Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2000 (18/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, miercoles 18 de octubre de 2000

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Municipalidad del Centro Poblado Menor de SAN MORDAZA DE PAUJILZAPA, comprension del distrito de BUENOS AIRES, provincia de PICOTA, departamento de SAN MORDAZA, de las funciones registrales senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de SAN MORDAZA DE PAUJILZAPA, queda encargado de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta por la presente Resolucion, cenida a la normatividad registral vigente y bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 11778 RESOLUCION JEFATURAL Nº 613-2000-JEF-RENIEC MORDAZA, 9 de octubre de 2000 Visto; el Informe Nº 515-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 30 de MORDAZA del 2000 y Oficio Nº 021-2000-MVLP/A. de fecha 10/7/2000 del MORDAZA del Centro Poblado Menor de MORDAZA MORDAZA, distrito de TINGO DE PONAZA, provincia de PICOTA, departamento de SAN MARTIN; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo MORDAZA, creado por la Constitucion Politica del Estado, con la funcion de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas; Que, la MORDAZA citada dispone que el Sistema Registral esta integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Direccion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil estime convenientes; Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de MORDAZA MORDAZA, reune los requisitos exigidos para autorizar la delegacion de funciones registrales establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la delegacion, en via de regularizacion a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de MORDAZA MORDAZA, comprension del distrito de TINGO DE PONAZA, provincia de PICOTA, departamento de SAN MORDAZA, de las funciones registrales senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de MORDAZA MORDAZA, queda encargado de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta por la presente Resolucion, cenida a la normatividad registral vigente y bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 11779 RESOLUCION JEFATURAL Nº 614-2000-JEF-RENIEC MORDAZA, 9 de octubre de 2000 Visto; el Informe Nº 516-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 30 de MORDAZA del 2000 y el Oficio Nº 35-MCP-CH.99 del MORDAZA del Centro Poblado Menor de CHUNCHUQUILLO, distrito de COLASAY, provincia de MORDAZA, departamento de CAJAMARCA;

Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo MORDAZA, creado por la Constitucion Politica del Estado, con la funcion de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas; Que, la MORDAZA citada dispone que el Sistema Registral esta integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Direccion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil estime convenientes; Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de CHUNCHUQUILLO, reune los requisitos exigidos para autorizar la delegacion de funciones registrales establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la delegacion, en via de regularizacion a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de CHUNCHUQUILLO, comprension del distrito de COLASAY, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, de las funciones registrales senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de CHUNCHUQUILLO, queda encargado de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta por la presente Resolucion, cenida a la normatividad registral vigente y bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 11780 RESOLUCION JEFATURAL Nº 615-2000-JEF-RENIEC MORDAZA, 9 de octubre de 2000 Visto; el Informe Nº 571-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 13 de setiembre de 2000 y el Oficio Nº 01-2000-A-MCPMY-H. de fecha 2/5/2000 del Centro Poblado Menor de YANAOCO, comprension del distrito de Huancane, provincia de Huancane, departamento de Puno; Que, por Ley Nº 26497 se creo el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo MORDAZA, constitucionalmente encargado de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil. En consecuencia, corresponde exclusivamente al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil las funciones de planear, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscripciones, matrimonios, defunciones y demas actos que modifican el estado civil de las personas; Que, por Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF, se delego las funciones registrales contenidas en el Art. 44º de la Ley Nº 26497 a las Oficinas de Registro de Estado Civil de la Republica ubicadas, entre otras instituciones, en las Municipalidades Provinciales, Distritales y de Centro Poblado Menor autorizadas; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas, disponiendo la MORDAZA que el Sistema Registral esta integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil; Que, la MORDAZA citada dispone que el Sistema Registral esta integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Direccion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil estime convenientes; Que, el MORDAZA de integracion a que se refiere complementariamente la Ley Nº 26497 Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, requiere para su debida implementacion de la eliminacion de la informalidad registral civil existente en el MORDAZA, a traves de un MORDAZA de regularizacion de las Oficinas de Registro de Estado Civil no autorizadas ubicadas en los Centros Poblados Menores de la Republica; Que, conforme el informe aprobatorio del visto la Municipalidad de Centro Poblado Menor de YANAOCO, ha cumplido con la totalidad de los requisitos exigidos para autorizar la delegacion de funciones registrales establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l),

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