Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2001 (24/08/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 24 de agosto de 2001

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de agosto del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 29758

DOSCIENTOS CUARENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 42 240 000,00), de acuerdo al siguiente detalle:
(EN NUEVOS SOLES) INGRESOS: FUENTE DE FINANCIAMIENTO 4.0.0 4.1.0 4.1.2 4.1.2.008

DECRETO DE URGENCIA Nº 103-2001
DECRETO DE URGENCIA QUE AUTORIZA UN CREDITO SUPLEMENTARIO EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO A FAVOR DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS, PROVENIENTE DE LA OPERACION DE ENDEUDAMIENTO EXTERNO DESTINADA A FINANCIAR EL "PROGRAMA DE APOYO DE EMERGENCIA A LA MORDAZA SUR AFECTADA POR EL SISMO"
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 171-2001-EF se aprobo la Operacion de Endeudamiento Externo a ser acordada entre la Republica del Peru y la Corporacion MORDAZA de Fomento -CAF-, hasta por la suma de VEINTE MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 20 000 000,00), destinada a financiar el "Programa de Apoyo de Emergencia a la MORDAZA Sur Afectada por el Sismo", cuyo Organo Ejecutor, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 2º de la citada MORDAZA, es el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Oficina de Inversiones o quien haga sus veces; Que, en el Presupuesto para el ano fiscal 2001 del Sector Publico, aprobado por Decreto Legislativo Nº 909 y modificado por la Ley Nº 27427, en el cual se encuentran el Pliego 009 Ministerio de Economia y Finanzas, no se han considerado los recursos de la operacion de Endeudamiento Externo mencionada en el considerando precedente; Que, debiendose contar con recursos disponibles para atender la Emergencia ocasionada por el Terremoto del 23 de junio de 2001, es necesario incorporar en el Presupuesto del Gobierno Central para el Ano Fiscal 2001, Pliego 009 Ministerio de Economia y Finanzas, los recursos financieros previstos a ejecutarse en el presente ano fiscal, provenientes de la operacion que se cita en el primer considerando, hasta por la suma de DOCE MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 12 000 000,00), equivalente a CUARENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 42 240 000,00); Que, por tratarse de una medida de materia economica y financiera que permitira al Ministerio de Economia y Finanzas atender la Emergencia ocasionada por el Terremoto del 23 de junio de 2001, existen razones de interes nacional que justifican su expedicion en forma inmediata; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Finalidad Autorizase un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001, hasta por la suma de CUARENTA Y DOS MILLONES

12 : RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO EXTERNO : FINANCIAMIENTO : OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO : OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO EXTERNO : OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO EXTERNO - CAF 42 240 000,00 TOTAL INGRESOS: 42 240 000,00 ===========

EGRESOS: SECCION PRIMERA PLIEGO 009 UNIDAD EJECUTORA 005 FUNCION 05 PROGRAMA 024 SUBPROGRAMA 0066 PROYECTO

GOBIERNO CENTRAL : Ministerio de Economia y Finanzas : Oficina de Inversiones : Asistencia y Prevision Social : Defensa contra Siniestros : Defensa Civil

2.00747 : Rehabilitacion y Reconstruccion por Sismo MORDAZA Sur del MORDAZA

CATEGORIA DEL GASTO 6. GASTOS DE CAPITAL 5. Inversiones TOTAL EGRESOS:

42 240 000,00 42 240 000,00 42 240 000,00 ===========

Articulo 2º.- Codificacion La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego comprendido en el presente Credito Suplementario, solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo 3º.- Notas de Modificacion Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego 009 Ministerio de Economia y Finanzas, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore la correspondiente "Nota de Modificacion Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de agosto del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 29759

MITINCI
Designan representante del CTAR Tacna ante el Directorio del Comite de Administracion de la ZOTAC
RESOLUCION SUPREMA Nº 188-2001-ITINCI MORDAZA, 23 de agosto de 2001

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