Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 1998 (04/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

Articulo 41".- El Concejo puede reunirse en Sesiones Ordinarias, Extraordinarias y Solemnes. Todas las Sesiones son publicas. Articulo 42".- El MORDAZA puede hacer las explicaciones, aclaraciones y rectificaciones que estime necesarias para ilustrar el punto del debate, pero debe entregar la Presidencia a su sustituto legal para intervenir en la discusion en forma directa Articulo 43".- El Secretario General del Concejo, es un funcionario de la MORDAZA jerarquia administrativa de la Municipalidad designado por el Al~~alde y tiene las funciones siguientes:
7 1 Citar a las Sesiones del Concejo Rfunicipal. 21 Asistir a las Sesiones del Concejo Municipal. 31 Llevar las Actas de las Sesiones de Concejo y suscribirlas con el Alcalde. 4) Dar forma final a las Ordenanzas, Edictos Acuerdos y Resoluciones del Concejo y suscribirlos con el Alcalde. 51 Tramitar y suscribir el despacho del Concejo. 6) Disponer la atencion de los pedidos y solicitudes de informes que formulen los Regidores, remitiendoles a la reparticion Municipal correspondiente. El funcionario administrativo responsable dispondra su atencion en el mas breve plazo, bajo responsabilidad. 7) Dirigir las Unidades que integr,m la Secretaria General del Concejo, para su rne,jor funcionamiento y adecuado apoyo al Concejo Mumcipal. al MORDAZA, las Comisiones y los Regidores. 8) Comunicar H las dependencias municipales, los Acuerdos tomados por el Concejo Municipal. Articulo 44".- El quorum para la instalacion y funcionamiento del MORDAZA,jo se constituye con la presencia de mas de la mitad de los miembros habi1c.s. Para el computo del quorum no se considerara miembros habiles: 1) Los enfermos y ausentes que gocen de licencia concedida por el Concejo Municipal. 2 i Los suspendidos en el ejercicio de sus funciones. 3) Se considerara numero legal para los efectos de este Reglamento al MORDAZA y a todos los Regidores elegidos conforme a la Ley Electoral. Articulo 45".- En caso de enfermedad u otro impedimento, el MORDAZA y los Regidores del Concejo, solicitaran licencia por escrito expresando la causa. Las solicitudes de licencia seran puestas en conocimiento del Concejo en la Sesion inmediata siguiente. Articulo 46".- Las citaciones debtsn ser escritas y publicadas en un lugar visible de la Municipalidad. Cuando las circunstancias lo requieran, la citacion podra hacerse por periodico o cualquier otro medio de difusion idoneo. Articulo 47".- La tolerancia para el inicio de las Sesiones, sera de treinta minutos. Articulo 48".- Al inicio de la Sesion. el MORDAZA dispondra que el Secretario General pase lista. De no haber quorum, se pasara una MORDAZA lista 15 minutos despues, si tampoco se lograra quorum, se asentara por el Secretario la respectiva MORDAZA, anotando los nombres de quienes han asistido, de los que se encuentran en uso de licencia, impedidos o hubiesen dado aviso de no poder concurrir, asi como de los que hubieran faltado injustificadamente. No se considera asistentes a los Regidores que concurran iniciada la Estacion de Orden de Dia, ni a los que se retiren empezada dicha Estacion. La relacion de 105 Regidores que hubiesen inasistido injustificadamente sera publicada. Articulo 49".- De haber quorum, el MORDAZA o quien preside en su lugar, abrira la Sesion. Terminada la Sesiun y agotada la Agenda, el MORDAZA o quien la preside levantara la Sesion, con lo cual concluira esta. Articulo50".- Para que una Sesion suspendida continue durante mas de dos dias, se requiere Acuerdo del Concejo y no podran discutirse en MORDAZA sino exclusivamente el MORDAZA o asuntos pendientes de la Agenda. Entendiendose para el efecto del goce de la dieta como una sola sesion. Articulo 51".- En el caso de ser levantada o concluida la sesion, el MORDAZA podra convocar a una nueva sesion

con las formalidades reglamentarias y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 1) del Art. 25' del presente reglamento. Capitulo VII DE LAS SESIONES ORDINARIAS Articulo 52".- l ,as Sesiones Ordinarias deben realizarse por lo menos una vez cada quince dias. Articulo 53".- En las Sesiones ordinarias se observaran las siguientes e ;taciones: a) Lectura y apn Ibacion del Acta de la Sesion anterior. b) Despacho cj Informes y Pedidos. cl) Orden del Dia. DE LA LECTURA Y APROBACION DEL, ACTA Articulo 54".- Iniciada la Sesion se procedera a leer el Acta de la sesion anterior. sea Ordinaria o Extraordinaria. El MORDAZA puede disponer que se omita la lectura del Acta si su texto se hubiera distribuido entre los Regidores. Si no hubiera observaciones, el MORDAZA MORDAZA por aprobada el Acta. Podra dispensarie la lectura si asi lo acuerda el Concejo. Terminada la lectura o dispensada esta, el MORDAZA y los Regidores pueden formular las observac.lones que estimen conveniente respecto de sus propias intervenciones o del texto de las decisiones adoptadas. Las observaciones no daran lugar a debate alguno ni a reabrir temas de la sesion anterior. El MORDAZA dispondra que en el acta de la sesion que se estd realizando se deje MORDAZA dr las observaciones y la MORDAZA por aprobada, con el MORDAZA conforme de la mayoria de los asistentes. Articulo 55".- El Secretario General extendera el acta de todas las Sesiones, en la que constaran un resumen de los debates y el texto. El Acta de las sesiones solemnes se extendera solamente cuando el MORDAZA lo disponga. Articulo 56".- En el libro de Actas SC registrara el integro de las Resoluciones y Acuerdos que adopte el Concejo y de las Ordenanzas y los Edictos que expida. Se debera agregar las intervenciones de los miembros del Concejo que asi lo soliciten para que quede MORDAZA del sentido dc sii MORDAZA o su opinion sobre determinado asunto. El Acta sera suscrita por el MORDAZA y el Secretario General. Los Regidores que deseen suscribirla pueden hacerlo. DEL DESPACHO Articulo 57".- En la estacion de "Despacho" se pondra en conocimiento del Concejo la legislacion MORDAZA relativa a la administracion municipal. en orden a su jerarquia juridica, asi como las disposiciones emanadas de la Alcaldia y la documentacion constituida por: Oficios. Proyectos de Ordenanzas, Edictos y Acuerdos. - Informes y Dictamenes de Comisiones. Pedidos de las Comisiones. Informes de la administracion; y. Donaciones y otros documentos. Articulo 58".- El MORDAZA, o quien dirija `el debate, ordenara el tramitt que corresponda en cada `lno de los documentos, pasando a Orden del Dia los asuntos que requieren debat.e o pronunciamiento del Concejo. Leidos los proyec,tos de ordenanzas, acuerdos, pedidos e informes, se somel eran a votacion su admision a debate. Articulo 59".- ( kmndo la urgencia o naturaleza del caso lo requiera, el Concejo podra dispensar del tramite de Comisiones. No podra dispensarse o exonerarse del tramite de comisiones, los asuntos que afecten las rentas de la Municipalidad. Articulo 60".- El autor o autores de los proyectos, fundamentaran en iun lapso que no excedera los diez (10) minutos

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