Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 1998 (30/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

Designan fiscal adjunto provisional de Fiscalia Superior Mixta Descentralizada de Chincha
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO N" 653-98-MP-CEMP MORDAZA, 29 de setiembre de 1998 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, habiendose trasladado a un promedio considerable de internos de MORDAZA al Establecimiento Penitenciario de Chincha y varias de las diligencias se estan llevando acabo en esa MORDAZA, es necesario que el Fiscal Superior Provisional de la Fiscalia Superior Mixta Descentralizada de Chincha. Distrito Judicial de Ica cuente con un Fiscal Adjunto Superior Provisional; por lo que es necesario designar en dicha plaza al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Fiscal Adjunto Superior Provisional; y estando al Acuerdo N" 4832 adoptado por unanimidad por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; dejandose MORDAZA que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferreyra, Fiscal Supremo Titular de la Primera Fiscalia Suprema en 10 Penal Especializada no se encuentra presente por motivo de vacaciones y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes N"s 26623. 26695 y 26738: SE RESIJELVE: Articulo Primero.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Fiscal Adjunto Superior Provisional de la Fiscalia Superior Mixta Descentralizada de Chincha, Distrito Judicial de Ica. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente del Consejo de Coordinacion Judicial, Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica, al Fiscal Superior encargado de la Gestion de Gobierno delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial de Ica y al Secretario Ejecutivo y Titular del Pliego de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico. para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema v Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo cP) - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 11218

Regidores de los Concejos Distritales son resueltas en unica instancia por el correspondiente MORDAZA Electoral Especial; Que, no obstante lo senalado en el considerando precedente, este Supremo Tribunal Electoral, en el ejercicio de su funcion de fiscalizacion de la legalidad del ejercicio de sufragio, consagrada en el Articulo 178"de la Constitucion Politica del Estado, no puede dejar de conocer respecto de causas que requieren de pronunciamiento; Que, la resolucion recurrida declaro fundada la tacha interpuesta contra el candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ante la existencia de dos procesos penales tramitados en contra del tachado, teniendo como parte agraviada en ambos procesos, al Concejo Distrital de Calango; Que, el candidato tachado ha acreditado con la MORDAZA de fojas seis, que el MORDAZA seguido por ante la Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de Canete, Expediente N" 350-97, ha culminado con sentencia absolutoria de fecha 14 de MORDAZA de 1998; asimismo, en el otro MORDAZA penal que se le imputa como causal de tacha, se acredita con la MORDAZA de fojas ocho, que este se encuentra actualmente en giro, no existiendo sentencia condenatoria que MORDAZA quedado firme; Que, para invocar la causal de tacha contenida en el inciso 4) del Articulo 9" de la Ley de Elecciones Municipales, concordante con el inciso 9) del Articulo 23" de la Ley Organica de Municipalidades, que preve que estan impedidos de participar en las elecciones municipales aquellos que hayan sufrido condena por delito doloso, es necesario acreditar la existencia de sentencia condenatoria que MORDAZA quedado consentida o ejecutoriada, no siendo el caso de autos; El MORDAZA Nacional de Elecciones, administrandojusticia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar nula la Resolucion N". 005-98JEEC de fecha 9 de setiembre de 1998, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Canete, que declaro fundada la tacha interpuesta contra el candidato al cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Calango, de la provincia de Canete, por la Lista Independiente "Todos por Canete", don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chumpitaz; quien, por tanto se encuentra apto para participar en las proximas elecciones municipales a realizarse el ll de octubre de 1998. Articulo Segundo.- Transcribir la presente Resolucion al MORDAZA Electoral Especial de Canete, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; Secretario General, TRUJILLANO 11219 RESOLUCION No 856-98-JNE Vista, la comunicacion reci bida via facsimil el 24 de setiembre del ano en curso, del personero provincial de Accion Popular de Tayacaja, interponiendo queja contra dos miembros del MORDAZA Electoral Especial de Tayacaja, por expedir la Resolucion N" 02098-JEE/TAY que declaro fundada la tacha formulada por la Agrupacion Independiente "Movimiento Independiente Somos Peru", contra el candidato a la alcaldia distrital de Surcubamba por dicho partido, don MORDAZA MORDAZA Comun Gavilan; y, CONSIDERANDO: Que, del reporte de la consulta en linea con el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil se ha verificado que don MORDAZA MORDAZA Comun MORDAZA, con L.E. N" 20058446 ha realizado su inscripcion en el distrito de Surcubamba; senalandose, ademas, en la propia Resolucion N" 020-98-JEE/TAY del MORDAZA Electoral Especial de Tayacaja., que el anexo de Sachacoto, donde el tachado tiene su domicilio habitual, es comprension del distrito de Surcubamba; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.-Declarar nula la Resolucion N°020-98JEE/TAY que declaro fundada la tacha contra el ciudadano MORDAZA MORDAZA Comun MORDAZA, candidato al cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Surcubamba, provincia de Tayacaja, por el Partido Accion Popular y, declarar que el mencionado candidato se encuentra apto para participar en las elecciones municipales del ll de octubre proximo. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Electoral Especial de Tayacaja y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales la presente resolucion, paralos fines de ley. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE: MORDAZA CANELO: Secretario General, TRUJILLANO 11221

Declaran nulas resoluciones que declararon fundadas tachas interpuestas contra candidatos a alcaldes de los Concejos Distritales de Calango y Surcubamba
RESOLUCION N" 848-98-JNE MORDAZA, 28 de setiembre de 1998 Visto, el Oficio N°29-98-J EEC recibido con fecha 17 de setiembre de 1998, remitido por la doctora Luz MORDAZA MORDAZA Montesillo, Presidenta del MORDAZA Electoral Especial de la provincia de Canete, elevando el expediente sobre tacha contra el candidato al cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Calango, por la Lista Independiente "Todos por Canete", don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber interpuesto Recurso de Queja, este ultimo, contra la Resolucion N" 005-98-JEEC de fecha 9 de setiembre de 1998, expedida por el referido J u r a d o , que declaro fundada la tacha planteada por la ciudadana MORDAZA MORDAZA J a u r e g u i ; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 17"de la Ley de Elecciones Municipales N" 26864, las tachas contra candidatos a Alcaldes y

JNE

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