiales. 10. Celebrar acuerdos con otras Municipalidades para organizar servicios comunes. ll. Promover y organizar conforme a ley, la participacion de los vecinos en el desarrollo comunal. 12. Aprobar y controlar los planes y proyectos de desarrollo local. 13. Dictar, modificar y derogar las ordenanzas y edictos municipales de su competencia. 14. Aprobar el Presupuesto Anual, la Cuenta General del Ejercicio Anual (Balance General y Memoria Anual) 15. Autorizar los programas de obras y servicios, asi como los de inversiones, cuyo plazo de ejecucion exceda de su ejercicio presupuestal. 16. Aprobar la creacion de empresas municipales, la participacion de la Municipalidad en las de caracter mixto con los sectores publico y privado, con sujecion al Articulo 12" de la Ley Organica de Municipalidades, en los casos que corresponda. 17. Aceptar donaciones y legados. 18. Resolver los recursos de impugnacion de su competencia. 19. MORDAZA a los Directores Municipales por acuerdo de la mayoria del numero legal de sus miembros. 20. Declarar la vacancia de los cargos de MORDAZA y de Regidor y resolver los pedidos de licencia que estos formulen. 21. Practicar las investigaciones que juzgue necesarias y recabar la informacion sobre entidades municipales y sobre aquellas en las que tenga participacion la Municipalidad. 22. Aprobar emprestitos internos y externos exclusivamente para obras y servicios publicos reproductivos con arreglo a las normas legales vigentes. 23. Acordar el regimen de la administracion de los bienes y rentas encargadas al Municipio, asi como el regimen de organizacion y administracion de los servicios publicos locales. 24. Aprobar las formas de participacion vecinal con sujecion a la Ley Organica de Municipalidades 25. Aprueba el Plan Anual de Adquisiciones 26. Las demas atribuciones inherentes a sus funciones. Articulo 14".- El Concejo Municipal de. San MORDAZA, ejerce sus funciones mediante Ordenanzas, Edictos, Acuerdos y Resoluciones. El MORDAZA ejerce sus funciones mediante Decretos y Resoluciones. Articulo Xi".- Las Ordenanzas son normas generales que regulan la organizacion, administracion, o prestacion de los servicios publicos locales, en cumplimiento de las funciones generales o especificas de la Municipalidad o establecen las limitaciones y modalidades impuesta a la propiedad privada; tambien aprueban los tributos Municipales. Articulo 16".- Los Edictos aprueban el Reglamentacion de Organizacion Interior del Concejo. Articulo lT.- Los Acuerdos, son decisiones especificas sobre cualquier MORDAZA de interes publico, vecinal o

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